“¿Justicia? Justicia ya tendrás en el
más allá, en esta
vida sólo cuentas con la ley.”
Su pasatiempo
favorito, William Gaddis.
El discurso de apertura del año judicial, pronunciado por el presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, deja mucha tela para cortar. Por lo que dijo, por lo que omitió y por una respuesta asombrosa que dio sobre la investigación del atentado contra la Embajada de Israel. Habló de “cosa juzgada” y caso cerrado.
Es un disparate, que fue recibido en triunfo por los editorialistas de los dos diarios de Papel Prensa, los de mayor tirada en la Argentina. Se llegó a decir, a puro clarín o en la platea de doctrina, que le dio una “lección de educación cívica” a la presidenta Cristina Fernández de Kirchner. Se divagó sobre la ignorancia de la mandataria. Pero el profe se equivocó, la supuesta lección era sanata.
Un comunicado capcioso, firmado ayer por el secretario penal del Tribunal, Esteban Canevari, rectificó al supremo en gran medida o mejor dicho en un aspecto esencial. La duda subsistente es si Canevari le enmendó la plana al presidente del Tribunal por orden de éste. Da toda la impresión, pero el modus operandi habilita dudas.
Si Lorenzetti aceptara con llaneza su error y convalidara el planteo de Canevari, le quedaría pendiente explicar en qué anda la investigación. O sea, responder en serio a Cristina Kirchner ahora que un funcionario de la Corte, con conocimiento del derecho penal, “confesó” que sigue abierta, “recalculando” el macanazo previo.
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Con vigor y sin rigor: Instalado por los medios dominantes, por la corporación judicial y en parte por él mismo como contradictor de la Presidenta, el cortesano estaba forzado a responder algo, luego de ser interpelado públicamente por la mandataria. Eligió una respuesta drástica y equivocada. Las conjeturas de por qué lo hizo (error, ignorancia, malicia) quedan por cuenta de cada cual.
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La vieja Corte y sus desvaríos: El atentado ocurrió en 1992 y la Corte Suprema tomó la causa. La Constitución impone esa competencia. Es legal, pues, pero para nada funcional. La Corte no está concebida ni organizada como un juzgado o fiscalía de instrucción, preparados para asumir la pesquisa de un crimen. Tal vez podría haberse buscado una metodología para honrar la letra constitucional procurando investigar algo, por ejemplo delegando la investigación a un juez o fiscal de otra instancia pero conservando la conducción del proceso. Es opinable: el camino era, se repite, ajustado a derecho aunque condenado al fracaso.
Al Tribunal y al gobierno de aquel entonces no debía atribularlos mucho. Por razones evidentes de alineamiento político internacional, su afán era el de culpar a Hezbolá, criterio que contaba con la anuencia de los gobiernos de Estados Unidos e Israel.
Se investigó pésimo, cuentan los conocedores consultados por este cronista, en particular mientras condujo la causa el presidente de la Corte, Ricardo Levene (h). Tras cinco años de devaneos, Levene derivó el manejo del expediente al ya mencionado doctor Canevari. Tal como reseña el colega Raúl Kollmann en su imperdible nota de ayer, Canevari puso un poco de orden. Por lo pronto, identificó y contó quiénes habían sido las víctimas fatales de la voladura y, por ende, cuántos eran. Se aseveraba que llegaban a 29, eran 22.
Con lo poco que se supo, se investigó y sobreseyó a dos personajes de reparto que se ahorran en esta síntesis. Y se libró orden de captura contra el jefe militar de Hezbolá, Imad Mughnyah, acusándolo de responsabilidad directa en el atentado.
En 1999 se dictó una resolución que, según Lorenzetti, “determinó la materialidad y la imputabilidad del hecho. Se encontró culpable al grupo Hezbolá, de la Jihad islámica”. Para la primera versión, la ovacionada, de Lorenzetti, la causa estaba cerrada. Y las partes la habían consentido, vale decir no apelado. No explicó cómo se puede apelar una sentencia de la Corte que es la última instancia judicial.
Sigamos, por ahora, con los hechos. En diciembre de 2006, ya con la actual integración del Supremo Tribunal, se dictó una nueva resolución que Lorenzetti obvió anteayer en su garbosa arenga. Un lapsus freudiano, acaso. Se decidió “seguir investigando y (...) reiterar las órdenes de captura dictadas en la causa”. Por lo visto y escrito, la Corte consideraba que la “cosa juzgada” no implicaba el cierre definitivo del expediente. Interpretaba bien, esa vez. Canevari sostuvo el criterio sensato, que Lorenzetti traspapeló un día antes.
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El mundo siguió andando: Las órdenes de captura contra Mughnyah no tuvieron éxito. Como el mundo es complejo y sigue andando, el hombre fue asesinado en Damasco en el año 2008. La causa a su respecto cerró porque en el derecho occidental moderno (el argentino lo es, a pesar de todo) no hay persecución judicial contra los difuntos.
Es algo obvio, dirá quien lea esta nota. Tal vez no lo sea tanto, pero es importante subrayar que como regla general tampoco se puede, según el Código Penal, condenar a grupos o asociaciones. Las acusaciones por los crímenes son individuales (principio general que admite excepciones) identificando o procesando o condenando a personas de carne y hueso. Dicho en criollo: una condena a Hezbolá no es (del todo) una condena. Debe entenderse como una indicación a los investigadores para buscar a los miembros de Hezbolá o eventuales cómplices que intervinieron en el crimen.
Y una sentencia en un expediente penal sin condenados ni absueltos no “hace” cosa juzgada en el original sentido que le atribuyó Lorenzetti.
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La investigación sigue abierta: Puede ser contra intuitivo pero a diferencia del proceso civil, el proceso penal puede no terminar nunca (el hecho no se esclarece, no se encuentra al autor, etc.), con el único límite de la prescripción de la acción.
¿Qué pasa (qué debe pasar) cuando no se ha esclarecido el hecho, no se ha identificado o capturado al autor y no hay ninguna medida de prueba pendiente que permita avanzar? Simplifiquemos algo que puede tener un rizo más, no determinante. El legajo queda archivado o suspendido el trámite. Ese archivo produce lo que en jerga se llama “cosa juzgada formal”. La causa está terminada pero la resolución es provisoria. Si se nos permite volver a lo coloquial, el expediente queda hibernando a la espera de nuevas evidencias o indicios.
El tribunal que instruye o los acusadores (fiscales o querellantes) puede ordenar o pedir que siga la instrucción, siempre que surja algo nuevo. Respecto de lo que ya está incorporado al legajo, opera la cosa juzgada.
Ya que estamos, eso podría suceder en la causa que investiga la muerte violenta y dudosa del fiscal Alberto Nisman. Si no se llegara a una conclusión certera sobre si fue suicidio u homicidio, podría dejarse archivado transitoriamente el expediente.
Esa “cosa juzgada”, formal en buena medida, es la que existe respecto de la Embajada de Israel. Es un interludio que permite (o de alguna manera, compele a) buscar nuevas pruebas. Si la Corte, como sinceró sin querer Lorenzetti, no desea investigar desde ya que no se conseguirá nada.
Para ser franco, parece peliagudo conseguir nuevas pruebas a más de 22 años del atentado, con pésima pesquisa, ocultamientos y algún asesinato en el ínterin. Es muy pero muy difícil que se pueda obtener algo. Pero la diferencia entre lo muy difícil (cumpliendo la ley, doctrina Canevari) e imposible (propuesta original de Lorenzetti) no es apenas cuantitativa, es cualitativa.
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Seguidismo: Los medios hegemónicos difundieron el comunicado, obcecándose en su seguidismo poco serio. En sus portales titularon “La Corte ratificó etc...”. Si se aguza la mirada, un secretario de la Corte enmendó lo que mal dijo su titular. Arropado por la vulgata, Lorenzetti podrá seguir haciéndose el distraído.
En el lapso entre el discurso rimbombante y el comunicado culposo, Lorenzetti había sido criticado por juristas serios, por colegas periodistas que estudian, incluyendo a los de este diario, y por el ex cortesano Augusto Belluscio.
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Esclavo de lo que calla: Volvamos al comienzo, a lo que no dijo el presidente supremo. Ni una palabra sobre el número de miembros de la Corte, que está por debajo del mínimo que impone la ley. Es una disfunción que puede afectar su funcionamiento, el pluralismo y la calidad de sus debates. Amén de acentuar la proverbial lentitud con que dicta sentencias. Es sabido que hay un conflicto entre oficialismo y oposición. Esta se ha juramentado públicamente a no admitir ningún candidato o candidata propuesta por el oficialismo así fuera el sabio rey Salomón, el sensato Sancho Panza, el radical versado Ricardo Gil Lavedra o cualquiera. Nadie podría pedirle a Lorenzetti que mediara en esa cuestión política, pero sí podría haber explicado que sería mejor cubrir la vacante, para que el tribunal funcionara conforme a derecho, sin sobrecargar la labor de apenas cuatro jueces.
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La caridad bien entendida...: Tampoco hubo palabras claras sobre la marcha del 18F. Algunos creyeron ver una señal crítica en frases polisémicas y ambiguas (la especialidad del orador). A diferencia del derrape sobre el atentado, no fueron accesibles para el vulgo.
Quienes piden autocrítica a los gobernantes cuando hablan deberían remarcar que no hubo ni pizca de eso. Ni en lo referido a la Corte, ni en lo atinente al Poder Judicial. La demora en las resoluciones, el maltrato a litigantes o testigos, la discriminación a mujeres agredidas, el forum shopping y cien modalidades de pésimo servicio son moneda corriente. No en todos los tribunales, en algunos. Podrían haber merecido un par de frases, una indicación crítica. Quedó para la próxima vez, por ahí.
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Liturgia y golpe bajo: La liturgia, por lo general, es tan ilustrativa como los sermones... o más. La coreo que eligió Lorenzetti redondea el mensaje. Prioridad en las primeras filas para los jueces de la servilleta, desdén para los luchadores de Memoria Activa, privilegio a un periodista conocido por sobre un camarista para disponer de un asiento en las primeras filas...
Son señales interesantes que la gente de Ceremonial habrá conversado previamente con un presidente atento a los detalles. Más chocante fue el video con que se presentó el discurso. Un recorrido sobre víctimas de crímenes cometidos durante la dictadura y en democracia. Los desaparecidos, María Soledad Morales, Mariano Ferreyra, Maximiliano Kosteki, Darío Santillán y varios más.
La serie terminaba con una imagen de Alberto Nisman. En un conjunto de víctimas de crímenes dolosos su inclusión es algo peor a un desliz. Nisman falleció de modo violento, se está investigando si fue suicidio u homicidio. Al incluirlo, al menos desde el punto de vista político o escenográfico, Lorenzetti prejuzgó. Si fue suicidio, su inclusión carece de sentido. Claro que la hipótesis de homicidio es la que sostienen la oposición y los medios dominantes. Al complacerlos de ese modo, Lorenzetti les metió enorme presión a la fiscal y la jueza del caso. Y pegó un golpe bajo. Eso sí: con guante blanco.