domingo, 9 de diciembre de 2012
Ojala - Silvio Rodriguez con el Cuarteto Zupay
OJALA MAGNETTO, OJALA PASE ALGO QUE TE BORRE DE PRONTO
GB
sábado, 8 de diciembre de 2012
INTERNET, USA Y EL NEOLIBERALISMO
Internet: la última batalla del neoliberalismo
Por Juan Alfonso Fernández González*
La Unión Internacional de Telecomunicaciones inauguró esta semana en Dubai, Emiratos Árabes Unidos, la Conferencia Mundial de Telecomunicaciones Internacionales, la cual sesionará por 15 días con el objetivo de revisar el Reglamento de las Telecomunicaciones Internacionales.
La celebración de este evento ha estado precedida por una campaña de prensa negativa financiada y organizada desde los Estados Unidos y que ha resonado en numerosos medios de todo el mundo. Pero antes de entrar en detalles, hagamos un poco de historia…
En 1865 fue fundada la Unión Telegráfica Internacional (UTI) por 20 estados. Ese mismo año, en el marco del Convenio Telegráfico Internacional, se establece el primer reglamento del servicio telegráfico. En el año 1932 la Unión Telegráfica Internacional cambió su nombre por el de Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), y posteriormente, en 1948, en virtud de un acuerdo con la recién creada Organización de las Naciones Unidas, la UIT se convirtió en su agencia especializada en el sector de las telecomunicaciones.
Por su parte, el Reglamento de las Telecomunicaciones Internacionales (RTI) tiene su génesis en el reglamento del servicio telegráfico de 1865 y los reglamentos telegráfico y telefónico de 1932. El mismo surge ante la necesidad de contar con disposiciones con carácter de tratado aplicables a los servicios y redes internacionales de telecomunicaciones para, entre otros aspectos, establecer los principios generales de prestación de servicios y su funcionamiento, fijar las reglas de interconexión y compatibilidad mundiales y servir de base al desarrollo del sector en todos los países.
La versión actual del RTI es un tratado firmado por 178 países en 1988 y aplicado en todo el mundo desde que entró en vigor en 1990.
Entonces, ¿Por qué tanto alboroto ahora?
INTERNET ES LA CULPABLE
En el año 1988, cuando el RTI se revisó por última vez, Internet no estaba muy extendida, por lo cual no se menciona en el Reglamento.
Sin embargo, hoy en día Internet y sus tecnologías asociadas constituyen una parte fundamental y creciente de las telecomunicaciones internacionales. Por tanto, uno de los temas en discusión en la Conferencia que se celebra en Dubai es la modificación y ampliación del Reglamento de las Telecomunicaciones Internacionales para incluir el tema de Internet.
En efecto, durante el proceso preparatorio del evento muchos Estados Miembros de la UIT han presentado propuestas sobre Internet, la mayoría sobre dos temas que preocupan a muchos países: su aspecto económico y su seguridad. Sin embargo, la campaña orquestada desde los EE.UU. acusa a la UIT y a las Naciones Unidas de querer “controlar”, “restringir el acceso” o “imponer censura” a Internet.
DOBLES RASEROS E INTERESES
Pero Estados Unidos es precisamente quien controla los recursos críticos de Internet a través de la Corporación de Internet para la Asignación de Nombres y Números (ICANN); quien restringe el acceso a sitios de Internet a países, como a Cuba, a los que le aplica medidas unilaterales violatorias del derecho internacional; y quien impone censura a contenidos de Internet que afectan sus intereses, como por ejemplo, los del sitio Wikileaks.
Además, son estadounidenses las principales empresas de contenidos y de infraestructura que controlan y reciben la mayoría de los flujos de dinero en Internet. Y también los EE.UU. es uno de los países que consideran a Internet como teatro de operaciones militares. Por tanto, el intento de desacreditar a la UIT y a la Conferencia Mundial de Telecomunicaciones Internacionales tiene por finalidad evitar cualquier modificación al Reglamento de las Telecomunicaciones Internacionales que pueda afectar este dominio de facto que tienen sobre Internet.
Pero también persigue unos propósitos más fundamentales.
REGULAR O NO REGULAR, ESA ES LA CUESTIÓN
Internet, al no estar contemplado en el Reglamento de las Telecomunicaciones Internacionales aprobado en 1988, no ha estado sometida a regulación alguna, sólo a la ley del mercado y del más fuerte. Luego, una de las cuestiones primarias que se discuten en Dubai es si se considera a Internet un servicio de telecomunicaciones y, por tanto, es susceptible de ser regulada. Esto no es una discusión puramente técnica, pues la misma tiene implicaciones importantes para las personas que reciben los servicios de telecomunicaciones.
Por ejemplo, una de las regulaciones del sector de las telecomunicaciones es la “obligación de servicio universal” bajo la cual los operadores deben suministrar el servicio de telecomunicaciones en todos los lugares y no sólo en aquellos donde obtengan ganancias. Esta regulación es la que ha permitido que en las zonas rurales o urbanas de bajos ingresos exista el servicio de telefonía. Sin embargo no hay una regulación equivalente para el servicio de Internet.
Otro ejemplo es la regulación que obliga a los proveedores de servicios telefónicos a tener su propia fuente de energía eléctrica para poder garantizar la disponibilidad del servicio ante emergencias. Los proveedores de Internet no tienen que cumplir con esta regulación a pesar que la telefonía por Internet es un servicio que está sustituyendo a la telefonía tradicional. El efecto negativo de no contar con esta regulación se puso de manifiesto durante la reciente tormenta Sandy donde la caída de la red de electricidad provocó la caída del servicio de la telefonía por Internet dejando a miles de personas incomunicadas en situación de emergencia.
A pesar de estos ejemplos, y de otros que ponen de manifiesto la necesidad de las regulaciones para corregir los “errores” del mercado como único ente regulador, los Estados Unidos y sus aliados darán la batalla en Dubai para que las regulaciones no lleguen a Internet, y consecuentemente, para que dentro de poco tiempo todas las telecomunicaciones estén desreguladas.
Esta batalla es una más que los partidarios del neoliberalismo están librando para tratar de imponer su visión de un mundo donde imperen los mercados sin ninguna restricción y donde los estados y las instituciones intergubernamentales, como las del sistema de las Naciones Unidas, dejen de cumplir sus roles de garantes del interés público.
*Asesor en el Ministerio de la Informática y las Comunicaciones (MIC) y Profesor Adjunto en la Universidad de las Ciencias Informáticas (UCI)
(Tomado de lapupilainsomne.wordpress.com)
http://www.cubadebate.cu/especiales/2012/12/07/internet-la-ultima-batalla-del-neoliberalismo/
GB
Por Juan Alfonso Fernández González*
La Unión Internacional de Telecomunicaciones inauguró esta semana en Dubai, Emiratos Árabes Unidos, la Conferencia Mundial de Telecomunicaciones Internacionales, la cual sesionará por 15 días con el objetivo de revisar el Reglamento de las Telecomunicaciones Internacionales.
La celebración de este evento ha estado precedida por una campaña de prensa negativa financiada y organizada desde los Estados Unidos y que ha resonado en numerosos medios de todo el mundo. Pero antes de entrar en detalles, hagamos un poco de historia…
En 1865 fue fundada la Unión Telegráfica Internacional (UTI) por 20 estados. Ese mismo año, en el marco del Convenio Telegráfico Internacional, se establece el primer reglamento del servicio telegráfico. En el año 1932 la Unión Telegráfica Internacional cambió su nombre por el de Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), y posteriormente, en 1948, en virtud de un acuerdo con la recién creada Organización de las Naciones Unidas, la UIT se convirtió en su agencia especializada en el sector de las telecomunicaciones.
Por su parte, el Reglamento de las Telecomunicaciones Internacionales (RTI) tiene su génesis en el reglamento del servicio telegráfico de 1865 y los reglamentos telegráfico y telefónico de 1932. El mismo surge ante la necesidad de contar con disposiciones con carácter de tratado aplicables a los servicios y redes internacionales de telecomunicaciones para, entre otros aspectos, establecer los principios generales de prestación de servicios y su funcionamiento, fijar las reglas de interconexión y compatibilidad mundiales y servir de base al desarrollo del sector en todos los países.
La versión actual del RTI es un tratado firmado por 178 países en 1988 y aplicado en todo el mundo desde que entró en vigor en 1990.
Entonces, ¿Por qué tanto alboroto ahora?
INTERNET ES LA CULPABLE
En el año 1988, cuando el RTI se revisó por última vez, Internet no estaba muy extendida, por lo cual no se menciona en el Reglamento.
Sin embargo, hoy en día Internet y sus tecnologías asociadas constituyen una parte fundamental y creciente de las telecomunicaciones internacionales. Por tanto, uno de los temas en discusión en la Conferencia que se celebra en Dubai es la modificación y ampliación del Reglamento de las Telecomunicaciones Internacionales para incluir el tema de Internet.
En efecto, durante el proceso preparatorio del evento muchos Estados Miembros de la UIT han presentado propuestas sobre Internet, la mayoría sobre dos temas que preocupan a muchos países: su aspecto económico y su seguridad. Sin embargo, la campaña orquestada desde los EE.UU. acusa a la UIT y a las Naciones Unidas de querer “controlar”, “restringir el acceso” o “imponer censura” a Internet.
DOBLES RASEROS E INTERESES
Pero Estados Unidos es precisamente quien controla los recursos críticos de Internet a través de la Corporación de Internet para la Asignación de Nombres y Números (ICANN); quien restringe el acceso a sitios de Internet a países, como a Cuba, a los que le aplica medidas unilaterales violatorias del derecho internacional; y quien impone censura a contenidos de Internet que afectan sus intereses, como por ejemplo, los del sitio Wikileaks.
Además, son estadounidenses las principales empresas de contenidos y de infraestructura que controlan y reciben la mayoría de los flujos de dinero en Internet. Y también los EE.UU. es uno de los países que consideran a Internet como teatro de operaciones militares. Por tanto, el intento de desacreditar a la UIT y a la Conferencia Mundial de Telecomunicaciones Internacionales tiene por finalidad evitar cualquier modificación al Reglamento de las Telecomunicaciones Internacionales que pueda afectar este dominio de facto que tienen sobre Internet.
Pero también persigue unos propósitos más fundamentales.
REGULAR O NO REGULAR, ESA ES LA CUESTIÓN
Internet, al no estar contemplado en el Reglamento de las Telecomunicaciones Internacionales aprobado en 1988, no ha estado sometida a regulación alguna, sólo a la ley del mercado y del más fuerte. Luego, una de las cuestiones primarias que se discuten en Dubai es si se considera a Internet un servicio de telecomunicaciones y, por tanto, es susceptible de ser regulada. Esto no es una discusión puramente técnica, pues la misma tiene implicaciones importantes para las personas que reciben los servicios de telecomunicaciones.
Por ejemplo, una de las regulaciones del sector de las telecomunicaciones es la “obligación de servicio universal” bajo la cual los operadores deben suministrar el servicio de telecomunicaciones en todos los lugares y no sólo en aquellos donde obtengan ganancias. Esta regulación es la que ha permitido que en las zonas rurales o urbanas de bajos ingresos exista el servicio de telefonía. Sin embargo no hay una regulación equivalente para el servicio de Internet.
Otro ejemplo es la regulación que obliga a los proveedores de servicios telefónicos a tener su propia fuente de energía eléctrica para poder garantizar la disponibilidad del servicio ante emergencias. Los proveedores de Internet no tienen que cumplir con esta regulación a pesar que la telefonía por Internet es un servicio que está sustituyendo a la telefonía tradicional. El efecto negativo de no contar con esta regulación se puso de manifiesto durante la reciente tormenta Sandy donde la caída de la red de electricidad provocó la caída del servicio de la telefonía por Internet dejando a miles de personas incomunicadas en situación de emergencia.
A pesar de estos ejemplos, y de otros que ponen de manifiesto la necesidad de las regulaciones para corregir los “errores” del mercado como único ente regulador, los Estados Unidos y sus aliados darán la batalla en Dubai para que las regulaciones no lleguen a Internet, y consecuentemente, para que dentro de poco tiempo todas las telecomunicaciones estén desreguladas.
Esta batalla es una más que los partidarios del neoliberalismo están librando para tratar de imponer su visión de un mundo donde imperen los mercados sin ninguna restricción y donde los estados y las instituciones intergubernamentales, como las del sistema de las Naciones Unidas, dejen de cumplir sus roles de garantes del interés público.
*Asesor en el Ministerio de la Informática y las Comunicaciones (MIC) y Profesor Adjunto en la Universidad de las Ciencias Informáticas (UCI)
(Tomado de lapupilainsomne.wordpress.com)
http://www.cubadebate.cu/especiales/2012/12/07/internet-la-ultima-batalla-del-neoliberalismo/
GB
LA NACION TAMBIEN MIENTE.
El caballo de batalla de la reacción
El diario de Bartolomé Mitre funciona como virtual partido político reaccionario.
Por Ariel Garbarz
El diario La Nación ataca sistemáticamente al gobierno y a la Ley de Medios, tergiversando el texto del artículo 45, que regula la cuota de mercado y la multiplicidad de licencias, para confundir a sus lectores, desinformando con supuestas inconsistencias, desvirtuando sus objetivos democráticos, igualitarios y antimonopólicos. Remata con titulares falsos en los que la AFSCA aparece desconociendo fallos judiciales y favoreciendo a grupos mediáticos.
El primer columnista Carlos Pagni escribió: "El redimensionamiento de las empresas de radio y TV está reglado en el artículo 45 de la Ley de Medios. Allí se establece, por ejemplo, que las empresas de TV satelital no pueden tener más del 35% del total de abonados a la TV paga. Pero nadie sabe cuántos son esos abonados. Los empleados de la AFSCA tiran cifras al voleo. Además, existe la sospecha de que las compañías de TV por cable no declaran todos sus clientes."
TERGIVERSA. El párrafo específico del artículo 45 referido a la TV satelital dice textualmente: "...una persona de existencia visible o ideal podrá ser titular o tener participación en sociedades titulares de licencias de servicios de radiodifusión, sujeto a los siguientes límites: En el orden nacional: a) Una (1) licencia de servicios de comunicación audiovisual sobre soporte satelital. La titularidad de una licencia de servicios de comunicación audiovisual satelital por suscripción excluye la posibilidad de ser titular de cualquier otro tipo de licencias de servicios de comunicación audiovisual" (sic). En ninguna línea del punto dedicado al servicio satelital se establece esta limitación del 35% del total de abonados a las televisiones pagas, sean de cable, de aire o por satélite. Con sólo tener una licencia satelital queda excluido de ofrecer cualquier otro servicio audiovisual, TV paga incluida y no hasta un 35% de abonados como desinforma Pagni, sino a ninguno.
El párafo del artículo 45 que habla del 35% es el que dice: "La multiplicidad de licencias –a nivel nacional y para todos los servicios– en ningún caso podrá implicar la posibilidad de prestar servicios a más del treinta y cinco por ciento (35%) del total nacional de habitantes o de abonados a los servicios referidos en este artículo, según corresponda."
¿Por qué la ley habla de "habitantes o abonados...según corresponda"? Porque la tecnología del servicio determina cómo se accede a él y, en consecuencia, es la que define los dos universos de mercado nacional de usuarios sobre el cual se debe aplicar el 35 por ciento. A saber: 1) el 35% de la población, para los servicios de televisión abierta, radios AM/FM y servicios de suscripción que llegan por aire (a través del espectro de radiación electromagnética); 2) el 35% de los abonados, para todos los servicios que llegan por cable de cualquier tipo (sea coaxial, fibra óptica o alambres de cobre).
Los usuarios satelitales se suscriben y reciben el servicio con antenas parabólicas, que detectan señales de microondas, a través del espectro electromagnético y, por lo tanto, pertenecen al universo del caso 1, o sea que para este servicio se debe aplicar el límite del 35% de la población nacional.
La tecnología actual de codificación de las comunicaciones, tanto para sistemas satelitales como para los de cable permite que sólo los abonados o suscriptos al servicio puedan recibir las transmisiones con sus decodificadores específicos. Por eso es que el Estado deberá y podrá controlar que el licenciatario no supere el límite del 35% de la población, para los que llegan por aire y del 35% de los abonados para los que llegan por cable. La chicana barata de que la AFSCA no sabe cuántos son los usuarios, se cae sola con sólo mirar el último informe de su sitio web, y no desvirtúa la necesidad del límite antimonopólico a los servicios que por cable o por aire dominan el mercado audiovisual. El que tenga una licencia satelital no tiene la limitación del 35% del total de abonados a las TV pagas como tergiversa La Nación, sino el 35% de la población nacional y queda excluido de poseer cualquier otra licencia.
2) En la misma columna La Nación agrega: "El mismo artículo (de la ley) establece que las empresas con licencias de radio y TV abierta no pueden superar más del 35% de los habitantes del país. Y que no tendrán más que una señal de TV, dos de FM y una de AM por localidad. Una radio AM de la Capital Federal podría, entonces, alcanzar al 35% de los habitantes del país. No importa si difunde canto gregoriano todo el día. Tampoco que en ese 35% de habitantes haya sordos, menores de dos años o gente que detesta la radio. La ley equipara la audiencia a la población, supone que todo el mundo escucha todas las emisoras a la vez."
CONFUNDE, DISCRIMINA Y RIDICULIZA. Cuando el artículo 45 se refiere a radio y televisión abiertas, el límite antimonopólico del 35% es para los habitantes de cualquier lugar del país y de cualquier condición social, sin la distinción de edades ni de pueblos o ciudades donde se origine la transmisión o a dónde llegue. En oposición a su ejemplo, sería muy bueno que una radio de Capital pueda llegar al 35% de los oyentes de todo el país. Sólo un vocero sin escrúpulos obligado a desvirtuar completamente el sentido de la ley, puede criticarla porque no hace distinciones de contenidos y de audiencias. Eso mismo es lo que la ley no hace ni debe hacer. El columnista estrella quiere confundir aún más a sus lectores, cuando cuestiona la equiparación de audiencia con población. Precisamente eso hace la ley y debe hacerlo. Para la ley, todos los habitantes son audiencia, televidentes y usuarios reales o potenciales, estén o no abonados o suscriptos al servicio de una empresa, constituyan o no su clientela circunstancial.
El diario de Bartolomé Mitre, funcionando como virtual partido político reaccionario, elige como instrumento de su actual campaña colonizadora de subjetividades al artículo 45 de la Ley de Medios, que regula la cuota de mercado y la multiplicidad de licencias. Sobre este caballo de batalla ha montado alternativamente a sus columnistas más obedientes. Pero la mediocridad de sus críticas denota que al diario "serio" se le agotan las posibilidades de tergiversar, confundir y fogonear la hostilidad hacia el gobierno de sus cooptados lectores.
07/12/12 Tiempo Argentino
GB
El diario de Bartolomé Mitre funciona como virtual partido político reaccionario.
Por Ariel Garbarz
El diario La Nación ataca sistemáticamente al gobierno y a la Ley de Medios, tergiversando el texto del artículo 45, que regula la cuota de mercado y la multiplicidad de licencias, para confundir a sus lectores, desinformando con supuestas inconsistencias, desvirtuando sus objetivos democráticos, igualitarios y antimonopólicos. Remata con titulares falsos en los que la AFSCA aparece desconociendo fallos judiciales y favoreciendo a grupos mediáticos.
El primer columnista Carlos Pagni escribió: "El redimensionamiento de las empresas de radio y TV está reglado en el artículo 45 de la Ley de Medios. Allí se establece, por ejemplo, que las empresas de TV satelital no pueden tener más del 35% del total de abonados a la TV paga. Pero nadie sabe cuántos son esos abonados. Los empleados de la AFSCA tiran cifras al voleo. Además, existe la sospecha de que las compañías de TV por cable no declaran todos sus clientes."
TERGIVERSA. El párrafo específico del artículo 45 referido a la TV satelital dice textualmente: "...una persona de existencia visible o ideal podrá ser titular o tener participación en sociedades titulares de licencias de servicios de radiodifusión, sujeto a los siguientes límites: En el orden nacional: a) Una (1) licencia de servicios de comunicación audiovisual sobre soporte satelital. La titularidad de una licencia de servicios de comunicación audiovisual satelital por suscripción excluye la posibilidad de ser titular de cualquier otro tipo de licencias de servicios de comunicación audiovisual" (sic). En ninguna línea del punto dedicado al servicio satelital se establece esta limitación del 35% del total de abonados a las televisiones pagas, sean de cable, de aire o por satélite. Con sólo tener una licencia satelital queda excluido de ofrecer cualquier otro servicio audiovisual, TV paga incluida y no hasta un 35% de abonados como desinforma Pagni, sino a ninguno.
El párafo del artículo 45 que habla del 35% es el que dice: "La multiplicidad de licencias –a nivel nacional y para todos los servicios– en ningún caso podrá implicar la posibilidad de prestar servicios a más del treinta y cinco por ciento (35%) del total nacional de habitantes o de abonados a los servicios referidos en este artículo, según corresponda."
¿Por qué la ley habla de "habitantes o abonados...según corresponda"? Porque la tecnología del servicio determina cómo se accede a él y, en consecuencia, es la que define los dos universos de mercado nacional de usuarios sobre el cual se debe aplicar el 35 por ciento. A saber: 1) el 35% de la población, para los servicios de televisión abierta, radios AM/FM y servicios de suscripción que llegan por aire (a través del espectro de radiación electromagnética); 2) el 35% de los abonados, para todos los servicios que llegan por cable de cualquier tipo (sea coaxial, fibra óptica o alambres de cobre).
Los usuarios satelitales se suscriben y reciben el servicio con antenas parabólicas, que detectan señales de microondas, a través del espectro electromagnético y, por lo tanto, pertenecen al universo del caso 1, o sea que para este servicio se debe aplicar el límite del 35% de la población nacional.
La tecnología actual de codificación de las comunicaciones, tanto para sistemas satelitales como para los de cable permite que sólo los abonados o suscriptos al servicio puedan recibir las transmisiones con sus decodificadores específicos. Por eso es que el Estado deberá y podrá controlar que el licenciatario no supere el límite del 35% de la población, para los que llegan por aire y del 35% de los abonados para los que llegan por cable. La chicana barata de que la AFSCA no sabe cuántos son los usuarios, se cae sola con sólo mirar el último informe de su sitio web, y no desvirtúa la necesidad del límite antimonopólico a los servicios que por cable o por aire dominan el mercado audiovisual. El que tenga una licencia satelital no tiene la limitación del 35% del total de abonados a las TV pagas como tergiversa La Nación, sino el 35% de la población nacional y queda excluido de poseer cualquier otra licencia.
2) En la misma columna La Nación agrega: "El mismo artículo (de la ley) establece que las empresas con licencias de radio y TV abierta no pueden superar más del 35% de los habitantes del país. Y que no tendrán más que una señal de TV, dos de FM y una de AM por localidad. Una radio AM de la Capital Federal podría, entonces, alcanzar al 35% de los habitantes del país. No importa si difunde canto gregoriano todo el día. Tampoco que en ese 35% de habitantes haya sordos, menores de dos años o gente que detesta la radio. La ley equipara la audiencia a la población, supone que todo el mundo escucha todas las emisoras a la vez."
CONFUNDE, DISCRIMINA Y RIDICULIZA. Cuando el artículo 45 se refiere a radio y televisión abiertas, el límite antimonopólico del 35% es para los habitantes de cualquier lugar del país y de cualquier condición social, sin la distinción de edades ni de pueblos o ciudades donde se origine la transmisión o a dónde llegue. En oposición a su ejemplo, sería muy bueno que una radio de Capital pueda llegar al 35% de los oyentes de todo el país. Sólo un vocero sin escrúpulos obligado a desvirtuar completamente el sentido de la ley, puede criticarla porque no hace distinciones de contenidos y de audiencias. Eso mismo es lo que la ley no hace ni debe hacer. El columnista estrella quiere confundir aún más a sus lectores, cuando cuestiona la equiparación de audiencia con población. Precisamente eso hace la ley y debe hacerlo. Para la ley, todos los habitantes son audiencia, televidentes y usuarios reales o potenciales, estén o no abonados o suscriptos al servicio de una empresa, constituyan o no su clientela circunstancial.
El diario de Bartolomé Mitre, funcionando como virtual partido político reaccionario, elige como instrumento de su actual campaña colonizadora de subjetividades al artículo 45 de la Ley de Medios, que regula la cuota de mercado y la multiplicidad de licencias. Sobre este caballo de batalla ha montado alternativamente a sus columnistas más obedientes. Pero la mediocridad de sus críticas denota que al diario "serio" se le agotan las posibilidades de tergiversar, confundir y fogonear la hostilidad hacia el gobierno de sus cooptados lectores.
07/12/12 Tiempo Argentino
GB
JUICIO Y CASTIGO TAMBIEN ES MODELO.
CONDENAS POR EL ASESINATO DE LOS CURAS CARLOS DE DIOS MURIAS Y GABRIEL LONGUEVILLE
“Se cumplió el juicio y castigo”
Los familiares de los sacerdotes frente al tribunal en junio, antes de que comenzara el juicio que concluyó ayer,
El ex general Luciano Benjamín Menéndez, el vicecomodoro Luis Fernando Estrella y el ex comisario Domingo Benito Vera fueron condenados a prisión perpetua. Cumplirán la sentencia en una cárcel común.
Luego de 36 años, cuatro meses y nueve días de impunidad, el ex general Luciano Benjamín Menéndez y otros dos represores fueron condenados a prisión perpetua por los asesinatos de los sacerdotes tercermundistas Carlos de Dios Murias y Rogelio Gabriel Longueville. En una sala repleta, con más de 200 personas expectantes en la calle, el Tribunal Oral Federal de La Rioja ordenó revocar las excarcelaciones del vicecomodoro Luis Fernando Estrella y del ex comisario Domingo Benito Vera para que cumplan la sentencia en una cárcel común. “Se han cumplido las dos banderas fundamentales de los organismos de derechos humanos: juicio y castigo. El juicio fue ejemplar, con todas las garantías del Estado de derecho, y el castigo fue acorde a lo que las leyes vigentes indican. La Rioja dio un paso tremendo hacia adelante”, celebró el abogado Guillermo Díaz Martínez, querellante en representación de la Secretaría de Derechos Humanos de La Rioja. Desde ayer son 348 los condenados por delitos de lesa humanidad.
Comunidades cristianas de base, miembros del Seminario de Formación Teológica, de organismos de derechos humanos, junto con ex presos políticos y militantes sociales esperaron la sentencia en una vigilia que comenzó el jueves a la noche. “Es el momento de la verdad que permite la Justicia, que nos llevará a la paz”, reflexionó el obispo riojano Roberto Rodríguez. Murias y Longueville “quisieron vivir el Evangelio con toda libertad y transparencia, tenemos que ver la fuente de su valentía”, dijo “No se trataba de una ideología o fin político: fueron fieles al Evangelio, por lo tanto no pueden ser tratados de marxistas o comunistas”, se distanció del discurso de la Iglesia durante la dictadura. “El amor pide justicia, no venganza. Rogamos por la paz y la justicia para que sea un gran día para la Diócesis y para La Rioja”, se esperanzó.
Por la mañana, los acusados dijeron sus últimas palabras. “He presenciado la mentira durante todo este proceso y me proclamo inocente”, dijo Estrella, según la FM América de La Rioja. “Mis acusadores dirigen su odio y violencia contra quienes ostentamos la condición de militar y ésta es la verdadera artimaña de la acusación de la que soy víctima”, agregó. Vera, de buenos contactos con sectores de poder riojanos, se declaró “totalmente inocente” y dijo tener su “corazón lleno de paz”. Menéndez, por videoconferencia desde el penal de Ezeiza, dijo que el juicio era “inconstitucional”, ironizó que eran “supuestos culpables de supuestos crímenes” y reiteró su habitual perorata sobre la “guerra contra la subversión marxista internacional”.
A las 19, con la calle repleta de banderas y bombas de estruendo de fondo, el juez José Quiroga Uriburu, secundado por Carlos Lascano y Jaime Díaz Gavier, leyó la sentencia. Rechazó pedidos de nulidades e incompetencias y declaró que “los hechos tratados constituyen delitos de lesa humanidad en el marco del terrorismo de Estado”. Declaró a Menéndez coautor mediato de los secuestros y los homicidios, agravados por alevosía, por la participación de más de dos personas y, en el caso de Murias, también por ensañamiento. Las mismas figuras aplicaron a Estrella y a Vera. Para sorpresa de querellantes y fiscales, el tribunal los absolvió por el delito de tormentos. Los jueces ordenaron revocar el arresto domiciliario (en la causa) de Menéndez, que seguirá en el penal de Ezeiza, y ordenó el alojamiento de Estrella y Vera en una cárcel provincial. También ordenaron enviar a primera instancia las pruebas sobre la participación del ex alférez Ricardo Pessetta, con falta de mérito pese a las pruebas de su actuación en la inteligencia previa a los secuestros, y del policía Juan Carlos Romero, que tiene arresto domiciliario por el asesinato del obispo Enrique Angelelli, por el que será juzgado en 2013.
“Se ha hecho justicia”, admitió a la salida del tribunal el obispo Rodríguez, según informó la FM Fénix. “Espero que Carlos y Gabriel puedan descansar en paz y que se encauce el camino de justicia y verdad para el asesinato del obispo Angelelli”, dijo la senadora Teresita Luna. “Hay muchos compañeros que ya no están y que me hubiera gustado que estuvieran para compartir este momento de justicia”, agregó. “Recuperamos la fe en la Justicia”, afirmó la senadora Hilda Aguirre de Soria. “Era lo que se pedía. Estamos muy contentos. Ahora nos queda el juicio por el asesinato de Angelelli. Hoy es un día de profunda emoción”, confesó.
Alegatos por Sebastián Casado
Comenzaron en La Plata los alegatos ante el Tribunal Oral Nº 1 en el juicio oral por la apropiación de Sebastián José Casado Tasca, en el que son juzgadas dos imputadas, Nora Raquel Manacorda y Silvia Beatriz Molina, por los delitos de sustracción, retención y ocultamiento de un menor de 10 años, y falsificación de documento público. Los jueces Carlos Rozanski, Pablo Jantus y Pablo Vega encabezaron el debate en el que expusieron la querella, el Ministerio Público Fiscal y finalmente las defensas. Casado Tasca fue el nieto 82 recuperado por Abuelas de Plaza de Mayo en 2006, cuando tenía 27 años. Había comenzado su búsqueda con las fotos publicadas en Internet.
Casación confirmó la condena de Luis Patti
La Cámara de Casación confirmó las condenas a Luis Abelardo Patti, Santiago Omar Riveros y Reynaldo Bignone, entre otros genocidas, dictadas por la Justicia federal de San Martín en el marco de los juicios por delitos de lesa humanidad cometidos en Campo de Mayo. El ex policía y ex intendente de Escobar había intentado conchabarse como diputado nacional, pero el Parlamento impugnó su diploma y no pudo asumir la banca con la que pensaba perpetuar la impunidad de la que venía gozando. Patti, Bignone y Riveros fueron condenados en abril de 2011 a prisión perpetua por el asesinato del ex diputado justicialista Diego Muniz Barreto, Gastón Gonçalves, la tentativa de homicidio de Juan Fernández, las desapariciones de Carlos Souto y Luis y Guillermo D’Amico, y la detención ilegal de Osvaldo Arriosti. También figura entre los casos de Campo de Mayo el del asesinato del joven militante comunista Floreal “Negrito” Avellaneda, y el secuestro de su madre. En agosto de 2009 Riveros fue condenado a prisión perpetua, y otros cinco represores subordinados al ex jefe de Institutos Militares recibieron penas de 25 a 8 años. El Tribunal Oral Federal 1 de San Martín consideró que por la sistematicidad y gran escala de los delitos cometidos en la ex zona IV se trató de crímenes de lesa humanidad. El Negrito Avellaneda tenía 16 años cuando lo secuestraron en 1976 junto a su madre, ambos fueron torturados en la comisaría de Villa Martelli y en El Campito. Iris sobrevivió, pero su hijo no. Su cuerpo apareció en la costa uruguaya con signos de tortura por empalamiento. 08/12/12 Página|12
GB
“Se cumplió el juicio y castigo”
Los familiares de los sacerdotes frente al tribunal en junio, antes de que comenzara el juicio que concluyó ayer,
El ex general Luciano Benjamín Menéndez, el vicecomodoro Luis Fernando Estrella y el ex comisario Domingo Benito Vera fueron condenados a prisión perpetua. Cumplirán la sentencia en una cárcel común.
Luego de 36 años, cuatro meses y nueve días de impunidad, el ex general Luciano Benjamín Menéndez y otros dos represores fueron condenados a prisión perpetua por los asesinatos de los sacerdotes tercermundistas Carlos de Dios Murias y Rogelio Gabriel Longueville. En una sala repleta, con más de 200 personas expectantes en la calle, el Tribunal Oral Federal de La Rioja ordenó revocar las excarcelaciones del vicecomodoro Luis Fernando Estrella y del ex comisario Domingo Benito Vera para que cumplan la sentencia en una cárcel común. “Se han cumplido las dos banderas fundamentales de los organismos de derechos humanos: juicio y castigo. El juicio fue ejemplar, con todas las garantías del Estado de derecho, y el castigo fue acorde a lo que las leyes vigentes indican. La Rioja dio un paso tremendo hacia adelante”, celebró el abogado Guillermo Díaz Martínez, querellante en representación de la Secretaría de Derechos Humanos de La Rioja. Desde ayer son 348 los condenados por delitos de lesa humanidad.
Comunidades cristianas de base, miembros del Seminario de Formación Teológica, de organismos de derechos humanos, junto con ex presos políticos y militantes sociales esperaron la sentencia en una vigilia que comenzó el jueves a la noche. “Es el momento de la verdad que permite la Justicia, que nos llevará a la paz”, reflexionó el obispo riojano Roberto Rodríguez. Murias y Longueville “quisieron vivir el Evangelio con toda libertad y transparencia, tenemos que ver la fuente de su valentía”, dijo “No se trataba de una ideología o fin político: fueron fieles al Evangelio, por lo tanto no pueden ser tratados de marxistas o comunistas”, se distanció del discurso de la Iglesia durante la dictadura. “El amor pide justicia, no venganza. Rogamos por la paz y la justicia para que sea un gran día para la Diócesis y para La Rioja”, se esperanzó.
Por la mañana, los acusados dijeron sus últimas palabras. “He presenciado la mentira durante todo este proceso y me proclamo inocente”, dijo Estrella, según la FM América de La Rioja. “Mis acusadores dirigen su odio y violencia contra quienes ostentamos la condición de militar y ésta es la verdadera artimaña de la acusación de la que soy víctima”, agregó. Vera, de buenos contactos con sectores de poder riojanos, se declaró “totalmente inocente” y dijo tener su “corazón lleno de paz”. Menéndez, por videoconferencia desde el penal de Ezeiza, dijo que el juicio era “inconstitucional”, ironizó que eran “supuestos culpables de supuestos crímenes” y reiteró su habitual perorata sobre la “guerra contra la subversión marxista internacional”.
A las 19, con la calle repleta de banderas y bombas de estruendo de fondo, el juez José Quiroga Uriburu, secundado por Carlos Lascano y Jaime Díaz Gavier, leyó la sentencia. Rechazó pedidos de nulidades e incompetencias y declaró que “los hechos tratados constituyen delitos de lesa humanidad en el marco del terrorismo de Estado”. Declaró a Menéndez coautor mediato de los secuestros y los homicidios, agravados por alevosía, por la participación de más de dos personas y, en el caso de Murias, también por ensañamiento. Las mismas figuras aplicaron a Estrella y a Vera. Para sorpresa de querellantes y fiscales, el tribunal los absolvió por el delito de tormentos. Los jueces ordenaron revocar el arresto domiciliario (en la causa) de Menéndez, que seguirá en el penal de Ezeiza, y ordenó el alojamiento de Estrella y Vera en una cárcel provincial. También ordenaron enviar a primera instancia las pruebas sobre la participación del ex alférez Ricardo Pessetta, con falta de mérito pese a las pruebas de su actuación en la inteligencia previa a los secuestros, y del policía Juan Carlos Romero, que tiene arresto domiciliario por el asesinato del obispo Enrique Angelelli, por el que será juzgado en 2013.
“Se ha hecho justicia”, admitió a la salida del tribunal el obispo Rodríguez, según informó la FM Fénix. “Espero que Carlos y Gabriel puedan descansar en paz y que se encauce el camino de justicia y verdad para el asesinato del obispo Angelelli”, dijo la senadora Teresita Luna. “Hay muchos compañeros que ya no están y que me hubiera gustado que estuvieran para compartir este momento de justicia”, agregó. “Recuperamos la fe en la Justicia”, afirmó la senadora Hilda Aguirre de Soria. “Era lo que se pedía. Estamos muy contentos. Ahora nos queda el juicio por el asesinato de Angelelli. Hoy es un día de profunda emoción”, confesó.
Alegatos por Sebastián Casado
Comenzaron en La Plata los alegatos ante el Tribunal Oral Nº 1 en el juicio oral por la apropiación de Sebastián José Casado Tasca, en el que son juzgadas dos imputadas, Nora Raquel Manacorda y Silvia Beatriz Molina, por los delitos de sustracción, retención y ocultamiento de un menor de 10 años, y falsificación de documento público. Los jueces Carlos Rozanski, Pablo Jantus y Pablo Vega encabezaron el debate en el que expusieron la querella, el Ministerio Público Fiscal y finalmente las defensas. Casado Tasca fue el nieto 82 recuperado por Abuelas de Plaza de Mayo en 2006, cuando tenía 27 años. Había comenzado su búsqueda con las fotos publicadas en Internet.
Casación confirmó la condena de Luis Patti
La Cámara de Casación confirmó las condenas a Luis Abelardo Patti, Santiago Omar Riveros y Reynaldo Bignone, entre otros genocidas, dictadas por la Justicia federal de San Martín en el marco de los juicios por delitos de lesa humanidad cometidos en Campo de Mayo. El ex policía y ex intendente de Escobar había intentado conchabarse como diputado nacional, pero el Parlamento impugnó su diploma y no pudo asumir la banca con la que pensaba perpetuar la impunidad de la que venía gozando. Patti, Bignone y Riveros fueron condenados en abril de 2011 a prisión perpetua por el asesinato del ex diputado justicialista Diego Muniz Barreto, Gastón Gonçalves, la tentativa de homicidio de Juan Fernández, las desapariciones de Carlos Souto y Luis y Guillermo D’Amico, y la detención ilegal de Osvaldo Arriosti. También figura entre los casos de Campo de Mayo el del asesinato del joven militante comunista Floreal “Negrito” Avellaneda, y el secuestro de su madre. En agosto de 2009 Riveros fue condenado a prisión perpetua, y otros cinco represores subordinados al ex jefe de Institutos Militares recibieron penas de 25 a 8 años. El Tribunal Oral Federal 1 de San Martín consideró que por la sistematicidad y gran escala de los delitos cometidos en la ex zona IV se trató de crímenes de lesa humanidad. El Negrito Avellaneda tenía 16 años cuando lo secuestraron en 1976 junto a su madre, ambos fueron torturados en la comisaría de Villa Martelli y en El Campito. Iris sobrevivió, pero su hijo no. Su cuerpo apareció en la costa uruguaya con signos de tortura por empalamiento. 08/12/12 Página|12
GB
EL CUENTO DE LA BUENA PIPA, POR ALBERTO DEARRIBA, OPINION
El viejo cuento de la buena pipa
¿Cuánto tiempo necesita un juez para juzgar si dos artículos de una ley son constitucionales o no?
Por Alberto Dearriba
Desde que comenzaron las chicanas judiciales tendientes a frenar la vigenia plena de la Ley de Medios Audiovisuales, no pocos argentinos se preguntan si no se tratará en realidad de una reedición del estúpido cuento de la buena pipa, con el cual los adultos se mofaban de los niños hasta hacerlos llorar. Al igual que el pleito por la norma antimonopólica, aquel cuento infantil no terminaba nunca.
Más respetuosos de la investidura de los magistrados, otros se preguntan cuánto tiempo le demandará a un juez definir si dos artículos de una ley son constitucionales o no. Es obvio que no se trata de una resolución que pueda adoptarse a la ligera, pero tampoco parece un misterio insondable que no pueda ser resuelto en unos meses. Después de todo, es posible acceder a legislación comparada, habida cuenta de que normas antitrust, como las que plantea la Ley de Medios, tienen vigencia en las democracias más desarroladas.
Tras haber sido sancionada con holgada mayoría por el Parlamento, el corazón desconcentrador de la ley fue infartado por el Grupo Clarín mediante medidas cautelares tendientes a dilatar la decisión y mantener la posición dominante.
Los juristas explican que las medidas cautelares no definen el fondo de la cuestión, pero en la práctica, las cautelares que frenan la plena vigencia de la Ley de Medios, congelan la situación que se pretende modificar. Para Clarín, toda decisión de no innovar significa obviamente un fallo a su favor, ya que mantiene intactos sus intereses y prolonga su reinado a la espera de vientos más favorables.
El poderoso grupo mediático se planteó inicialmente una estrategia meramente dilatoria, con el objetivo de frenar centralmente el proceso de desinversión previsto en el artículo 161. Pero a medida que la justicia le fue dando chances de perdurar en la posición dominante, el grupo se entusiasmó con la idea de que Cristina Fernández perdiera las elecciones de 2011, sobre todo después de un 2008 y un 2009 que no fueron los mejores años para el kirchnerismo. Imaginaron entonces que en un nuevo contexto político podrían operar en el Parlamento para desvirtuar el sentido de la ley, o para mandarla directamente a dormir el sueño de los justos.
Los lobbystas del grupo conocen tanto los pasillos del centenario palacio legislativo como los más recoletos vericuetos de los tribunales. Pero las victorias que los abogados de las corporaciones suelen obtener en las sombras, no siempre se compadecen con lo que expresan las urnas. La reelección de Cristina Fernández abrió ante el poderoso grupo mediático un abismo de cuatro años. El sueño de mantener la posición dominante sine die, parecía quebrado, terminado, tras el 54% obtenido por Cristina en las elecciones del año pasado. Pero el CEO del grupo no se arredró e insistió con su estrategia: “Resistiremos”, les comunicó a sus más inmediatos colaboradores tras la derrota electoral. Y en eso está.
El jueves pasado volvió a ganar tiempo con un nuevo fallo dilatorio. Si bien pocos creen que los dos artículos cuestionados puedan ser declarados finalmente inconstitucionales como plantea Clarín, el grupo volvió a ganar tiempo. La especulación es obvia: si Cristina no logra ser habilitada para un nuevo mandato, ningún posible sucesor se atrevería a sostener la ley en su versión actual,
Pero si la modorra de la justicia desata sospechas o afecta el sentido común de los legos, no ocurre menos con contradicciones tales como que la Corte Suprema haya urgido a los jueces y fijado el 7 de diciembre como fecha tope del paraguas y que un día antes, la Sala 1 de la Cámara en la Civil y Comercial Federal prorrogue el plazo sin límite.
En medio del berenjenal jurídico que seguramente culminará en la Corte Suprema, donde los criterios no parecen ser unánimes, hasta el más despistado advierte que el pleito tiene un profundo contenido político. Y que su resolución depende en buena medida de la relación de fuerzas existente entre ambas partes.
De un lado está el portaaviones de la oposición, el grupo mediático que marcó la agenda de las fuerzas políticas y de sus bloques parlamentarios. Y del otro, un gobierno que pretende desmembrar a una potencia mediática capaz de cambiar hasta la hora en el país, si se lo propusiera.
Más allá de la obvia puja de poder, lo cierto es que la plena vigencia de la norma contribuiría a pluralizar la información y a expresar miradas dispares. En términos político-culturales, la Ley de Medios Audiovisuales será una de las mejores herencias que el kirchnerismo le deje a la democracia. Sin embargo, esta causa justa está detenida hace más de tres años por un poder económico concentrado. Para Clarín y sus adláteres, el simple hecho de que la porfía se mantenga intacta en los estrados judiciales, implica un signo de vitalidad de la democracia. Pero visto desde el otro rincón, la insólita prolongación del pleito revela en cambio la impotencia de la política frente a los poderes fácticos. Las acusaciones de la corporación judicial sobre supuestas presiones del gobierno a la justicia no hacen más que exhibir las diferencias ideológicas que subyacen en el conflicto. No es nuevo: el kirchnerismo se caracteriza por su voluntad política transformadora y la justicia por ser el poder del Estado más conservador.
Buenos o malos, de un lado cinchan los que fueron votados para gobernar. Y del otro, los que defienden jugosos dividendos y la posibilidad de signar el humor de los argentinos.
La disputa arrecia en momentos en que el gobierno atraviesa su peor momento. Después de los cacerolazos, del piquetazo con paro y del ataque de los fondos buitre que alteró los nervios oficialistas y de los argentinos bien nacidos, algunas encuestas exhiben una merma en la popularidad de la presidenta Cristina Fernández. Pero esta película ya se vio durante el pálido 2009 del gobierno, que fue seguido por un rutilante 2010, cuando los kirchneristas se encontraron en las calles celebrando codo a codo el Bicentenario de la patria. Y después, cuando acompañaron los restos mortales de Néstor Kirchner en una interminable manifestación de dolor y agradecimiento que dio cuenta de que no todos creían que la realidad fuera tan adversa como lo pintaban los medios más influyentes.
Los partidarios del gobierno volverán a encontrarse mañana en la calle, luego de haberla perdido a manos de los caceroleros. Tal vez, revitalicen en la Plaza de Mayo su fe en un modelo que, más allá de adversidades y errores, ha impulsado notables transformaciones. Ya no celebrarán el comienzo de la desinversión mediática, pero la multitud puede darle al gobierno el ánimo necesario para demostrar que puede cambiar el clima una vez más, aunque las cosas se cuenten cambiadas y en clave de queja permanente.
08/12/12 Tiempo Argentino
GB
¿Cuánto tiempo necesita un juez para juzgar si dos artículos de una ley son constitucionales o no?
Por Alberto Dearriba
Desde que comenzaron las chicanas judiciales tendientes a frenar la vigenia plena de la Ley de Medios Audiovisuales, no pocos argentinos se preguntan si no se tratará en realidad de una reedición del estúpido cuento de la buena pipa, con el cual los adultos se mofaban de los niños hasta hacerlos llorar. Al igual que el pleito por la norma antimonopólica, aquel cuento infantil no terminaba nunca.
Más respetuosos de la investidura de los magistrados, otros se preguntan cuánto tiempo le demandará a un juez definir si dos artículos de una ley son constitucionales o no. Es obvio que no se trata de una resolución que pueda adoptarse a la ligera, pero tampoco parece un misterio insondable que no pueda ser resuelto en unos meses. Después de todo, es posible acceder a legislación comparada, habida cuenta de que normas antitrust, como las que plantea la Ley de Medios, tienen vigencia en las democracias más desarroladas.
Tras haber sido sancionada con holgada mayoría por el Parlamento, el corazón desconcentrador de la ley fue infartado por el Grupo Clarín mediante medidas cautelares tendientes a dilatar la decisión y mantener la posición dominante.
Los juristas explican que las medidas cautelares no definen el fondo de la cuestión, pero en la práctica, las cautelares que frenan la plena vigencia de la Ley de Medios, congelan la situación que se pretende modificar. Para Clarín, toda decisión de no innovar significa obviamente un fallo a su favor, ya que mantiene intactos sus intereses y prolonga su reinado a la espera de vientos más favorables.
El poderoso grupo mediático se planteó inicialmente una estrategia meramente dilatoria, con el objetivo de frenar centralmente el proceso de desinversión previsto en el artículo 161. Pero a medida que la justicia le fue dando chances de perdurar en la posición dominante, el grupo se entusiasmó con la idea de que Cristina Fernández perdiera las elecciones de 2011, sobre todo después de un 2008 y un 2009 que no fueron los mejores años para el kirchnerismo. Imaginaron entonces que en un nuevo contexto político podrían operar en el Parlamento para desvirtuar el sentido de la ley, o para mandarla directamente a dormir el sueño de los justos.
Los lobbystas del grupo conocen tanto los pasillos del centenario palacio legislativo como los más recoletos vericuetos de los tribunales. Pero las victorias que los abogados de las corporaciones suelen obtener en las sombras, no siempre se compadecen con lo que expresan las urnas. La reelección de Cristina Fernández abrió ante el poderoso grupo mediático un abismo de cuatro años. El sueño de mantener la posición dominante sine die, parecía quebrado, terminado, tras el 54% obtenido por Cristina en las elecciones del año pasado. Pero el CEO del grupo no se arredró e insistió con su estrategia: “Resistiremos”, les comunicó a sus más inmediatos colaboradores tras la derrota electoral. Y en eso está.
El jueves pasado volvió a ganar tiempo con un nuevo fallo dilatorio. Si bien pocos creen que los dos artículos cuestionados puedan ser declarados finalmente inconstitucionales como plantea Clarín, el grupo volvió a ganar tiempo. La especulación es obvia: si Cristina no logra ser habilitada para un nuevo mandato, ningún posible sucesor se atrevería a sostener la ley en su versión actual,
Pero si la modorra de la justicia desata sospechas o afecta el sentido común de los legos, no ocurre menos con contradicciones tales como que la Corte Suprema haya urgido a los jueces y fijado el 7 de diciembre como fecha tope del paraguas y que un día antes, la Sala 1 de la Cámara en la Civil y Comercial Federal prorrogue el plazo sin límite.
En medio del berenjenal jurídico que seguramente culminará en la Corte Suprema, donde los criterios no parecen ser unánimes, hasta el más despistado advierte que el pleito tiene un profundo contenido político. Y que su resolución depende en buena medida de la relación de fuerzas existente entre ambas partes.
De un lado está el portaaviones de la oposición, el grupo mediático que marcó la agenda de las fuerzas políticas y de sus bloques parlamentarios. Y del otro, un gobierno que pretende desmembrar a una potencia mediática capaz de cambiar hasta la hora en el país, si se lo propusiera.
Más allá de la obvia puja de poder, lo cierto es que la plena vigencia de la norma contribuiría a pluralizar la información y a expresar miradas dispares. En términos político-culturales, la Ley de Medios Audiovisuales será una de las mejores herencias que el kirchnerismo le deje a la democracia. Sin embargo, esta causa justa está detenida hace más de tres años por un poder económico concentrado. Para Clarín y sus adláteres, el simple hecho de que la porfía se mantenga intacta en los estrados judiciales, implica un signo de vitalidad de la democracia. Pero visto desde el otro rincón, la insólita prolongación del pleito revela en cambio la impotencia de la política frente a los poderes fácticos. Las acusaciones de la corporación judicial sobre supuestas presiones del gobierno a la justicia no hacen más que exhibir las diferencias ideológicas que subyacen en el conflicto. No es nuevo: el kirchnerismo se caracteriza por su voluntad política transformadora y la justicia por ser el poder del Estado más conservador.
Buenos o malos, de un lado cinchan los que fueron votados para gobernar. Y del otro, los que defienden jugosos dividendos y la posibilidad de signar el humor de los argentinos.
La disputa arrecia en momentos en que el gobierno atraviesa su peor momento. Después de los cacerolazos, del piquetazo con paro y del ataque de los fondos buitre que alteró los nervios oficialistas y de los argentinos bien nacidos, algunas encuestas exhiben una merma en la popularidad de la presidenta Cristina Fernández. Pero esta película ya se vio durante el pálido 2009 del gobierno, que fue seguido por un rutilante 2010, cuando los kirchneristas se encontraron en las calles celebrando codo a codo el Bicentenario de la patria. Y después, cuando acompañaron los restos mortales de Néstor Kirchner en una interminable manifestación de dolor y agradecimiento que dio cuenta de que no todos creían que la realidad fuera tan adversa como lo pintaban los medios más influyentes.
Los partidarios del gobierno volverán a encontrarse mañana en la calle, luego de haberla perdido a manos de los caceroleros. Tal vez, revitalicen en la Plaza de Mayo su fe en un modelo que, más allá de adversidades y errores, ha impulsado notables transformaciones. Ya no celebrarán el comienzo de la desinversión mediática, pero la multitud puede darle al gobierno el ánimo necesario para demostrar que puede cambiar el clima una vez más, aunque las cosas se cuenten cambiadas y en clave de queja permanente.
08/12/12 Tiempo Argentino
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