El viejo truco de la medida cautelar
La Rural busca defender la cesión del predio con la que fue beneficiada por Menem en 1991.
La Sociedad Rural reclamó que la Cámara Federal frene la restitución del predio de Palermo al Estado. Lo resolverá el mismo tribunal que paró la aplicación de la ley de medios a favor de Clarín.
La Sociedad Rural Argentina solicitó a la Cámara Civil y Comercial Federal –la misma que concedió la cautelar al Grupo Clarín para frenar la aplicación de la ley de medios– que dicte una medida precautoria que frene el proceso de recuperación por el Estado del predio de exposiciones de Palermo. La restitución de ese espacio de 12 hectáreas fue dispuesta por el decreto 2552/2012, en virtud de múltiples irregularidades que rodearon el acto de cesión del predio a La Rural en 1991, y una investigación judicial en la cual se ordenó el procesamiento de los principales responsables de esa operación. Además, el Poder Ejecutivo intimó a la Sociedad Rural a devolver el predio ferial antes del 20 de enero próximo, disposición que la entidad de hacendados busca eludir mediante el beneficio de una medida cautelar. Para satisfacer el deseo de la Sociedad Rural, la Cámara Civil y Comercial debería habilitar previamente la feria judicial (suspender el receso ordinario en los tribunales) para atender la demanda y poder, eventualmente, dar curso a una cautelar que frene la restitución.
La entidad que preside Luis Etchevehere (que reemplazó a Hugo Biolcati en 2012) ya había reclamado una “medida precautoria” en contra del decreto 2552 en cuanto fue notificada de la intimación a dejar el predio en el término de treinta días. Pero el pedido fue rechazado por la jueza de primera instancia Silvina Bracamonte. El mismo día en el que se le comunicó el rechazo, el viernes 28 de diciembre, La Rural apeló ante la Sala II de la Cámara Federal. Pero ayer, ante el inicio de la feria judicial y apurada por la fecha de vencimiento de la intimación, la entidad se presentó reclamando la habilitación de la feria. Y justamente ante el mismo tribunal que ayer recibió el reclamo del Estado para que se constituya y se pronuncie sobre la constitucionalidad de la ley de medios, suspendida por una cautelar a favor del Grupo Clarín. Dicho tribunal está compuesto por los jueces Graciela Medina, Ricardo Guarinoni y Francisco de las Carreras.
“Sería un escándalo que la Justicia habilitara la feria para la apelación de La Rural”, sostuvo el abogado constitucionalista Roberto Boico, consultado por la agencia de noticias Télam. El letrado opinó que si la Cámara Civil y Comercial habilitara la feria e hiciera lugar a la apelación de la Sociedad Rural, “estaría alzándose contra un pronunciamiento de la Justicia Penal, que estableció provisoriamente que la transferencia está sospechada de una maniobra delictiva contra el Estado”. Boico señaló la diferencia entre el pedido presentado por la Jefatura de Gabinete ante el mismo tribunal para que habilite la feria al tratamiento de la constitucionalidad de la ley de medios, “porque se trata de una situación de emergencia y hay elementos suficientes para que se haga lugar al planteo”. En cambio, en el caso de la presentación de La Rural, Boico consideró que “los jueces deberían ser muy cuidadosos, porque al habilitar la feria y tratar la apelación se estaría frente a la continuidad de un delito y sería un hecho sumamente grave”.
El predio de Palermo fue vendido por decreto a la Sociedad Rural en 1991 a 30 millones de dólares, de manera directa y en cuotas. Una pericia de tasadores de la Corte Suprema ordenada en 2009 estableció que el valor de mercado era de 131 millones 800 mil dólares, considerando la venta en 30 millones un “precio vil”, lo que dio pie a declarar la “nulidad insalvable” de la operación.
Por esa venta, el juez federal Sergio Torres procesó en el 2010 por el delito de “peculado”, entre otros, al ex ministro de Economía Domingo Cavallo y el ex presidente de la Sociedad Rural Eduardo de Zavalía, responsables del traspaso del predio. A través del decreto 2552, el Gobierno revocó el decreto 2699/91 firmado por Carlos Menem para transferir el predio “y todos aquellos actos dictados en su consecuencia”, instruyendo al mismo tiempo a la Agencia de Administración de Bienes del Estado a realizar “todos los actos conducentes a la toma de posesión del inmueble”.
La Sociedad Rural objetó el alcance del decreto 2552. A través de una solicitada, la entidad señaló que, según reconoció el Organismo Nacional Administrador de Bienes del Estado (Onabe, antecesora de la actual Agencia de Administración) en 2005, la cesión operada en 1991 entre el gobierno de Menem y la SRA “no consistió en una simple compraventa” sino que “la misma fue condicionada por el Estado nacional teniendo en cuenta el interés público (...). Tales condicionamientos determinan que la venta en cuestión no fuese una operación estrictamente inmobiliaria, sino que lo esencial en la misma resultó el destino del inmueble”. Lo que la solicitada no explica es que, inmediatamente después de recibir en cesión el predio, la Sociedad Rural constituyó una sociedad anónima para explotar comercialmente el terreno e impulsó un proyecto para construir un shopping, un complejo de cines y un estadio en el lugar, cuya concreción hubiera violado no sólo el citado “interés público” sino incluso el Código de Planeamiento Urbano, que clasifica ese predio como “espacio verde”.
03/01/13 Página|12
La Rural busca defender la cesión del predio con la que fue beneficiada por Menem en 1991.
La Sociedad Rural reclamó que la Cámara Federal frene la restitución del predio de Palermo al Estado. Lo resolverá el mismo tribunal que paró la aplicación de la ley de medios a favor de Clarín.
La Sociedad Rural Argentina solicitó a la Cámara Civil y Comercial Federal –la misma que concedió la cautelar al Grupo Clarín para frenar la aplicación de la ley de medios– que dicte una medida precautoria que frene el proceso de recuperación por el Estado del predio de exposiciones de Palermo. La restitución de ese espacio de 12 hectáreas fue dispuesta por el decreto 2552/2012, en virtud de múltiples irregularidades que rodearon el acto de cesión del predio a La Rural en 1991, y una investigación judicial en la cual se ordenó el procesamiento de los principales responsables de esa operación. Además, el Poder Ejecutivo intimó a la Sociedad Rural a devolver el predio ferial antes del 20 de enero próximo, disposición que la entidad de hacendados busca eludir mediante el beneficio de una medida cautelar. Para satisfacer el deseo de la Sociedad Rural, la Cámara Civil y Comercial debería habilitar previamente la feria judicial (suspender el receso ordinario en los tribunales) para atender la demanda y poder, eventualmente, dar curso a una cautelar que frene la restitución.
La entidad que preside Luis Etchevehere (que reemplazó a Hugo Biolcati en 2012) ya había reclamado una “medida precautoria” en contra del decreto 2552 en cuanto fue notificada de la intimación a dejar el predio en el término de treinta días. Pero el pedido fue rechazado por la jueza de primera instancia Silvina Bracamonte. El mismo día en el que se le comunicó el rechazo, el viernes 28 de diciembre, La Rural apeló ante la Sala II de la Cámara Federal. Pero ayer, ante el inicio de la feria judicial y apurada por la fecha de vencimiento de la intimación, la entidad se presentó reclamando la habilitación de la feria. Y justamente ante el mismo tribunal que ayer recibió el reclamo del Estado para que se constituya y se pronuncie sobre la constitucionalidad de la ley de medios, suspendida por una cautelar a favor del Grupo Clarín. Dicho tribunal está compuesto por los jueces Graciela Medina, Ricardo Guarinoni y Francisco de las Carreras.
“Sería un escándalo que la Justicia habilitara la feria para la apelación de La Rural”, sostuvo el abogado constitucionalista Roberto Boico, consultado por la agencia de noticias Télam. El letrado opinó que si la Cámara Civil y Comercial habilitara la feria e hiciera lugar a la apelación de la Sociedad Rural, “estaría alzándose contra un pronunciamiento de la Justicia Penal, que estableció provisoriamente que la transferencia está sospechada de una maniobra delictiva contra el Estado”. Boico señaló la diferencia entre el pedido presentado por la Jefatura de Gabinete ante el mismo tribunal para que habilite la feria al tratamiento de la constitucionalidad de la ley de medios, “porque se trata de una situación de emergencia y hay elementos suficientes para que se haga lugar al planteo”. En cambio, en el caso de la presentación de La Rural, Boico consideró que “los jueces deberían ser muy cuidadosos, porque al habilitar la feria y tratar la apelación se estaría frente a la continuidad de un delito y sería un hecho sumamente grave”.
El predio de Palermo fue vendido por decreto a la Sociedad Rural en 1991 a 30 millones de dólares, de manera directa y en cuotas. Una pericia de tasadores de la Corte Suprema ordenada en 2009 estableció que el valor de mercado era de 131 millones 800 mil dólares, considerando la venta en 30 millones un “precio vil”, lo que dio pie a declarar la “nulidad insalvable” de la operación.
Por esa venta, el juez federal Sergio Torres procesó en el 2010 por el delito de “peculado”, entre otros, al ex ministro de Economía Domingo Cavallo y el ex presidente de la Sociedad Rural Eduardo de Zavalía, responsables del traspaso del predio. A través del decreto 2552, el Gobierno revocó el decreto 2699/91 firmado por Carlos Menem para transferir el predio “y todos aquellos actos dictados en su consecuencia”, instruyendo al mismo tiempo a la Agencia de Administración de Bienes del Estado a realizar “todos los actos conducentes a la toma de posesión del inmueble”.
La Sociedad Rural objetó el alcance del decreto 2552. A través de una solicitada, la entidad señaló que, según reconoció el Organismo Nacional Administrador de Bienes del Estado (Onabe, antecesora de la actual Agencia de Administración) en 2005, la cesión operada en 1991 entre el gobierno de Menem y la SRA “no consistió en una simple compraventa” sino que “la misma fue condicionada por el Estado nacional teniendo en cuenta el interés público (...). Tales condicionamientos determinan que la venta en cuestión no fuese una operación estrictamente inmobiliaria, sino que lo esencial en la misma resultó el destino del inmueble”. Lo que la solicitada no explica es que, inmediatamente después de recibir en cesión el predio, la Sociedad Rural constituyó una sociedad anónima para explotar comercialmente el terreno e impulsó un proyecto para construir un shopping, un complejo de cines y un estadio en el lugar, cuya concreción hubiera violado no sólo el citado “interés público” sino incluso el Código de Planeamiento Urbano, que clasifica ese predio como “espacio verde”.
03/01/13 Página|12
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