martes, 7 de abril de 2015

Firmas del rubro alimenticio pueden afrontar multas de hasta 5 millones de pesos por irregularidades en la información mostrada al consumidor Empresas en la mira por violaciones a las normas de Lealtad Comercial

nspecciones de la Secretaría de Comercio mostraron que en bebidas saborizadas y con alcohol, alimentos y aderezos, no se respetan los ingredientes promocionados, los contenidos "light" ni detalles del peso neto.

Empresas en la mira por violaciones a las normas de Lealtad Comercial
Tras un 2014 caliente por el debate sobre la formación de los precios, las grandes firmas del rubro alimentos y bebidas arrancaron un 2015 en el que podrían afrontar multas de hasta 5 millones de pesos, si no corrigen numerosas infracciones a la Ley 22.802 de Lealtad Comercial. 
Desde el año pasado, la Secretaría de Comercio, a cargo de Augusto Costa, intensificó las inspecciones habilitadas por esa normativa. En pesquisas a comercios minoristas sobre productos de consumo masivo, la Dirección de Lealtad Comercial denunció casos de productos de primerísimas marcas cuyos envases exhiben datos que violan los artículos 1 de la normativa, que penaliza las deficiencias en la identificación de mercaderías, y 5, que apunta contra los casos de palabras o frases que puedan inducir a la confusión. Además, se encontraron productos que no cumplen con las especificaciones de peso neto ni de detalles de categorías alimentarias. 
"La información que figura en los rótulos de los productos –señala el informe de Comercio al que accedió Tiempo– es el principal medio de comunicación entre el consumidor y las empresas productoras, y permite al consumidor utilizar los datos proporcionados a fin de tomar decisiones acertadas e informadas a la hora de comprar un producto." Sin embargo, las empresas que incurren en irregularidades no son pocas ni insignificantes. En la lista que hoy publica este diario se apuntan firmas como la cervecera Quilmes, y las multinacionales Unilever, Bimbo, Danone y Nestlé. 
En cuanto a Quilmes, el producto en cuestión es el Mixxtail Mojito, de intensa difusión mediática en los meses de la temporada estival. La inspección de la Dirección de Lealtad Comercial señaló que el rótulo y etiqueta de este producto presentan el producto como cóctel mojito cuando en realidad es una "bebida fermentada a base de cereales con aroma natural de mojito y menta". A partir de esa observación "se acreditó la infracción al art. 5 de la Ley 22.802, puesto que con la palabra 'MOJITO' en caracteres destacados, las imágenes del limón y menta (que no figuran en la lista de ingredientes) y la coctelera, se inducía al error, engaño o confusión respecto de la naturaleza y características del producto", explicó Lealtad Comercial. 
En el marco de esta investigación, el Estado intervino 84 mil botellas y 1440 latas. La empresa Quilmes, por su parte, "se comprometió a comercializar la nueva versión del producto a mediados del mes de marzo".
Otro caso es el de la Mayonesa Hellmann's Light, del grupo Unilever. En esta oportunidad, el envase presenta una mercadería con un 60% menos de grasa que la mayonesa Hellmann's Tradicional. La inspección de Comercio halló, sin embargo, que el producto de referencia ya no existe en el mercado, lo que impide al consumidor "la constatación in situ" de la diferencia promocionada. Comparada con la mayonesa Hellmann's Clásica, que hoy remplaza a la "Tradicional", la reducción de calorías es del 49%, lejos del 60% que vende el paquete. Esta investigación se basó en un corpus de 764.634 envases de mayonesas light.
Las Rapiditas Light, de la firma Bimbo, también aparecen entre los alimentos que integran la lista de denunciados por irregularidades en materia informativa y de contenidos. El envoltorio, en este caso, presenta el artículo como "producto panificado a base de harina de trigo reducido en grasas", lo que para Lealtad Comercial es una información "poco clara y (que) puede inducir a engaño o confusión respecto de las propiedades y características del producto", una conducta expresamente prohibida en el artículo 5 de la Ley 22.802. En esa línea, el ente inspector apuntó la contradicción de que, junto a la leyenda "light", el producto exhibe otra que reza "este no es un alimento bajo o reducido en valor energético". Para este caso, se intervinieron 2111 paquetes del producto en cuestión.
La Ley 22.802, de Lealtad Comercial, está vigente en la Argentina desde el 5 de mayo de 1983. No obstante, el secretario de Comercio, Augusto Costa, explicó a Tiempo que "desde mediados del año pasado estamos siendo más rigurosos en los controles respecto a preceptos" de la normativa. 
El funcionario nacional –mano derecha del ministro de Economía, Axel Kicillof, en el segmento precios y comercio– agregó que, aunque parezca contradictorio con el porte de las empresas denunciadas, "hay mucha estafa pequeña, que quizás parece una tontería, pero para el consumidor que va a buscar determinado producto, es importante". 
La tendencia, lamentablemente, no parece ser a la baja. Según el funcionario, "cada vez hay más casos: mal peso neto, una bebida no dice bebida en la etiqueta, mal cálculo adrede de calorías. En algunos casos entendemos que hay una trampa intencional y en otros, simplemente, desconocimiento", particularizó el titular de Comercio. 
La popular bebida Levité Villa del Sur, de la firma Danone, es otra de las que quedó expuesta en estas inspecciones. Este producto no contaba con la denominación de venta en la cara principal del envase "tal como lo exige el artículo primero de la Ley 22.802". En el caso del producto light, "no se especificaba junto al término 'Cero' si se trataba de calorías o de algún nutriente", lo que pudo conducir a interpretaciones erróneas del consumidor. 
Un rasgo particular se dio con el agua Villa del Sur Levité de 600 ml sabor pomelo, que incluye la frase "20% gratis", una promoción que se lanzó en enero de 2014 y que ya no está vigente. Lealtad Comercial inspeccionó 12.060.318 botellas. La empresa se comprometió a adecuarse para junio de este año. 
Otra agua saborizada, Awafrut de Nestlé, también cayó entre las infractoras. Según la información oficial "no contaban con la denominación de venta en la cara principal del envase exigido por la ley como información obligatoria", con lo que se acreditó la violación al artículo 1 de la Ley 22.802. En esta oportunidad, se intervinieron 89.376 botellas de aguas saborizadas Awafrut de 1,5 litros y la empresa se comprometió a culminar su adecuación, como Danone, también para junio.
En cuanto al procedimiento legal, los inspectores que constatan una infracción pueden intervenir la mercadería labrando un acta. Los productos quedan intervenidos hasta su adecuación. 
En las oficinas, el acta se convierte en un expediente que contendrá también el descargo de la empresa y sus propuestas de adecuación. Una vez completado el proceso, la mercadería se envía a la Dirección de Actuaciones por Infracción (DAI), donde se resuelven las sanciones, que oscilan entre los $ 500 y $ 5 millones. Esto, siempre y cuando las compañías no procedan a corregir las irregularidades.  «

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