miércoles, 30 de octubre de 2013

"No se van a perder puestos de trabajo"

Así lo afirmó el titular de la CTA, Hugo Yasky, en diálogo con AGENCIA PACO URONDO. "Clarín se opuso a la ley y ahora quiere asustar a los trabajadores, no lo vamos a permitir". http://www.ateca.org.ar/panelzoom/imagenes/0270795B.jpg El titular de la Central de Trabajadores Argentinos (CTA), Hugo Yasky, dialogó con AGENCIA PACO URONDO después de la conferencia que brindó Martín Sabbatella, principal autoridad del AFSCA. "Clarín se opuso a la ley y ahora quiere asustar a los trabajadores, no lo vamos a permitir", señaló el dirigente sindical. "El Estado va a garantizar que la transferencia de licencias se haga sin que afecte a los empleados. No se van a perder puestos de trabajo", describió. Yasky recordó los fantasmas agitados por Clarín en otra situación parecida: "Cuando pasó la estatización de las AFJP, el Grupo dijo que se iban a perder empleos. No quieren perder privilegios y juegan con el trabajo e la gente. Como pasó en aquella oportunidad, acá no se van a perder puestos, se van a ganar". Por último, el titular de la CTA celebró la decisión de la Corte Suprema: "Es una gran noticia para la democracia argentina. Se acabaron las dilaciones y los obstáculos".

“Magnetto es el diablo pero hay otros diablos

La presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto, habló con Dady Brieva en radio América y reflexionó sobre la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. “Es un triunfo democrático el fallo por la Ley de Medios, se saca una ley de la dictadura para poner una ley aprobada en democracia, a partir de ayer la ley está vigente, se tiene que poner en práctica y a cada uno lo que le corresponda, acá no se pierde nada”. “El tema de Héctor Magnetto es tan grave por Papel Prensa, más el drama con la apropiación de los chicos de Ernestina, que nos tuvieron en la incógnita a las Abuelas y hacer sufrir a estos chicos y las trabas que la ley no salga, hace que uno enfoque en él toda la diablura, pero diablos hay un montón. Magnetto es el diablo pero hay otros diablos también”. “Esto es sanador, reparador, para nosotros es un alivio para los que estamos en nuestra lucha, si al dolor y a la injusticia de una dictadura se le agrega la impunidad, no sería posible vivir, pero en este país estamos pudiendo vivir porque tenemos justicia plena”. Sobre Carrió señaló que: “Es tan delirante todo lo que dice esta señora que no vale la pena hablar de ella”.

Nuevo rechazo de la ONU al bloqueo sobre Cuba

Una resolución apoyada por 188 países condena al bloqueo económico y comercial impuesto por Estados Unidos. La Asamblea General de Naciones Unidas volvió a dejar casi en soledad a Estados Unidos al aprobar, por vigésimo año consecutivo, una resolución de condena al bloqueo económico y comercial impuesto contra Cuba, texto apoyado por 188 países y rechazado por apenas dos. En la ONU, que reúne a 193 países, 188 se pronunciaron en contra del bloqueo, mientras Estados Unidos e Israel se opusieron a la resolución y Micronesia, Palau y las Islas Marshall se abstuvieron. El documento reitera el llamado de la Asamblea a que no se promulguen o apliquen leyes y medidas contrarias a la Carta de la ONU y el Derecho Internacional. La resolución -similar a la que una amplia mayoría de las naciones apoya desde 1992- reafirma la importancia del respeto a la igualdad soberana de los estados, la no intervención ni interferencia en sus asuntos internos y la libertad de navegación y comercio, principios violados por el bloqueo norteamericano impuesto hace más de medio siglo. El texto rechaza además por sus efectos extraterritoriales la llamada Ley Helms-Burton, dictada por el Congreso estadounidense en marzo de 1996 para endurecer las sanciones contra Cuba. A través de la resolución votada, en el 68º período de sesiones de la ONU, se pide al secretario general de la ONU, Ban Ki-moon, que prepare un informe sobre el cumplimiento del texto para ser presentado el año próximo. Chile habló en nombre de la Celac y Venezuela en representación del Mercosur, en ambos casos con duros cuestionamientos al bloqueo. El canciller de Cuba, Bruno Rodríguez, manifestó la disposición de su país para avanzar hacia la normalización de sus relaciones con Estados Unidos “a partir de un diálogo serio, constructivo y entre iguales, que respete la independencia”. Fuente: Infonews

A 30 AÑOS DEL 30 DE OCTUBRE DE 1983 El día que volvimos a votar

Raúl Alfonsín fue electo presidente después de más de siete años de dictadura. El peronismo perdió por primera vez en comicios libres. Cierres de campaña multitudinarios. Encuestas que recién asomaban. El inicio de un nuevo tiempo. Por Sergio Wischñevsky Con un clima político impresionante como antesala, la jornada del 30 de octubre de 1983, en la que Raúl Alfonsín fue elegido presidente después de siete años y siete meses de dictadura, marcó un rumbo en muchos sentidos para la historia de la democracia argentina. Fue la primera vez en sus entonces 37 años de existencia que el peronismo perdió una elección en comicios libres, aunque también fue la primera vez que se presentaba sin su líder, fallecido en 1974. Por otra parte, fue la primera vez desde 1928 que el radicalismo superó el 50 por ciento de los votos a favor. El resultado sorprendió a todos. El mismo Alfonsín, recién electo presidente, confesó que esperaba un triunfo por 5 puntos porcentuales y nunca soñó con obtener el 51,9 por ciento que lo ubicó a 11 puntos de ventaja del Partido Justicialista. La dictadura, acorralada por su propia impericia, y la resistencia cada vez más activa de sindicatos, organismos de derechos humanos y movimientos populares, quedó en una situación insostenible a partir de la derrota en la guerra de Malvinas y propició el 1º de julio de 1982 el camino hacia una salida electoral. La crisis económica y social era de las más agudas que se habían conocido. El 18 de agosto de 1983 se lanzó la campaña electoral y un mes después la Junta Militar decretó la ley de pacificación nacional, una amnistía para todos los crímenes cometidos entre el 25 de mayo de 1973 hasta el 17 de junio de 1983. El candidato justicialista, Italo Argentino Luder, declaró que respetaría esa ley, el radical anunció que la vetaría. Los perfiles de ambos candidatos se dibujaban con claridad. Luder fue el firmante del decreto de aniquilamiento a la subversión cuando le tocó ser presidente interino en 1975. Alfonsín fue miembro de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos y durante la guerra de Malvinas alzó su voz en contra. La sociedad argentina de 1983 era distinta de la que el golpe de Estado de 1976 privó de la posibilidad de expresarse. Cinco millones de nuevos votantes y una experiencia traumática hicieron sintonía con el candidato que con un enorme carisma recitaba en actos, cada vez más populosos, el preámbulo de la Constitución. Y poco a poco toda la UCR se avino a disciplinarse con él y su estilo novedoso, como un profesional equipo de asesores de campaña conducidos por David Ratto. Como señala el sociólogo Gabriel Vommaro, una de las características del nuevo electorado es la aparición del votante independiente, ése que no tiene identidades fijas de por vida, que fluctúa. Eso generó un fin de las certidumbres y ese vacío lo vinieron a llenar las encuestas. El indeciso pasó a ser una realidad mensurable y Alfonsín se lanzó a conquistarlo: “Ya no habrá sectas de nenes de papá, ni de adivinos ni de uniformados, ni de matones para decirnos qué tenemos que hacer con la patria... no hay dos pueblos, hay dos dirigencias, dos posibilidades. Pero que nadie se equivoque: hay un solo pueblo” y coqueteaba con los peronistas: “Hoy muchos peronistas, sin renunciar a su condición, nos van a votar a nosotros”. El peronismo, en cambio, actuó como antaño, apelando a la identidad histórica, acusando al candidato opositor de ser el representante de Coca-Cola. Con una lógica verticalista, pero con demasiados caciques. Apostando a consolidar la propia base. Con eso siempre había alcanzado. Ya no fue suficiente. Se llegó a las elecciones sin un claro favorito. Las encuestas no eran tan comunes como en la actualidad y la competencia se establecía en otros rubros, otras guerras de números. La afiliación conoció cifras absolutamente asombrosas: el PJ 2.795.000 y la UCR 1.400.000 afiliados. Los actos de campaña congregaban verdaderas muchedumbres y los medios comparaban cuánto había llevado cada candidato. Los actos de cierre constituyeron acontecimientos en sí mismos. El 26 de octubre la UCR y el 28 el PJ convocaron en la avenida 9 de Julio, frente al Obelisco, más de un millón de personas cada uno. Cifra impensable para las campañas actuales que alternan entre actos modestos y caminatas entre desprevenidos vecinos. Como un dique que se levanta ante una enorme presión, el hambre de participación política se respiraba en las calles, en las esquinas se discutía política, historia, ejemplos internacionales, filosofía. En los medios de comunicación afloraban los debates, la censura aflojó y se oyeron por fin las voces que las generaciones más jóvenes no habían podido conocer. Los artistas le cantaban al pueblo y a la democracia. El ángel de la historia sobrevolaba y parecía que todo volvía a ser posible. Los partidos políticos salieron a la luz del día y abrieron locales partidarios por doquier. En las canchas, en los boliches, en las marchas se cantaba “Paredón paredón, a todos los milicos que vendieron la nación”. Las fórmulas Doce fórmulas presidenciables se presentaron a competir aquel 30 de octubre. Las más destacadas fueron la Lista 3, UCR con el binomio Alfonsín-Víctor Martínez; la Lista 2, del Partido Justicialista con Luder-Deolindo Felipe Bi-ttel y las candidaturas, entre otros, de Oscar Alende, Alvaro Alsogaray, Rogelio Frigerio y Jorge Abelardo Ramos. Como curiosidad, señalemos que el más joven de aquellos candidatos a presidente, Luis Zamora, por la lista 13 del MAS, es el único que también se presentó como candidato 30 años después en estas legislativas. Casi 18 millones de argentinos estaban aptos para votar. Los padrones se actualizaron hasta 6 meses antes, por lo que muchos que tenían 18 años cumplidos no pudieron participar. Hoy los que votan son 30 millones. La reforma constitucional de 1994 generó que muchas prácticas electorales hayan caído en desuso. Se debían cubrir 14.512 cargos electivos, entre ellos 254 diputados y 46 senadores. En rigor, la Constitución que regía entonces establecía que el voto a presidente era indirecto, se votaba a 600 grandes electores que debían reunirse y decidir quién ganó; salvo que alguno de los candidatos obtuviera la mayoría absoluta, que fue lo que finalmente ocurrió al obtener Alfonsín 318 electores. La jornada fue tranquila, sólo unos pequeños incidentes. Como de costumbre, se televisaron los momentos en que los candidatos votaban. Pero el escrutinio fue lento. Los datos llegaban con cuentagotas y los bunker del PJ y la UCR proclamaban la victoria. Una algarabía desbordante se instaló en el comité de la UCR, donde los primeros datos oficiales empezaban a darle una leve ventaja. Desde el PJ se argumentó que se estaban ocultando los datos del conurbano y que se quería instalar la idea de un empate técnico para influir sobre el Colegio Electoral. Afirmaron que un aluvión de votos del conurbano se estaba demorando. De hecho, el candidato a gobernador por el PJ de la provincia de Buenos Aires, Herminio Iglesias, estuvo toda la jornada, hasta bien avanzada la noche, propalando un mensaje triunfalista. Pero como consigna Oscar Raúl Cardozo en un artículo del día siguiente; a las 23.30 la resistencia a aceptar la realidad comenzó a derrumbarse. Los cómputos oficiales marcaban la firme tendencia del veredicto popular. Desde el comando central justicialista se intentó infructuosamente obtener las cifras bonaerenses con el anhelado aluvión. La soledad de Luder a esas horas era escalofriante. Sólo Saúl Ubaldini, secretario general de la CGT; Antonio Cafiero, antiguo rival de Luder en la puja interna; Miguel Unamuno y Julio Bárbaro, diputados electos por la Capital Federal, cumplieron con la elemental solidaridad de acompañar a quien hasta esa noche había sido proclamado y sostenido como el “candidato del consenso y la unidad del peronismo”. Uno de los fenómenos más peculiares de las elecciones fue que el partido derrotado a nivel nacional triunfó en el provincial y logró el control de la Cámara de Senadores. El PJ se impuso en 12 provincias. La UCR en 8. Carlos Menem, desde La Rioja, fue electo nuevamente gobernador y declaró: “Dimos un paso atrás”. El justicialismo empezó a ver en el sindicalismo encabezado por el legendario líder metalúrgico Lorenzo Miguel el rostro de la derrota. En el Chaco, el PJ les ganó a los radicales de Luis León por sólo el uno por ciento de los votos. La victoria en Tierra del Fuego le otorgó a la UCR dos diputados, pero en esa época todavía el territorio no tenía representantes en la Cámara alta. En Corrientes, Neuquén y San Juan se impusieron partidos locales. Los miembros de la Junta Militar y el entonces presidente de facto Reynaldo Bignone decidieron adelantar la entrega del mando, que en un principio estaba previsto para el 30 de enero de 1984 y se acordó con el presidente electo que fuera el 10 de diciembre, Día Internacional de los Derechos Humanos. Uno de los hechos a resaltar es el levantamiento del estado de sitio 48 horas antes de los comicios, por lo que se deduce que toda la campaña se desarrolló bajo su tutela. Para ser exactos, digamos que esta ley represiva rigió prácticamente por más de una década ininterrumpidamente. Por eso es que la revalorización de la democracia y los derechos humanos estaban presentes en ese nuevo tiempo histórico. Y esto era inédito en la tradición política argentina, en la que se rechazaba de diversas maneras la formalidad democrática en nombre de otros principios trascendentes, como la justicia social, el socialismo, el orden o la modernización y el progreso. Desde entonces, en estos 30 años se eligieron representantes en 16 ocasiones, con gran regularidad. Se concurrió a las urnas algunas veces más si tomamos en cuenta las PASO, plebiscitos y la reforma constitucional. Se votaron cinco presidentes distintos y dos de ellos fueron reelectos. El marco político de la democracia representativa no se discutió entonces, no se discute ahora. Todo lo demás sí se discute. Inclusive la posibilidad de ir hacia una democracia más inclusiva e igualitaria que retome en su seno principios trascendentes. Pero que tanto se discuta, es su marca de vitalidad. Compartir: Twitter

EL TITULAR DE LA AFSCA, MARTIN SABBATELLA, CELEBRO EL FALLO Y HABLO DE LOS PASOS A SEGUIR La hora de poner en marcha la adecuación

Resaltó que los plazos de adecuación voluntaria están vencidos y que se dará continuidad a los procesos de aplicación. Por Nicolás Lantos El fallo de la Corte Suprema de Justicia ratifica “totalmente” la constitucionalidad de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual por lo que, a partir de ayer, “se aplica integralmente” todo el articulado de la norma, celebró el titular de la Autoridad Federal (Afsca), Martín Sabbatella, que destacó que “todos los plazos” de adecuación voluntaria a la cantidad de licencias establecida “se encuentran vencidos” según el fallo, por lo que de inmediato se decidió “dar continuidad a los procesos de aplicación” suspendidos en los tribunales. “Clarín va a tener las mismas condiciones, los mismos pasos y las mismas reglas que todo el mundo” respecto del cumplimiento de la ley, informó el funcionario en una conferencia de prensa, donde además garantizó “la prestación de los servicios y todas las fuentes de trabajo”. Se estima que, de no mediar complicaciones, la plena aplicación de la ley podría demorar entre seis meses y un año. “La discusión acerca de la ley está agotada. No hay ninguna duda sobre su constitucionalidad y todos sus artículos fueron consolidados tal como fueron votados por el Congreso de la Nación manifestó Sabbatella. A partir de hoy se aplica integralmente la ley.” Para el titular de la autoridad de aplicación, “la resolución de la Corte ratifica cada uno de los planteos” que llevó a cabo el gobierno nacional durante los cuatro años que duró el pleito y confirmó que “ningún interés particular puede estar por encima de los derechos colectivos”. Además, dejó caer una crítica al máximo tribunal: “No hay dudas de que la Justicia tiene la facultad de revisar la constitucionalidad de una ley, pero es grave que demore cuatro años. No hay orden jurídico que resista esa demora”, señaló. Este lunes tendrá lugar la próxima reunión de directorio de la Afsca, donde se tomará la decisión acerca de cuáles son los pasos a seguir respecto de la situación de Clarín, adonde se concentran los principales esfuerzos por tratarse del principal grupo de medios (sus más de 200 licencias incumplían incluso los límites anteriores a la sanción de la LSCA) y el más conflictivo en el cumplimiento de lo establecido por la norma. En ese sentido, se están evaluando dos vías de acción: lo más probable es que se decida continuar con la actuación iniciada de oficio ante la negativa de ese multimedio a adecuarse a la ley. En ese caso, los pasos a seguir son inventariar las licencias, hacer una tasación de su valor, seleccionar cuáles son aquellas de las que Clarín debe desprenderse, convocar y realizar los concursos y adjudicarlas finalmente a los nuevos dueños. En este caso, el actual titular no tendría opinión en ningún paso del proceso. Pero hay una segunda alternativa, que gira en torno de la propuesta de adecuación realizada el año pasado por Fintech, socio de Cablevisión con el 40 por ciento de las acciones de esa empresa. Días antes del mentado 7D presentó un plan para que Clarín quedara dentro de lo establecido por la nueva ley. En su momento, esto fue desestimado porque no contaba con el aval de los directivos del grupo, pero en la Afsca estiman que, si en los próximos días manifestaran su voluntad de suscribir esa propuesta, podrían acceder al proceso de adecuación voluntaria a las nuevas condiciones. Se espera así un eventual (y poco probable, según estiman en el Gobierno) guiño del multimedio a someterse finalmente a la letra de la ley. De toda formas, aseguran fuentes de la autoridad de aplicación, este plan B está aún bajo estudio. “Si ambas opciones fueran viables, es potestad de la Afsca decidir por qué vía avanzar, y es una decisión política –explican–. Lo que si quedó claro desde ayer es que tiene que adecuarse.” El Grupo Clarín, a través de un comunicado publicado en la web de su diario, insistió ayer con sus argumentos y advirtió que “analiza futuras derivaciones judiciales” (ver página 5). Sabbatella, en la conferencia de prensa, advirtió que para el Estado argentino la palabra de la Corte Suprema es definitiva y que una eventual apelación ante organismos internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos no tiene efectos suspensivos sobre el fallo. Existe la eventualidad de que Clarín busque entorpecer, mediante cautelares o recursos de amparo, los pasos administrativos necesarios para el cumplimiento de la norma, pero en ese caso, advierten en el Gobierno, “debería actuar el Consejo de la Magistratura porque un juez que convalide esas maniobras estaría llevando a cabo un hecho casi delictivo” habida cuenta de la decisión de la Corte Suprema. En caso de que el multimedio se niegue lisa y llanamente a avanzar con la adecuación (como sucede actualmente con otros pasajes de la ley, como la grilla de canales), se dará curso a denuncias penales. Más allá del caso Clarín, Sa-bbatella ratificó que “el conjunto de empresas del país deben cumplir las mismas condiciones” que establece la norma, pero aclaró que, con excepción de ese grupo, el resto ya ha presentado sus planes de adecuación voluntaria. Consultados por este diario acerca del status de esos trámites, en la Afsca aseguran que algunos ya fueron aprobados, otros desestimados, otros necesitan correcciones y hay algunos que aún no han sido tratados y se les dará un lugar en la reunión del próximo lunes. Los casos que implicaban a competidores directos de Clarín y habían sido puestos en suspenso por la Afsca –que consideraba que avanzar hubiera significado beneficiar directamente al grupo mientras éste se encontraba protegido por las cautelares– ahora serán reactivados. Los plazos de adecuación que llevará cada uno de estos trámites dependerá del número de licencias y de las particularidades de cada caso. El funcionario garantizó que los procesos de transferencia no pondrán en riesgo ni el servicio que deben recibir lo usuarios ni los empleos de los trabajadores en las empresas involucradas. “Todo licenciatario tiene la obligación de mantener el servicio y de mantener las fuentes de trabajo hasta que llegue el nuevo licenciatario” y el Estado tiene “la responsabilidad de garantizar que eso suceda”, aseguró Sabbatella, que además afirmó que en los cuatro años que pasaron desde la aprobación de la LSCA, el cumplimiento de distintos pasajes de su articulado ya generó “100 mil puestos de trabajo entre directos e indirectos” a partir de la adjudicación de nuevas licencias y la producción de contenido nacional.

OPINION Comienza un fin de ciclo Por Mario Wainfeld

Es grato y adecuado que se publique esta nota justo el día en que se conmemora la primera elección de la recuperación democrática. La decisión de la Corte Suprema declarando la plena constitucionalidad de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LdSCA) completa un salto de calidad de las instituciones democráticas. La norma recorrió un periplo ejemplar por los tres poderes del Estado, connotada por un intenso debate público. La sentencia es la única que podía dictarse con apego a derecho pero el peso de los poderes fácticos convierte lo que debió ser normal (y más breve) en una suerte de proeza. El fallo es por demás voluminoso, esta nota lo sobrevuela sin dejar de enumerar los puntos más salientes. Se hace para leerlo con la dedicación necesaria. También para centrarse en sus consecuencias políticas y sistémicas. Seis cortesanos se expidieron en general por la constitucionalidad de la ley. Cuatro de ellos le reconocieron validez en forma absoluta y sin limitación alguna: Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi y Eugenio Raúl Zaffaroni. Dos matizaron la decisión concediendo diferentes changüís en tiempo al multimedios: Carmen Argibay y Juan Carlos Maqueda. Carlos Fayt se distinguió sancionando la inconstitucionalidad total de los artículos cuestionados, yendo aún más allá del impresentable fallo de la Cámara Federal en lo Civil y Comercial. - - - Un punteo de lo esencial: Va un punteo de algunos de los aspectos más salientes: - El Estado tiene derecho a regular la actividad económica y el régimen de concesión de los medios audiovisuales lo que incluye modificarlos eventualmente aunque... - ... el Poder Judicial puede revisar esas medidas, ya que es su función velar por la libertad de expresión y controlar que las regulaciones no la vulneren. - En este caso, no existe tal vulneración. La ley no agrede las libertades constitucionales. Excede la competencia de los jueces expedirse sobre si una norma es buena, mala, obsoleta, formidable o poco feliz. Sería abusar de su poder e invadir la esfera del Congreso. Su límite y su territorio es la constitucionalidad. - La rentabilidad de una empresa no equivale a su sustentabilidad, responde la Corte a una falacia fundante de los abogados clarinistas. Los límites a una concesión pueden generar un perjuicio económico pero esto no equivale a una quiebra, automáticamente. Si fuera injusto, es compensable por vía de indemnizaciones ulteriores pero no basta para decretar la nulidad de una norma lícita. Los Supremos castigan fiero a la pericia económica de parte que presentó el grupo, tildándola de “dogmática”. Copiar y pegar ese dictamen fue el penoso aporte jurídico de la Cámara, tan hospitalaria con los reclamos de Clarín. En síntesis: una medida que perjudique las finanzas de una empresa no equivale a una ilegal confiscación. Ni, mucho menos, a un atentado contra la libertad de expresión. - Los jueces citan nutridos precedentes de derecho internacional, de jurisprudencia local o foránea y de legislación. Petracchi fue quien más se explayó pero todos consignaron ejemplos en la experiencia comparada. Cuando la Corte fulminó como inconstitucional parte de la ley de Reforma del Consejo de la Magistratura aludió críticamente a la falta de precedentes de la medida. En este caso es diferente, reconoció con coherencia. - - - Dos disidencias parciales y una furibunda: Argibay Molina y Maqueda matizaron sus votos otorgando plazos generosos de desinversión a Clarín (ver nota central). Las divergencias son importantes. Al ser minoritarias, no causan efecto alguno. Será interesante saber cómo se ingenió Lorenzetti, presidente del tribunal y operador de los debates internos, para lograr que hicieran mayoría en lo fundante. Tantos votos personalizados corroboran que fue complejo articular consensos. También pudo incidir el afán de los magistrados de dejar sus “marcas personales” en un fallo histórico. Fayt se entusiasmó extendiendo la inconstitucionalidad a todo lo que estaba sometido a su juicio. El Supremo más longevo salió furioso del tribunal, sin dialogar con los periodistas. Los hechos, que son sagrados, lo dejaron sin ganas de emitir opiniones, que son libres. Quizás ni Clarín le pedía tanto, don Carlos. El pleito, es consabido, atravesó muchas peripecias. La Corte fue transigente con las chicanas y medidas cautelares de Clarín, al extremo de posibilitarle una duración vaticana al litigio. En las idas y venidas del tribunal, las decisiones intermedias más severas con el grupo fueron adoptadas usualmente por mayoría de cuatro: Highton, Lorenzetti, Maqueda y Zaffaroni. Ayer hubo un relevo en el cuarteto: entró Petracchi por Maqueda. Este es un cortesano “old fashion”: de aquellos que provienen de una intensa participación en la política partidaria. Maqueda supo ser, durante años, el Supremo que votó con las mayorías en más juicios. Ahora cambió, habrá que ver andando el tiempo si el reverdecer del peronismo federal tiene que ver con ese viraje o si es mera coincidencia. - - - Palabras para el vencido: La parte resolutiva y los argumentos que la fundan (“considerandos” en parla técnica) son el contenido cabal de un fallo. A veces, los juzgadores agregan lo que llama en jerga obiter dictum, que son enunciaciones generales. Son pensamientos de los jueces, buenos deseos, pareceres. La Corte lo hace esta vez, en un estilo que le agrada a su titular: ser admonitorio y didáctico respecto de los otros poderes del Estado. En este caso, son reprimendas al Ejecutivo, teorizaciones sobre el sistema de medios, hipótesis sobre el manejo de la pauta publicitaria oficial y la estructura de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca). Carecen de “imperium”, da toda la impresión que fungen de edulcorante del mal trago que debe apurar Clarín. Con las relatividades del caso, es sensato aventurar que en el tiempo áspero que vendrá, Clarín las aludirá para trabar el trámite de “desinversión”. Lo que viene no ha de ser breve ni carente de trabas arteras, está cantado. La cancha será administrativa, Clarín la embarrará mientras pueda. El comunicólogo Martín Becerra alerta con ingenio en su Twitter @aracalacana que Clarín perdió la guerra pero pasará al foquismo o a la guerra de guerrillas. El terrorismo, verbal se comprende, lo viene ejercitando desde hace cuatro años. La Corte decidió contra la ambición desmedida del multimedios y le impuso las costas del juicio. Sin embargo, no lo sancionó (como permite el Código) por su mala fe procesal. Y fue más severa “de boquilla” con el Estado que con quien perdió. Tanto que el jurista Gustavo Arballo imaginó un título “a lo Barcelona” en un tan veloz como aconsejable post de su blog “Saber derecho”: “Con fuertes críticas al Gobierno, la Corte declaró la constitucionalidad de la ley de medios”. Vale la pena remachar: las digresiones críticas, los obiter dictum son ornamentos de la decisión mientras que la constitucionalidad es cosa juzgada. - - - El futuro y lo acumulado: De nuevo, todo indica que la brega administrativa será a cara de perro y para nada sencilla. Los funcionarios concernidos deberán mantenerse serenos y firmes. Al mismo tiempo, recobra vigencia un desafío para el Gobierno. Es dedicar mejores afanes a todo el “espacio extra Clarín” que habilitó la LdSCA. Faltan regulaciones, faltan medidas concretas para el sector sin fines de lucro, faltan mayores incentivos a los medios comunitarios. Fortalecido por el fallo, el Gobierno deberá ponerse al día, con medidas que pudo y debió implementar antes. En el contexto abierto ahora, con dos años de mandato presidencial por delante, crecen la significación y el potencial de las mayorías propias en el Congreso. “Ganó el Gobierno” braman o hasta denuncian los medios hegemónicos y los dirigentes políticos que le hacen de comparsa. La carátula del expediente y la realidad expresan que quien defendía derechos colectivos es el Estado. Perdieron los poderes fácticos, la concentración económica. También triunfaron luchadores de larga trayectoria, que batallan desde hace treinta años o más. Minorías militantes (con perdón de la palabra), académicos, comunicadores, periodistas. Una de las virtudes del kirchnerismo fue hacer propias esas demandas de minorías, transformarlas en propuestas de Estado, en sentido común, en leyes, en instituciones. La ley de medios se acollara con la Corte misma, las leyes contra la impunidad, los juicios contra los genocidas, la Asignación Universal por Hijo, las reestatizaciones del sistema jubilatorio e YPF, el matrimonio igualitario y siguen las firmas. Amén de tantas leyes laborales y sociales reparadoras o restauradoras de derechos. Ya es parte del acervo democrático colectivo. La LdSCA es un ejemplo que ha cundido en países hermanos de la región. Es tan deseable cuan factible que dentro de unos años integre la lógica institucional de muchas naciones. Queda mucho por hacer, incluyendo deudas pendientes del Gobierno que se pueden ir saldando ya. Ayer comenzó un ciclo, o más bien se confirmó. La respuesta de los intereses concentrados será tremenda, pero sus alegatos contra la dictadura, los Ceausescu, “el régimen”, “la ley de medios K” recibieron un golpe de knock out. La Corte lo propinó, en buena ley. mwainfeld@pagina12.com.ar

LA CORTE SUPREMA DECLARO LA CONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL Cuatro años después la ley está completa

En un fallo largamente esperado, la Corte avaló la ley de medios y rechazó los planteos presentados por el Grupo Clarín. Sostuvo que los derechos de la empresa no están afectados y que, si sufre una pérdida económica, puede hacer el reclamo. Por Irina Hauser En una de las decisiones más trascendentes y esperadas de la historia judicial de los últimos treinta años, la Corte Suprema declaró constitucional la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (Ldsca) y defendió su esencia antimonopólica como camino para “el fortalecimiento de la libertad de expresión y del derecho a la información de todos los individuos”. Así, no sólo le señaló al Grupo Clarín que esos derechos por los que reclamaba no se encuentran afectados, sino que cuenta con la vigencia de una norma (que reconoce como amplia y largamente debatida) que es capaz de garantizarlos plenamente. “No se ha acreditado que el régimen de licencias ponga en riesgo su sustentabilidad económica”, afirma la sentencia. A la vez, reconoce al Estado la facultad de regular el mercado de medios donde –postula– no hay derechos adquiridos sobre las licencias, lo que no quita que si una empresa prueba en el futuro que sufrió un daño patrimonial producto de su adecuación al nuevo esquema pueda reclamar un resarcimiento. Según el fallo, el plazo de desinversión de un año está cumplido, por lo que el multimedios deberá acatarlo. Cuatro de los siete jueces de la Corte fallaron a favor de la validez constitucional de toda la ley. Ellos son el presidente, Ricardo Lorenzetti; la vice, Elena Highton de Nolasco, Raúl Zaffaroni y Enrique Petracchi. Este grupo puso el foco en que los límites a “la cantidad de licencias y registros” permite garantizar el objetivo de “regular el mercado de medios audiovisuales para promover la diversidad y la pluralidad de voces y evitar que se consoliden prestadores en posiciones dominantes que distorsionen el mercado”. Otros dos jueces, Juan Carlos Maqueda y Carmen Argibay, avalaron la restricción al número de licencias, pero consideraron que una vez concedidas conllevan un derecho adquirido hasta su vencimiento. Ese fue un nudo del debate interno. Para Carlos Fayt, toda la ley es inconstitucional. Así, la mayoría de cuatro respaldó los cuatro artículos que el Grupo Clarín cuestionaba: el 41 es el que ata la transferencia de licencias a la autorización estatal; el 45 limita las licencias de televisión y radio; el 48 establece que la explotación de una licencia no implica un derecho adquirido; el 161 fija el plazo de desinversión de un año. Argibay y Maqueda declaran la inconstitucionalidad del 48. La jueza además cuestionó la obligación de desinvertir en un año y reclamó flexibilidad. Cuando se inicie la aplicación efectiva, surgirán nuevos pleitos, sea por el plan de desinversión o por el supuesto daño patrimonial. Clarín ya anunció también la opción de recurrir a tribunales internacionales. Un largo camino Desde 2009, la Corte intervino cuatro veces en el caso y siempre convalidó, aunque con acotaciones, la continuidad de la medida cautelar que eximió a Clarín de desinvertir. Desde principios de año, y ya enseguida después de que la Cámara en lo Civil y Comercial declaró la inconstitucionalidad de los puntos antimonopólicos de la ley, todo parecía indicar que había cuatro votos a favor de la constitucionalidad en la Corte, aunque el de Petracchi estaba rodeado de misterio. Después se vino encima el proceso electoral. La minoría suprema más contraria a la Ldsca, con respaldo de Lorenzetti, apostó a posponer el fallo bajo la suposición de que incidiría en las elecciones. Hace quince días, Petracchi entregó su voto. Fue el primero, y se quejó al presidente: “Doctor, esto hay que sacarlo”. Los supremos discutieron y, al final, ese día pactaron que firmarían la sentencia en el acuerdo posterior a las elecciones. Se tejieron teorías de todo tipo y versiones que hablaban de una decisión salomónica. Pero el fallo es contundente y, por su cariz y contenido, podría leerse como un refuerzo a la gobernabilidad. Lorenzetti y Highton fueron los únicos que hicieron un voto conjunto, que encabeza la sentencia, cuyos términos comparte el resto de la mayoría. Regular el régimen de licencias, dicen, es una facultad del Congreso. La libertad de expresión, remarcan, es de gran entidad. Dice el fallo mayoritario: “Los medios de comunicación tienen un rol relevante en la formación del discurso público, motivo por el cual el interés del Estado en la regulación resulta incuestionable”. Y agrega, citando la Declaración sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana, que “tienen un innegable poder en la formación cultural, política, religiosa, de todos los habitantes. Si estos medios son controlados por un reducido número de individuos, o bien por sólo uno, se está, de hecho, creando una sociedad en donde un reducido número de personas ejercen el control sobre la información y, directa o indirectamente, la opinión que recibe el resto de las personas. Esta carencia de pluralidad en la información es un serio obstáculo para el funcionamiento de la democracia...” Para promover la libertad de expresión, dice la Corte, el Estado puede sancionar normas que “organicen y distribuyan de manera equitativa el acceso de los ciudadanos a los medios masivos”. La Ldsca, según el tribunal, establece reglas que no están dirigidas a afectar a nadie en particular, sino que pone límites para todos los titulares de licencias por igual. Evalúa que Clarín no demostró que estuviera afectada la libertad de expresión ni “en riesgo su sustentabilidad económica”. Los límites a la concentración de licencias tampoco le impiden “alcanzar una dimensión de significativa importancia en el mercado audiovisual”. Con una vuelta de tuerca el voto de Petracchi acota que es inadmisible decir que “sólo una economía de escala como la que posee actualmente” Clarín le garantiza “la independencia suficiente como para constituir una voz crítica, que no esté condicionada a la concesión de subsidios estatales o a la pauta oficial”. Hay muchos medios pequeños o medianos, dice, que la tienen y, al revés, grandes conglomerados de medios que pueden ser condescendientes con el gobierno de turno. El voto mayoritario asegura que el espíritu de la Ldsca es coherente con el derecho de los consumidores a la información y con la defensa de la competencia. Punto por punto La mayoría suprema justifica “las restricciones al derecho de propiedad” del Grupo Clarín, que “no ponen en riesgo su sustentabilidad y sólo se traducen en eventuales pérdidas de rentabilidad”. Lo explican así: - Por empezar, el fallo dice que acotar el número de licencias de radio y televisión permite “la participación de un mayor número de voces” y “mayor diversidad de opiniones”. Luego precisa que “la limitación del 35 por ciento de abonados aparece justificada ya que cualquier operador podría prestar el servicio a más de un tercio del mercado” y a su vez “el límite de 24 licencias (de cable), en tanto permite alcanzar un porcentaje del mercado similar (32,7 por ciento), tampoco se muestra irrazonable. - Está justificada la restricción a diez licencias de radio. El espectro radioeléctrico es finito y admite mayor regulación. - Define como “coherente” impedir acumular una licencia de cable y una de televisión abierta en una misma área. - La ley de medios no implica un caso de “expropiación ni de revocación actos administrativos”, sino un “sistema de desinversión”. Clarín alegaba que no se le podía aplicar sobre licencias otorgadas o prorrogadas, como sucedió con el decreto 577, que estableció en algunos casos el vencimiento en 2017. Según los jueces las relaciones jurídicas son modificables. - Aunque los jueces encontraron confuso el artículo 48, dijeron que “el titular de una licencia no tiene un derecho adquirido al mantenimiento de dicha titularidad frente a normas generales de desmonopolización o defensa de la competencia, que modifiquen el régimen”. Eso no impide –aclaran– que “quien considerase afectado su derecho de propiedad pudiera reclamar daños y perjuicios”. El modo de protección posible es la indemnización. - La Corte avala que las licencias son intransferibles, aunque prevé como excepción que el Estado puede autorizarla si pasaron cinco años desde su adjudicación y es necesario para la continuidad del servicio. - Señala que tampoco hay razones para declarar inconstitucional el artículo 161, que estableció el plazo de un año para desinvertir, y aclara que ese vencimiento se produjo el 28 de diciembre de 2011 y, pasados casi dos años, “resulta plenamente aplicable a la actora”, o sea Clarín. La dimensión cultural El voto de Zaffaroni remite en sus argumentos centrales a favor de la constitucionalidad de la ley a los de Petracchi, pero agrega a todo el análisis una dimensión más, la cultural. “Ningún Estado responsable puede permitir que la configuración cultural de su pueblo quede en manos de monopolios oligopolios”, dice, después de explicar que “los medios audiovisuales tiene una incidencia decisiva en nuestros comportamientos, en los miedos, en los prejuicios, en toda la vida de relación de los humanos”, hasta “determinan los propios proyectos existenciales de la población”. “La homogenización de nuestra cultura a través de la monopolización de los medios audiovisuales sería la destrucción de nuestro pluralismo, como lo es cualquier uniformización, por definición antípoda de la igualdad republicana y democrática.” “Por ende –avanza Zaffaroni– no se discute” en este caso “una cuestión meramente patrimonial, dado que el derecho de propiedad queda a salvo en caso de probarse daños emergentes de actos ilícitos del Estado; tampoco se agota la discusión en torno de los derechos de información ni de expresión que, por otra parte, no están lesionados por esta ley. Lo que en el fondo se discute –apelando a tesis descartadas hace más de un siglo en su país de origen– es si se deja o no la configuración de nuestra cultura librada a la concentración de medios en el mercado. Jurídicamente, permitirlo sería una omisión inconstitucional, porque lesionaría nuestro derecho a una identidad cultural”.