lunes, 19 de mayo de 2014

MILANI SALIO AL CRUCE DE UN INFORME DEL CELS SOBRE LA CAUSA EN LA RIOJA Las respuestas del general

El jefe del Ejército sostuvo que no pudo “ejercer de manera real y efectiva el derecho de defensa” en la causa donde se investiga su participación en el terrorismo de Estado.

El jefe del Ejército, César Milani, salió a responder a un informe del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) que daba cuenta de una serie de irregularidades en la causa en La Rioja en la que se investiga la participación del militar en la represión ilegal. El general sostuvo que no pudo “ejercer de manera real y efectiva el derecho de defensa” en esa causa y negó que se le dé un trato especial en la Justicia por ser el jefe del Ejército. Una segunda causa en Tucumán investiga la desaparición del conscripto Alberto Ledo, sobre el que Milani instruyó el sumario en el que se lo declaró desertor.

El informe del CELS alerta sobre el pedido que hizo el fiscal Horacio Salman de que se declare la nulidad de la investigación en La Rioja, donde Milani fue denunciado en 1979 y luego en 1984 por el ex preso político Ramón Alfredo Olivera. El ex detenido acusó a Milani de hostigarlo en un traslado del centro de detención al juzgado federal y de haber participado del secuestro de su padre.

El CELS advirtió que el fiscal, al pedir la nulidad, tomó como propios los argumentos de la defensa oficial. Según remarca el CELS, el fiscal dio por cierto un documento de la dictadura que decía que Milani estaba detenido cuando ocurrió el secuestro, cuando en diversas causas se probó que muchas veces los documentos no reflejan la realidad.

Milani respondió con los argumentos de su defensor privado, Fernando Susini. Lo hizo en un comunicado con membrete del Ministerio de Defensa: “Me sorprende el silencio guardado por el CELS y su presidente, Horacio Verbitsky, quienes conociendo los detalles de la causa, omitieron revelar las irregularidades señaladas en torno de la actuación del fiscal Darío Illanes y el señor Ramón Alfredo Olivera”. Milani recusó a Illanes, quien se apartó de la causa.

Según Milani, él fue el primero en denunciar “las graves irregularidades cometidas en la causa judicial, desde su inicio en julio de 2013”. “Me presenté voluntariamente por escrito, en forma personal y a través del defensor oficial en varias oportunidades ante el fiscal Illanes, pero contrariamente a lo que afirma el CELS no pude ejercer de manera real y efectiva el derecho de defensa en juicio”, indicó Milani, quien le reclamó a la procuradora Alejandra Gils Carbó que investigue al fiscal Illanes y lo aparte del cargo “por mal de-sempeño de su función”.

Milani destacó que “no estaba a cargo, ni pude haber participado del procedimiento que concluyó con la detención de Pedro Adán Olivera”. “No incurrí en el delito de privación ilegítima de la libertad al haber acompañado a la policía provincial en los traslados de presos político –dijo–. Fue dispuesto en el marco de una causa judicial iniciada en 1975, a partir de la cual resultó posteriormente condenado por una sentencia que, además, fue confirmada por la Cámara Federal de Córdoba.” La causa era por la Ley 20.840. El CELS aclara que esa norma “fue utilizada para blanquear detenciones ilegales”.

“El reconocimiento que dio origen a la denuncia no ocurrió realmente y la denuncia estaba armada desde su inicio. Olivera se expresó con mendacidad al momento de realizar la denuncia y prestar declaración testimonial en mi contra”, sostuvo Milani. “Ninguna víctima de causas de lesa humanidad en La Rioja mencionó mi nombre”, aseguró Milani. “Es falso que que por ser el actual jefe del Ejército se me brinde impunidad o la posibilidad de ser juzgado con un estándar probatorio distinto”, afirmó.

“Milani no puede renegar de lo que ha hecho y de que actuó de esa manera. Tiene que saber qué pasó con Ledo”, sostuvo el ex conscripto Alvaro Illanes, uno de los denunciantes en Tucumán.

19/05/14 Página|12


EL JEFE DEL EJERCITO ANTE LA JUSTICIA EN LA RIOJA Y EN TUCUMAN

La verdad de la milanesa

La presión castrense produjo resultados opuestos. En La Rioja condicionó procedimientos irregulares de la fiscalía y la defensa oficial para buscar un cierre apresurado de la causa Olivera. Pero la Cámara Federal de Tucumán recomendó a la fiscalía en términos de inusitada dureza profundizar la investigación sobre la responsabilidad de Milani en la desaparición del conscripto Ledo. Presunción de inocencia y manipulación de la Justicia.

Por Horacio Verbitsky

Imagen: Sandra Cartasso

La fuerte presión castrense para desligar al jefe del Ejército de las imputaciones por crímenes de lesa humanidad antes de la celebración institucional de la semana próxima produjo resultados opuestos en La Rioja y en Tucumán. En La Rioja, el fiscal se excusó y su reemplazante pidió el cierre de la causa en vez de instar la acción, como corresponde a su rol. Adhirió para ello a los argumentos de la defensa, que también llegaron al tribunal en forma irregular: fueron elaborados por el defensor privado de Milani pero firmados por el defensor oficial. En Tucumán, en cambio, la Cámara Federal recomendó al ministerio público investigar la participación de Milani y evaluó la desaparición forzosa de un conscripto, decisión inusual y de extrema gravedad que torna ineludible su declaración indagatoria. Ante la impugnación del CELS a su ascenso, el Poder Ejecutivo sostuvo que regía la presunción constitucional de inocencia y que la decisión quedaba en manos de la Justicia. Las anomalías producidas en la causa riojana relativizan la validez de ese criterio y los avances del expediente tucumano agravan la situación del militar.

Juego de roles

La función constitucional del ministerio público es promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad de los intereses generales de la sociedad y la ley orgánica del ministerio público indica que los fiscales deben “promover la averiguación y enjuiciamiento de los delitos”. Sin embargo, el fiscal subrogante de La Rioja Michel Horacio Salman solicitó el sobreseimiento de Milani, en una asombrosa valoración prematura de la prueba. Para llegar a tan inusitado corolario pidió la nulidad del requerimiento de instrucción que había presentado su antecesora en la fiscalía, la subrogante Marta Elena Kumah, por el secuestro y las torturas a Pedro Adán y Ramón Alfredo Olivera. El titular de la fiscalía, Darío Illanes, fue recusado por Milani y decidió excusarse. En febrero de este año se hizo cargo Salman, quien era fiscal ante el Tribunal Oral riojano. Designado en 1994 por su relación con Eduardo Menem y Julio Nazareno, en 1999 integró la comitiva del procurador Nicolás Becerra en su visita a China. En 2012 se excusó de intervenir en el juicio por el asesinato de los curas Carlos Murias y Gabriel Longueville, una vez que en su despacho apareció un informe de Inteligencia con un mapa de la provincia de La Rioja en el que se señalaba a una treintena de integrantes del Movimiento de Sacerdotes para el Tercer Mundo, a quienes se menciona como “curas rojos” y agentes “infiltrados” en “el catolicismo riojano”. La policía lo había entregado a la fiscalía en 2004, pero Salman no lo incorporó a la causa.

Los argumentos de Milani fueron elaborados por su defensor privado, el profesor de sociología del Holocausto Fernando Susini, tal como consignó el domingo pasado la edición impresa de este diario en una primicia nacional que ningún otro medio reprodujo. Susini era el defensor de Milani en la causa por enriquecimiento ilícito, pero un alto funcionario civil le indicó que se hiciera cargo también del expediente riojano. Sin embargo quien firmó y presentó el dictamen de Susini ante el juez Daniel Herrera Piedrabuena fue el defensor oficial Eduardo Narbona. Susini sigue así las huellas del incomparable Máximo Rags to Riches Rosconi. En vez de cumplir con su deber de impulsar la investigación, el anfibio Salman tomó los argumentos de la defensa y pidió la nulidad del requerimiento, liberando de la investigación a Milani. La nulidad es un procedimiento excepcional que sólo se justifica cuando es manifiesto que no hay delito y cuando un fiscal actúa fuera de su jurisdicción y competencia. Aún así, en el ya célebre caso del fiscal José Campagnoli con Lázaro Báez la justicia no anuló sus actuaciones. No obstante la Procuración General lo suspendió y lo sometió a juicio político, el mismo camino que ahora deberá seguir con Salman.

Estos son los insostenibles argumentos del fiscal-defensor:

- Privación ilegítima de la libertad de Pedro Olivera: Milani no pudo ser su autor, porque su legajo dice que ese día estaba detenido dentro del Batallón.

La jurisprudencia rechaza que la responsabilidad de un imputado en crímenes de lesa humanidad se acredite sólo en base a prueba documental. Así lo establecieron el Tribunal Oral Federal 4 en la causa Vesubio y la sala II de la Cámara de Casación Penal en Esma II. La Casación restó valor al legajo del marino Juan Carlos Rolón para establecer cuándo dejó la ESMA, ya que hay testigos que lo vieron después de la fecha del legajo.

- Privación ilegítima de la libertad de su hijo Ramón Alfredo Olivera: Milani sólo actuaba como custodio cuando la policía trasladaba detenidos entre dos sedes legales: el Instituto de Rehabilitación Social (IRS) y el juzgado federal, en el marco de la ley antisubversiva 20.840.

El juzgado federal 3 de Mar del Plata estableció en la causa contra la CNU que la vigencia de esa ley, promulgada en 1974 bajo un gobierno constitucional, “no implicaba necesariamente” la legalidad de los procedimientos. Por el contrario, la 20.840 sirvió como pantalla a quienes usurparon el poder para simular un proceso legal cuando en verdad incluía “detenciones ilegales en centros clandestinos, tratos vejatorios y aplicación de tormentos”. Es el mismo criterio que aplicó la Corte Suprema de Justicia al confirmar la condena contra el ex juez federal de Santa Fe Víctor Brusa. En el informe de la Comisión riojana de Derechos Humanos y en diversas causas de esa provincia, confirmadas por la Cámara Federal de Córdoba, quedó establecido que a partir del golpe la cárcel legal que funcionaba en el IRS “se transformó en un centro de detención, torturas e interrogatorios” con picana eléctrica, submarino y golpes a prisioneros vendados. Tampoco la intervención del juzgado federal confería legalidad a los procedimientos. De hecho, su titular de entonces, Roberto Catalán, ante quien Milani condujo a Olivera, está detenido como partícipe secundario en privación ilegítima de la libertad, allanamiento ilegal, tormentos y homicidio. Aunque sólo se acreditara la participación en el traslado, Milani habría intervenido en un tramo de la comisión de un delito. Así lo abordó el Tribunal Oral Federal 5 de la Capital y lo confirmó la sala IV de la Cámara de Casación, en la sentencia por la Masacre de Fátima. El policía Carlos Enrique Gallone fue condenado aunque no participó en el traslado y ejecución de los secuestrados, porque sí lo hizo en los de las víctimas, actos preparatorios que lo convirtieron en partícipe necesario de los treinta homicidios.

- La importancia de la prueba testimonial: Según Susini-Narbona-Salman los testigos del allanamiento que identificaron a Milani son familiares de las víctimas, lo que les resta verosimilitud. El fiscal-defensor sostiene que el reconocimiento de los Olivera es de importancia relativa ante los dichos de Milani y su legajo.

Este argumento contradice la jurisprudencia sentada ya en 1985 en el juicio a las juntas. La Cámara Federal que condenó a Videla sostuvo que la declaración testimonial es un medio privilegiado de prueba en delitos cuya forma de ejecución incluye el borrado de huellas, por lo que las víctimas de la represión clandestina son “testigos necesarios”. Otro tanto hizo la sala IV de la Cámara de Casación en noviembre pasado al confirmar la sentencia por el asesinato de Murias y Longueville. Como “los crímenes fueron cometidos por integrantes del Estado bajo su cobertura y amparo y se trató de borrar toda huella, la prueba testimonial adquiere singular importancia” para reconstruir lo sucedido. Lo mismo sostuvo el Tribunal Oral de San Martín en la causa Campo de Mayo, que además valoró la persistencia y estabilidad del testimonio. En el caso de Olivera, su primera denuncia contra Milani fue presentada en 1979 y reiterada en 1984 ante la Comisión Riojana de Derechos Humanos y ahora.

- Nombrar o no nombrar: El dictamen fiscal valora que no haya otras denuncias contra Milani.

Con el mismo criterio el tribunal de la causa ESMA absolvió a Juan Carlos Rolón. Pero la sala II de la Cámara de Casación dijo que esa sentencia era un círculo vicioso, ya que descalifica los testimonios de quienes vieron a Rolón invocando a la mayoría de detenidos que no lo vio. Como ese razonamiento es falaz la Casación anuló la absolución y ordenó al tribunal de juicio un nuevo fallo contra Rolón.

- El interrogatorio que el fiscal no valoró: Desde su denuncia de 1979 por los apremios ilegales sufridos, Olivera reitera que Milani lo hostilizó durante su declaración en el juzgado. Sin embargo, el dictamen fiscal omitió la cuestión en su pronunciamiento. De este modo, los propios elementos de la defensa de Milani demuestran la necesidad de investigar y descalifican la solicitud de nulidad presentada por Salman.
La imputación

La decisión de la Cámara Federal de Tucumán (integrada por los civilistas Ernesto Clemente Wayar y Marina Cossio de Mercau y la penalista Graciela Fernández Vecino) se produjo al confirmar el procesamiento del coronel Esteban Sanguinetti por privación ilegítima de la libertad y homicidio agravado del conscripto Alberto Agapito Ledo. El 17 de junio de 1976 a la una de la mañana el entonces capitán Sanguinetti, a cargo del vivac del Batallón 141 de Ingenieros en Construcciones de La Rioja, que se encontraba en comisión en Tucumán, sacó del campamento a Ledo, quien nunca reapareció. Cinco días después, Sanguinetti designó a Milani como instructor del sumario en el que se dio por demostrada la deserción de Ledo. Marcela Brizuela de Ledo acusó a Sanguinetti por la desaparición forzosa de su hijo y al conocerse el acta falsa de deserción extendió el cargo a Milani. En las conclusiones los camaristas consideraron “necesario recomendar al Ministerio Público Fiscal profundizar la investigación sobre otras responsabilidades por delitos cometidos en perjuicio de Alberto Agapito Ledo, consumados en la provincia de Tucumán”, para “determinar las condiciones de tiempo, modo y lugar en que se habría producido su muerte”. Mencionan las recientes declaraciones testimoniales de los hermanos Juan Carlos y Alvaro Raúl Illanes, “quienes dan cuenta de la posición jerárquica que habría detentado el entonces Subteniente César Milani”, a la fecha de los hechos y con relación a determinados conscriptos. Asimismo la prueba que surge de los autos “Milani, César s/falsificación de documentos públicos, Expte. NCFP7372/2013, acumulado en autos”, en la que varios soldados dicen haber visto en la unidad elementos que el instructor dijo que se había llevado Ledo.

Alvaro Raúl Illanes había sido compañero de Ledo en la Escuela Normal de La Rioja y en el servicio militar. En el Batallón 141 de Ingenieros conoció a los entonces subtenientes Milani y Molina. Al declarar en la causa, Illanes narró que por las tardes ambos subtenientes hablaban con los conscriptos y Milani les hacía preguntas a él y a Ledo “sobre su postura política”. El 24 de marzo de 1976, cuando ya había sido dado de baja del servicio, fue detenido. Dos veces vio a Milani, quien recorría celda por celda para ver a los detenidos, y una vez a Ledo, quien llegó a la cárcel como asistente de un sacerdote. Luego de la misa, le dijo que lo llevaban a Tucumán. Esa fue la última vez que lo vio. Juan Carlos Illanes, quien conocía a Ledo por su hermano Raúl Alvaro Illanes, “que participaba en política”, lo vio un par de veces en Monteros, Tucumán. Juan Carlos Illanes cumplía el servicio militar en el Regimiento Aerotransportado de Catamarca. En junio de 1976 también a él lo llevaron a Tucumán. En Concepción realizó rastrillajes de cañaverales y cuidó de “presos políticos”. Un grupo de oficiales lo llevó a Monteros como custodio. Al entrar a una escuela vio a Ledo, quien lo reconoció: “Vos sos hermano de Yopo”, le dijo. Illanes le contó que su hermano había sido detenido y que en Catamarca era asistente del subteniente Mujica. “Ledo le comentó que también era asistente de un subteniente de apellido Milani.” La recomendación de la Cámara a la fiscalía es una práctica excepcional y una crítica implícita a la pasividad del Ministerio Público y coloca a Milani a las puertas del procesamiento.


Cuentas Pendientes

Por Horacio Verbitsky

El jurista argentino Juan Pablo Bohoslavsky, coeditor del libro Cuentas Pendientes, sobre los cómplices económicos de la última dictadura argentina, fue elegido Relator Especial del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas sobre el efecto de la deuda externa y otras obligaciones financieras sobre los Derechos Humanos. Bohoslavsky, quien nació en Bahía Blanca en abril de 1976, al mes del golpe, era coordinador del Grupo de Expertos de Deuda Soberana de la UNCTAD, que desarrolló los Principios sobre Préstamos Responsables Soberanos a los que han adherido numerosos países. Al ser designado Relator renunció a aquel cargo para radicarse en Río Negro, en cuya Universidad Nacional del Comahue creó un master en Derecho Administrativo Global. Con doctorados y postgrados en las Universidad Austral de Buenos Aires y en las universidades de Salamanca, Viena y Nueva York, Bohoslavsky defendió a la República Argentina en los juicios entablados por Aguas Argentinas y Yacyretá. Compitió por el mandato con el jurista y economista australiano radicado en Estados Unidos Philip Alston y con otros cinco expertos de Grecia, Costa Rica, Canadá, Nigeria y la República de Níger. Pese a su extrema juventud, fue calificado en segundo lugar luego de Alston, quien es una eminencia mundial del derecho internacional y los derechos humanos, con un currículum académico y político impresionante, que hubiera hecho desistir a cualquier persona sensata. Pero el Grupo Consultivo compuesto por un embajador representando cada región que a lo largo de seis meses tuvo a su cargo el proceso de selección y estudió los planes de trabajo que presentó cada candidato, no quiso perder el aporte de Bohoslavsky. Su propuesta, aceptada por el Consejo de Derechos Humanos la semana pasada: que Alston fuera Relator Especial sobre Pobreza Extrema y Derechos Humanos, y Bohoslavsky sobre Deuda Externa y Derechos Humanos. El mandato de Bohoslavsky (2014-2017) consiste en trabajar sobre las consecuencias de la deuda externa y las obligaciones financieras internacionales conexas de los Estados para el pleno goce de todos los derechos humanos, sobre todo los derechos económicos, sociales y culturales. Esta Relatoría es de especial interés para los países en de- sarrollo. Otros dos argentinos encabezaron las evaluaciones del Grupo Consultivo: la decana de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Buenos Aires, Mónica Pinto, para integrar el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria en América Latina y el Caribe, y el arquitecto urbanista Fernando Murillo, coordinador técnico del Observatorio Urbano de Buenos Aires, para la Relatoría de Vivienda. Pero en ambos casos el presidente del Consejo recomendó y el pleno designó a quienes ocuparon el segundo lugar en la evaluación: el mexicano José Guevara y la canadiense Leilani Farha.


La puerta giratoria

Por Horacio Verbitsky

La estrecha relación de Human Rights Watch con el gobierno de los Estados unidos plantea un conflicto de intereses y afecta su independencia, sostiene una nota con la firma de más de un centenar de personalidades de la comunidad de derechos humanos, la cultura y la Academia, que incluye a un ex secretario general adjunto de las Naciones Unidas, a dos premios Nobel de la Paz y al cineasta Oliver Stone. La nota fue enviada al Director Ejecutivo de HRW, el ex fiscal de Manhattan Kenneth Roth, a quien insta a tomar medidas concretas a favor de su independencia, comenzando por la calusura de la puerta giratoria por la cual funcionarios que diseñaron o aplicaron la política exterior de los Estados Unidos pasan a integrar el equipo de trabajo o los consejos asesores o la junta directiva de la organización, o en la dirección inversa. Cómo mínimo, dicen los críticos, debería establecerse un período de espera para ese intercambio de personal. Los firmantes se manifiestan de acuerdo con una declaración formulada en 2010 por el mayor donante de Human Rights Watch y miembro de su consejo directivo, el inversor financiero George Soros, quien dijo que para ser más efectiva, la organización debería ser vista menos como estadounidense y más como internacional. Los firmantes brindan algunos ejemplos de esta porosidad entre esta ONG y el gobierno estadounidense:

- Tom Malinowski, Director de Promoción de la oficina central de HRW en Washington, fue asistente especial del presidente Bill Clinton y redactor de los discursos de su ministra de Relaciones Exteriores, Madeleine Albright. En 2013 dejó su cargo en HRW para asumir como Secretario Adjunto de Relaciones Exteriores para asuntos de Democracia, Derechos Humanos y Trabajo con el actual ministro John Kerry.

- Susan Manilow, vicepresidente de la junta directiva de Human Rights Watch, se presenta en su biografía oficial como vieja amiga de Clinton y consigna que fue anfitriona en “docenas de eventos” para el Comité Nacional del Partido Demócrata.

- Myles Frechette, ex embajador en Colombia y ex representante adjunto para asuntos comerciales, integra el Consejo Asesor de HRW.

- Miguel Díaz, analista de la CIA en la década de 1990, integró el Consejo Asesor de HRW entre 2003 y 2011 y en la actualidad actúa como “interlocutor entre la comunidad de Inteligencia y expertos no gubernamentales”.

Esta promiscuidad entre la organización y el Estado tiene consecuencias en sus definiciones. Los autores de la carta recuerdan que en 2009, como director de Promoción de HRW, Malinowski afirmó que en ciertas limitadas circunstancias era legítima la política de la CIA que en inglés se denomina de “Extraordinary Renditions”, es decir “la práctica ilegal de secuestrar y transferir a sospechosos de terrorismo a otros lugares del mundo”, según los firmantes. También mencionan una frase de Malinowski, quien parafraseó el argumento oficial de que llevaría cierto tiempo diseñar una alternativa al envío de sospechosos “para ser torturados en mazmorras extranjeras”. En cambio, agregan, HRW no aplicó el mismo criterio a Venezuela. Recuerdan que en 2012 la organización objetó la candidatura venezolana a integrar el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas porque no “cumplió con normas mínimas aceptables”, lo cual inhabilita a su gobierno para actuar “como una voz creíble en materia de derechos humanos”. Esa comunicación fue firmada en noviembre de 2012 por el director de la sección Américas de HRW, José Miguel Vivanco. En cambio, HRW nunca cuestionó la participación del gobierno estadounidense en el mismo Consejo a pesar del programa global de asesinatos selectivos secretos que practica su gobierno y de la ilegal detención de personas en Guantánamo, dicen los firmantes. Acuerdan con HRW sobre la ilegalidad del uso de misiles por parte de Siria en la guerra civil, pero señalan que Estados Unidos amenazó con el lanzamiento de misiles sobre ese mismo país y la organización permaneció en silencio. Tales ejemplos podrían condonarse “como inconsistencias u omisiones” naturales en cualquier organización grande y con muchas actividades. “Pero la estrecha relación con el gobierno de Estados Unidos impregna estos casos con la apariencia de un conflicto de intereses”, afirman. Entre los suscriptores de la carta están el ex Secretario General Adjunto de las Naciones Unidas, Hans von Sponeck; su actual Relator Especial para Derechos Humanos en los territorios palestinos, Richard Falk; el director de cine Oliver Stone; el presidente emérito del Centro de Derechos Constitucionales, Michael Ratner, quien denunció al ex ministro de Defensa Donald Rumsfeld por torturas ante tribunales de Francia y Alemania y es el defensor de Julian Assange; los premios Nobel de la Paz Mairead Maguire y Adolfo Pérez Esquivel y el director del Centro de Investigaciones Económicas y Políticas Mark Weisbrot.

18/05/14 Página|12
 

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