miércoles, 17 de septiembre de 2014

Apuntes para Ricardo Lorenzetti (... y Héctor Méndez) Por Federico Bernal

Chile: inconstitucional sí, pero ¡el abuso de posición dominante! La Corte Suprema de Chile está jugando un rol destacado en la lucha contra los monopolios, la cartelización y al abuso de posición dominante. Un ejemplo para sus colegas locales.

La reforma a la Ley de Abastecimiento este miércoles obtuvo media sanción en el Congreso. De un momento a otro, la Corte Suprema de Justicia transmitirá su posición. En este sentido, recomendamos a sus magistrados el estudio del caso chileno y el rol que la institución trasandina colega está cumpliendo en la lucha contra los monopolios, la cartelización y el abuso de posición dominante, entre otras prácticas perjudiciales no sólo al consumidor sino también al logro de una competencia justa entre los distintos actores económicos del mercado, sean estos privados o públicos. Conviene recordar, tal y como hemos venido analizando desde esta columna hace ya varias semanas, que Chile cuenta con un marco regulatorio estricto y avanzado en materia de competencia y defensa del consumidor, así como con instituciones idóneas y autoridades competentes que lo ejecutan, a saber: la Fiscalía Nacional Económica y el Tribunal de Defensa de la Competencia. Pero eso no es todo. En función de la experiencia de los últimos años, se observa un creciente respaldo del Tribunal Constitucional y de la Corte Suprema a las autoridades mencionadas. Con la intención de poner en autos al Dr. Ricardo Lorenzetti del loable aporte que sus colegas chilenos vienen realizando en la lucha antitrust en su país, vaya esta humilde contribución. Héctor Méndez y su "irrevocable voluntad de recurrir a instancias judiciales" podría partir por una visita a los registros de la Corte Suprema de la República de Chile.

CHILE COMBATE LOS CÁRTELES. Como fuera descripto en las dos partes consecutivas de nuestra nota "La República Bolivariana de Chile contra el libre mercado" (20 y 27 de agosto), Chile celebra todos los años su Día de la Competencia. La organización del evento corre a cargo de la Fiscalía Nacional Económica (FNE), cuyo presidente es el Sr. Felipe Irarrázabal. Pues bien, en su alocución brindada al inicio de la referida celebración, Irarrázabal señalaba que tanto la División Litigios de la FNE como la misma FNE cuentan con el respaldo del "Tribunal Constitucional y la Corte Suprema", respaldo que "ratifica el uso de nuestras potestades en el combate contra los cárteles" (Cuenta Pública de la Fiscalía Nacional Económica - Noviembre 2012 a Noviembre 2013).


¡LA CORTE SUPREMA CHILENA CONTRA UN CÁRTEL INTERNACIONAL! El citado documento oficial del FNE correspondiente a su gestión y resultados para el período comprendido entre noviembre de 2012 y noviembre de 2013 menciona las palabras "Corte" y "Corte Suprema" ocho veces a lo largo del texto. La primera ya la hemos rescatado. Van las otras, siempre en boca de Irrázabal. "Recientemente la Corte Suprema confirmó la sentencia del TDLC [Tratado de Libre Comercio], acogiendo el requerimiento de la FNE contra un cártel internacional que acordaba la fijación de precios de los compresores utilizados para la fabricación de refrigeradores. Esta decisión reviste particular relevancia, atendido que a partir de ella se afianza en la jurisprudencia nacional el reconocimiento de la plena jurisdicción del TDLC para conocer de atentados a la competencia que, sin perjuicio de gestarse fuera del territorio de la República, por empresas extranjeras, han producido efectos en el mercado de Chile, o han tenido aptitud para hacerlo. En la misma línea, el Máximo Tribunal descartó las alegaciones de cosa juzgada y ne bis in idem". A la luz del silencio de la Corte Suprema referente al ataque Griesa-buitres –a excepción de las declaraciones de Zaffaroni–, resulta notable el ejemplo brindado por Irarrázabal desde que se trata del caso de una Corte Suprema suramericana neutralizando "atentados a la competencia" por parte de empresas extranjeras, gestados fuera de Chile pero con incidencia en el propio mercado.

INCONSTITUCIONAL SÍ, PERO ¡EL ABUSO DE POSICIÓN DOMINANTE! En el documento Cuenta Pública, Irarrázabal recuerda los siguientes fallos del máximo tribunal: 1) la "sentencia de la Corte Suprema de diciembre de 2012 en el caso Chiletabacos, en que se declaró que la suscripción por dicha compañía de cláusulas contractuales de arrendamiento de derechos o espacios publicitarios, en su aplicación práctica, restringen y entorpecen la competencia o al menos tienden a producir tales efectos, razón por la cual se le condenó a pagar una multa, exigiéndole, además, ceder un porcentaje del facing de las cigarreras que entregue a cualquier título a los puntos de venta, para la exhibición efectiva de cigarrillos de su competencia"; 2) el rechazo unánime del Tribunal Constitucional ante el "requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad interpuesto por una de las requeridas en el denominado caso Pollos"; 3) la sentencia de la Corte Suprema que, si bien aprobó la fusión (revirtiendo la decisión del TDLC) obligó al poderoso holding empresarial Quiñenco a "enajenar las estaciones de servicio de las comunas en que se superaban ciertos umbrales de concentración"; y 4) "En la sentencia del caso SMU [SMU-Supermercados del Sur]... tanto el Tribunal como la Corte expresaron sus opiniones acerca de los riesgos que pueden reportar para el mercado las participaciones minoritarias, obligando a SMU a desinvertir su participación de 40% en Supermercados del Sur, además de la enajenación de 18 locales emplazados en diversas comunas del sur del país".

¡IMPLACABLES EN LA DEFENSA DEL CONSUMIDOR! En la página 16 del documento leído por Irarrázabal, apartado 55, se lee: "Si hace 10 años la OCDE podía justamente reprochar la falta de consciencia en Chile acerca de la gravedad de los cárteles, hoy este tipo de conductas se han convertido en una verdadera obsesión. Mientras que las dudas acerca de la eficacia de la libre competencia obligaban entonces, en un afán proselitista, casi pedagógico, a la cautela, hoy podemos destacar la generalizada animadversión hacia los cárteles como la primera de las grandes conquistas de nuestro sistema de libre competencia." Acto seguido indica, apartado 56: "El daño que estos acuerdos causan a los consumidores y la distorsión que introducen en la asignación de recursos y el funcionamiento del mercado nos obligan a ser implacables, actitud de la que dan buena cuenta no sólo la muy bullada condena impuesta por el TDLC y el Corte Suprema contra las Farmacias que participaron de la colusión, sino también las condenas contra las agencia de viaje en el caso Explora, en contra de Whirlpool en el caso Tecumseh..."

CORTE SUPREMA: ENTRE EL ANARCO-MERCADISMO Y UN CAPITALISMO SANO. Cree la fisiocracia argentina y la burguesía de espaldas a su país y su pueblo que defendernos de las prácticas de concentración, cartelización y abuso de posición dominante forman parte del Manifiesto Comunista. Pero están totalmente equivocados. Confunden la "libre competencia" con una anarquía de mercado o anarco-mercadismo, extremo promercado que en esencia no es más que una contundente práctica anticapitalista. En este sentido, y como prueba el caso chileno –entre otros miembros OCDE–, el combate contra los monopolios, la cartelización y los abusos de posición dominante tienen como nueva y estratégica aliada a la Corte Suprema. El mismo Irarrázabal lo atestigua: "No hay esfuerzos redundantes en el ámbito de la libre competencia. Cada acción emprendida ha significado un paso en la consolidación de nuestras potestades y un progreso para la institucionalidad en Chile. Los casos Farmacias y Explora revelaron la hostilidad de la Corte Suprema hacia los cárteles..." Ricardo Lorenzetti, favor tome nota. Las posiciones provenientes del propio mercado opuestas al perfeccionamiento de los derechos de los consumidores, su seguridad jurídica y un mercado más justo y equitativo son, lisa y llanamente, prácticas anticapitalistas. Héctor Méndez de la UIA puede tener sus razones para promover el anarquismo de mercado. La Corte Suprema, lo dirá Ud.

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