miércoles, 17 de abril de 2013
MODIFICACIONES Y JUSTICIA LEGITIMA.
LAS MODIFICACIONES AL PROYECTO DE LAS CAUTELARES QUE PROPUSO “JUSTICIA LEGITIMA”
Retoques que implican grandes cambios
“Justicia legítima” presentó por escrito ante el Senado su propio proyecto sobre las cautelares.
Imagen: Joaquín Salguero
El espacio de jueces, fiscales y abogados hizo un planteo en la misma línea que el CELS. El objetivo de su propuesta es facilitar el acceso a las cautelares cuando quienes las requieren son “personas” o colectivos en “situación de vulnerabilidad”.
El movimiento “Justicia legítima” presentó en el Senado por escrito su propio proyecto para introducir retoques a la propuesta del Poder Ejecutivo sobre el régimen de medidas cautelares. La agrupación coincide con la intención de limitar los reclamos patrimoniales de grupos económicos poderosos contra el Estado pero, en sintonía con el Centro de Estudios Legales y Sociales, advierte que hay que quitar todos los obstáculos y facilitar el acceso a las cautelares cuando quienes las requieren son “personas” o colectivos en “situación de vulnerabilidad” ante la afectación de derechos fundamentales o como usuarios y consumidores. Tal como está redactada la futura ley, advierten, quedan habilitadas las “decisiones judiciales antojadizas”.
“Justicia legítima” está de acuerdo con la intención de la reforma judicial de lograr “una relación más cercana entre la sociedad y la administración de justicia”, pero acota que es “imprescindible que se avance en una reforma integral de los sistemas procesales, cuyo núcleo central sea la oralidad y el establecimiento de plazos razonables de tramitación”. Eso no está contemplado por ahora en el paquete de leyes del Gobierno, aunque la Presidenta anunció la semana pasada que está entre sus objetivos impulsarla. A su vez, ayer el secretario de Justicia, Julián Alvarez, dijo que se tomarían algunas sugerencias de esta agrupación para mejorar el proyecto.
La presentación de “Justicia legítima” parte de la base de que las medidas cautelares son herramientas esenciales en la defensa de los derechos de los pueblos originarios, del derecho a la salud, a la vivienda, el trabajo, a la alimentación, a la seguridad social, también a la educación.
- Cuando prevé esos casos excepcionales en que se puede pedir una cautelar contra el Estado, el proyecto del Ejecutivo dice que debe haber una afectación “directa” del derecho a la vida, la salud, la alimentación o el medio ambiente. “Justicia legítima” cree que es una definición muy restringida y que la ley debería hablar de “los derechos a la vida, condiciones adecuadas de vida, salud, de naturaleza alimentaria, o relativos a la protección del ambiente, o derechos fundamentales de aquellos respecto de quienes existe una obligación de protección especial por parte del Estado, como los grupos en situación de vulnerabilidad, los trabajadores y los usuarios de servicios públicos”. Sebastián Tedeschi, letrado de la Defensoría General, quien participó en la redacción de la propuesta alternativa, considera que la definición de “vida digna” que propuso ayer el Gobierno es “insuficiente”, “abstracta” y se “presta a arbitrariedades”.
- También sugiere que el límite de seis meses sólo se aplique a las cautelares promovidas por grupos económicos.
- Si bien el proyecto oficial dice que las cautelares ya no se podrán dictar sin notificar al Estado, también establece que el Estado tendrá que hacer un informe que diga si la medida cautelar en danza puede afectar “el interés público”. Como es una definición muy amplia, y es cantado que así el Estado siempre va a decir que está afectado el “interés público”, “Justicia legítima” sugiere se le requiera que diga si hay una “grave afectación” de este tipo. Pero, además, reclama que si se trata del derecho básico, como salud o vivienda, que el juez pueda dictar medidas urgentes sin consultar al Estado.
- El texto del Ejecutivo impide que para ejecutar una medida cautelar se dicte una sanción personal contra el funcionario que ha incumplido. Entre los cambios propuestos también se incluye la alternativa de multar al funcionario en cuestión para garantizar el cumplimiento de la cautelar.
Tedeschi señaló a Página/12 que “lo que se discute en el fondo es si queremos un modelo de Estado social de derecho contra un modelo de Estado más liberal; que el Estado tenga preocupación por garantizar los derechos sociales de los más débiles a nuestro entender no es un capricho, sino algo que está establecido en los tratados de derechos humanos”.
17/04/13 Página|12
GB
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