viernes, 7 de junio de 2013
Jueces y parte Por Mario Wainfeld
El fiscal federal Jorge Di Lello se excusó de dictaminar en varios reclamos de inconstitucionalidad contra le ley que establece la votación popular de miembros del Consejo de la Magistratura. Di Lello integra la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional, inclusive fue directivo de la misma. La excusación era válida. La citada corporación se ha expedido pública y furiosamente por la inconstitucionalidad. Tanto que contrató a los abogados Alberto García Lema y Enrique Paixao para plantear el susodicho reclamo, contra el pago de una jugosa suma de honorarios. O sea, dispuso de fondos del colectivo para ser parte en la disputa.
Como socio de la misma, Di Lello afrontaba un dilema. Dictaminar a favor de la constitucionalidad lo pondría de punta con sus cofrades. Hacerlo en contra podría convertirlo en sospechoso de parcialidad. El consideró que le faltaban la imparcialidad y la tranquilidad de espíritu necesarias. No predicó una regla universal: sinceró la contradicción que atravesaba, tras un lógico escrutinio ético.
La conducta del fiscal, valorable y sistémica, no podía hacer escuela en la corporación judicial. Peor aún: la jueza federal María Romilda Servini de Cubría no le permitió obrar con delicadeza y tino. Sólo admitió el digno paso al costado de Di Lello en la causa iniciada por la citada Asociación y lo forzó a dictaminar en otras que, ay, son casi idénticas. Como es regla en el Foro, las formas prevalecieron sobre el fondo y sobre las reservas éticas.
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El fiscal general ante la Cámara Federal de Casación Penal, Javier Augusto de Luca, hizo pública su renuncia a la Asociación de Magistrados (en adelante “la Asociación”) en una columna publicada en este diario el pasado lunes 3 de junio, cuya lectura total se recomienda. A título de síntesis, vale esta larga pero imperdible cita textual: “La conducción se mueve como si la Asociación fuera un nuevo partido político, el judicial, cuya única idea visible es la defensa ciega de determinados colegas y de privilegios insostenibles en una democracia del 2013, ya que, en nombre de la representación que ostentan, aceptan o denuestan políticas de Estado (no del gobierno de turno), al que en realidad debemos servir, como si los jueces tuviesen algún tipo de competencia en la sanción y promulgación de las leyes que son el producto de la soberanía popular. Todas las expresiones de esta conducción siempre se reducen al mismo patrón, la defensa de los intereses de quienes pertenecen al círculo áulico de su dirección”. De Luca integró la Asociación durante 26 años, pero sus conductas de las semanas recientes fueron “las gotas que rebasaron el vaso”.
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El juez Federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, rechazó con duros términos uno de los centenares de demandas interpuestas por doquier. Sus fundamentos, defendiendo el principio de soberanía popular y fulminando al corporativismo judicial, fueron lapidarios.
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Esos pronunciamientos revelan el saludable estado del debate público dentro del Poder Judicial. Se han cuarteado reglas de juego interno que rigieron durante añares, “códigos” dirían jugadores de fútbol o gentes de barrio, pactos corporativos si se quiere ser más técnico.
El cisma, cuya mayor expresión institucional es la Asociación “Justicia legítima”, es incipiente. Lo que era hegemonía absoluta del espíritu corporativo es ahora una mayoría que defiende sus prerrogativas o prebendas con uñas y dientes.
También porfían por mantener privilegios legales injustos aunque vigentes. Las resoluciones 315 y 317 del Consejo de la Magistratura del año 2006 disponen que la Junta Electoral para la elección de jueces sea designada por la Asociación de Magistrados. Si se admite una comparación amigable, es como si el Sindicato de Camioneros de Hugo Moyano o la UOM de Antonio Caló manejase la junta para las elecciones en sus respectivas CGT. Todo aquel que ha participado en cualquier proceso electoral de alguna organización sabe el peso que tiene el control absoluto de una Junta Electoral. Es una cuota notable de poder. Hablamos de política, de cómo funcionan las competencias en el mundo real, que no es tan distinto entre Sus Señorías y “los muchachos” cuando se disputan los garbanzos.
Cuando pone en entredicho la constitucionalidad, la Asociación está defendiendo su propia posición privilegiada, lo que es lógico en la pugna política... a condición de sincerar que se trata de una facción y de despojarse de la sacralidad de las togas.
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Poner en cuestión la constitucionalidad es un derecho básico de cualquier ciudadano u organización de la sociedad civil. Y de acuerdo con nuestro sistema, puede dilucidarlo ante un juzgado de primera instancia. El sistema es malo, pero es lo estatuido.
Lo que quiebra su espíritu, constituyendo un abuso de derecho, es promover una carrada de demandas idénticas, de los mismos actores, ante una cantidad frondosa de juzgados. Nada serio se consigue con esa mala praxis, salvo potenciar la expectativa de conseguir jueces amigables y empiojar el proceso electoral en desarrollo. Sin embargo (o, más bien, por eso) las demandas crecen y se multiplican.
Ayer se sentenciaron varios reclamos, en distintos puntos del país. Alguno con la parte resolutiva pésimamente redactada.
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El cronista cree que el voto popular para la elección de consejeros no contraría para nada la Constitución, cuyo texto es deliberadamente ambiguo. Se lo urdió así en el contexto del Pacto de Olivos, que concertaron el peronismo en su ciclo menemista y el radicalismo.
La reforma de 1994 tiene avances encomiables, muchas disposiciones mal redactadas, algunas nocivas... su saldo es opinable. Lo que está fuera de controversia es que se pensó para favorecer a los dos socios del acuerdo de Olivos, en sus reconocidas condiciones de mayoritario y minoritario.
El Consejo era un espacio reclamado por la UCR, varios de sus aspectos centrales se derivaron a una ley ulterior, a sabiendas de que la dictaría el PJ. El reenvío a una ley posterior fue una autolimitación de los constituyentes, que dejaron para las leyes aspectos sustantivos, como los que fijó ahora otra ley.
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La inclusión de la nueva forma de elegir consejeros en los comicios de agosto y octubre –muy pronto y en listas partidarias– son los aspectos más controvertibles de la nueva ley. Es válido que el asunto se dirima en Tribunales. También lo es que el torneo de AFA se defina en la cancha. En ambos casos, lo polémico es que haya referís bomberos o equipos que vayan a más o menos, según se lo pidan las hinchadas. O las barras bravas, en ciertos casos. El lector dirá hasta dónde vale esta comparación en el tema que venimos desarrollando, que alude a integrantes del Estado a los que place que los apoden “Sus Señorías”.
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El presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, anunció que ese tribunal resolverá este entuerto a toda velocidad, no bien le llegue un expediente en regla. La celeridad del Poder Judicial es una falencia recurrente y extendida, por lo que toda excepción es bienvenida, máxime en una cuestión de gravedad institucional. Es de desear que la Corte propague el ejemplo a tantas causas que acumulan telarañas en sus propios casilleros. El blog Todo sobre la Corte, en el que mayormente escriben abogados y académicos de universidades confesionales (insospechados de oficialistas en política), acumula posts comentando la demora en numerosos expedientes que esperan años, aun para fallos por demás sencillos.
Como fuera, el aviso de Lorenzetti es correcto y adecuado a las circunstancias.
Para la Corte es un desafío dictar un fallo expeditivo y convincente. El clima de “la política” y de los tribunales está caldeado. Jamás se conformará a todos, pero quizá se pueda argumentar con más solidez que los “formadores de opinión” hegemónicos o de los constitucionalistas al paso que opinan en los medios dominantes.
Futbolero y afecto a las comparaciones es el cronista. Con las lógicas variantes, el cuadro de situación le evoca al reciente partido entre Quilmes y Racing. La hinchada y la barra brava académicas le pedían a su equipo que fuera para atrás. En este caso, la crema del Poder Judicial le pide a su cabeza una sentencia que preserve fueros y un modo corporativo de elección de autoridades de un poder público.
El final es abierto, claro. Las tribunas y las plateas (anche la de Doctrina) ululan, un detalle digno de mención.
mwainfeld@pagina12.com.ar
HUBO CINCO RESOLUCIONES CONTRA LA REFORMA DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA Y EN EL GOBIERNO ANALIZAN EL CAMINO A SEGUIR
Nuevos fallos de jueces contra la votación
Hasta ahora son todos fallos de primera instancia que buscan frenar la elección popular de consejeros en las primarias de agosto. El Gobierno podría apelar cada uno ante la Cámara correspondiente o pedir el per saltum a la Corte.
Por Irina Hauser
La andanada de fallos contra la reforma del Consejo de la Magistratura se potenció ayer con al menos cinco nuevas resoluciones que ordenaron frenar las elecciones populares de integrantes (jueces, abogados y académicos) de ese organismo, que el Poder Ejecutivo convocó para que se hagan junto con las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), en agosto, y con las legislativas en octubre. Hasta ahora, todas las decisiones fueron tomadas por jueces de primera instancia, que evalúan que la ley aprobada por el Congreso tiene aspectos que podrían ser declarados inconstitucionales, pero todavía no hay sentencias de tribunales superiores. En el Gobierno analizan distintos caminos judiciales que podrían seguir para destrabar la votación de consejeros, que por ahora queda freezada en virtud de la decena de cautelares y amparos concedidos. Entre resoluciones que se conocieron ayer, dos fueron firmadas por el juez en lo Contencioso Administrativo Enrique Lavié Pico: una a pedido del Colegio de Abogados de la Ciudad (conocido como Colegio de la Calle Montevideo, defensor de los golpes de Estado) y otra del actual consejero Alejandro Fargosi (vinculado con el PRO). Otra cautelar fue concedida por el juez del mismo fuero Pablo Cayssials, a un grupo de abogados encabezados por Horacio Minotti, y una cuarta la firmó Esteban Furnari ante un planteo de la Federación Argentina de Colegio de Abogados (FACA), la que fogoneó la estrategia de sembrar amparos en cuanto juzgado fuera posible, con la que efectivamente se logró frenar –al menos por el momento– la convocatoria a elecciones de consejeros. Se sumó en la misma línea la decisión de una jueza de Neuquén, Carolina Pandolfi, quien admitió una acción declarativa de inconstitucionalidad de una abogada. En los días previos, hubo decisiones similares de la jueza Liliana Heiland, el juez de Mar del Plata Alfredo López y el de San Nicolás Martín Alberto Martínez.
La parte resolutiva del fallo de Cayssials despertó algunas especulaciones alarmistas, ya que parece ordenar la suspensión de todo el proceso electoral de las PASO, íntegro, pero lo que debilita esa opción es que no era eso lo que pedían los abogados que presentaban la demanda.
La mayoría de los planteos dice que la ley que reforma el Consejo de la Magistratura rompe el equilibro en su composición, no sólo por aumentar a 19 el número de miembros, ampliando la representación ciudadana a través de científicos y académicos, sino por el hecho de que a los consejeros jueces y abogados también se los va a elegir por voto popular, a través de las listas de partidos políticos. Lo que objetan es que eso politiza o partidiza un organismo donde se supone que jueces y abogados deberían abstenerse de esas prácticas. Además sostienen que la Constitución dice que estos dos últimos estamentos son representantes de sus corporaciones, y son ellas las que deberían elegirlos, no cualquier ciudadanos. O sea, no quieren que el común de la gente elija a los consejeros que deberán gobernar el Poder Judicial, elegir a los jueces y promover sanciones.
Desde la promulgación de la ley hasta ahora, en la Justicia Electoral calculan que se presentaron cerca de un centenar de demandas. Ya hubo una decena de jueces que en distintas ciudades que les hicieron lugar, con el argumento de que es altamente probable que haya artículos de la ley del Consejo que a la larga se declaren inconstitucionales (lo que da verosimilitud a los planteos) y de que hay un “peligro en la demora”, ya que la fecha límite para presentar alianzas es el 12 de junio, y de candidatos el 22.
El único juez que hasta ahora rechazó un amparo en forma terminante fue el juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, quien dijo que las entidades de jueces y abogados orquestaron una maniobra para cercenar como sea el derecho de los ciudadanos a elegir a sus representantes, y que lo hicieron con un método emparentado con el fórum shopping, pero implementado como una excursión de pesca, en busca de jueces que fallen de acuerdo con sus deseos, que no son otros que los que interesan a las propias corporaciones de jueces y abogados. Además, este juez dijo que deberían concentrar todos los planteos la Justicia Electoral porteña.
En el análisis de las posibles estrategias que estudia el Gobierno, una es que la jueza electoral porteña María Servini de Cubría atraiga de algún modo todos los expedientes diseminados por el país. A diferencia de otros jueces, ante las acciones de inconstitucionalidad y amparos, Servini postergó definir las cautelares y le pidió al Estado que siente posición, a más tardar en las dos primeras horas de mañana. Como su juzgado es el que centraliza la oficialización de listas y alianzas, hay funcionarios que no descartan pedirle, o que ella reclame, todos los expedientes, por esa razón. Si se traba una disputa de competencia, tal vez la Corte Suprema tenga que resolver esa pelea antes que el per saltum.
El Estado tiene otras opciones: puede apelar las decisiones por los mecanismos habituales, ante la Cámara que corresponda, o ante los fallos adversos puede recurrir al per saltum y requerir la intervención directa de la Corte. Las apelaciones pueden tener efecto suspensivo –analizan– y, por ende, por unos días permitir que se reanude normalmente el proceso eleccionario. El problema es que bastará que subsista una cautelar o se dicte una nueva para seguir frenando la elección de consejeros. El salto de instancia también puede ser requerido por el Colegio de Abogados de Dolores. El alto tribunal ya hizo saber que, dadas la gravedad y la urgencia, en cuanto tengan un caso bien planteado van a tomar una decisión.
06/06/13 Página|12
GB
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