El presidente Mauricio Macri decidió hoy privatizar frecuencias del espacio radioeléctrico asignadas de forma exclusiva a ARSAT. El decreto 58/2019 publicado en el Boletín Oficial modifica y contradice la Ley de Desarrollo de la Industria Satelital y habilita al Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) a poner en concurso bandas de frecuencia de 3G y 4G para las empresas de Telecomunicaciones, lo que les permitirá avanzar en todo el país con la oferta de servicios audiovisuales. El decreto, al mismo tiempo que propone "generar condiciones de competencia y promover el desarrollo regional" critica la velocidad de los "trámites legislativos" frente "a la realidad dinámica del mercado", una excusa sistemática de Cambiemos en materia de políticas de telecomunicaciones.
El nuevo decreto señala que la participación en las nuevas señales no podrá ser menor al 20 por ciento, lo que beneficia al sector oligopólico integrado por Telecom-Cablevisión, Telefónica y Claro. Un nuevo avance en la política comunicacional de la gestión Cambiemos, que inició el desguace de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual pocos días después de llegar a la Casa Rosada. El Ejecutivo, inclusive, recoge el reclamo del sector cooperativo para ingresar al negocio de la telefonía móvil al habilitar la participación a operadores locales.
La decisión presidencial llega ante la imposibilidad del oficialismo de obtener en el periodo legislativo 2018 la aprobación de la Ley de Fomento de Despliegue de Infraestructura y Competencia Tic, conocida como "ley corta", debido a la oposición de sectores del peronismo a la privatización del espectro asignado a la estatal ARSAT, cuya ley (la 27208) obliga a debatir en el Congreso cualquier decisión que modifique el espectro "preferencial" asignado a ARSAT.
"El DNU, por un lado, invoca la autoridad de la ley 27208 de desarrollo satelital que otorgaba preeminencia a la empresa estatal ArSat, mientras que decreta el desmonte de sus recursos y de las atribuciones legales fijadas por dicha norma en noviembre de 2015", advirtió el docente e investigador Martín Becerra, quien criticó la condición de "urgente" de la medida teniendo en cuenta que "el gobierno ya superó tres años de administración".
Con el decreto 1340 de 2016, el Gobierno había abierto el camino para que las telefónicas ingresan al mercado de los servicios audiovisuales y con la "ley corta" afianzaba aquella dirección, ya que a comienzos de año vencía el plazo para que las telefónicas comenzarán a ofrecer servicios audiovisuales a través de la cobertura satelital en todas las localidades del país de más de 80 mil habitantes.
La iniciativa obtuvo media sanción del Senado en julio de 2018, pero la discusión quedó estancada en la Comisión de Comunicaciones de la Cámara baja y debía retomarse en este año. La norma con media sanción del Senado había introducido modificaciones al proyecto oficial y ampliaba los plazos para que las grandes empresas pudieran prestar servicios de radiodifusión y TV satelital en el interior hasta julio de 2020 para Buenos Aires, Córdoba y Rosario, hasta enero de 2021 en las ciudades de más de 100 mil habitantes y hasta enero de 2022 en las localidades de menor densidad poblacional.
En el debate de la Cámara alta, solo 11 senadores se opusieron a la normativa y le recordaron al oficialismo la promesa pendiente de un proyecto integral de ley de comunicaciones convergentes. Por su parte, el titular del bloque Justicialista, Miguel Ángel Pichetto, acompañó la aprobación con una cruda síntesis de los objetivos de la norma: "Estamos habilitando a Telefónica y a Claro a que pongan plata en Argentina, a ver si lo hacen, que pongan fibra óptica, tienen dos años." Días antes de aquella sesión, la Comisión de Defensa a la competencia aprobó la fusión de Telecom y Cablevisión, empresa que se transformó en la más grande del sector.
"Demorar decisiones que implican el tendido de redes y la incorporación de operadores regionales a la oferta de servicios móviles implicaría desigualdad competitiva entre los grandes y medianos operadores, así como privar a los consumidores de mayores opciones", se justificó el Gobierno, que no esperó la reanudación del debate parlamentario. El DNU deberá ser aprobado por la Comisión Bicameral, donde el oficialismo no tiene una mayoría asegurada.
"¿Por qué sancionar un DNU sobre un tema que tenía una iniciativa de diputados del Gobierno con media sanción en Senadores? ¿Para qué apurar la sanción de un decreto que regule un espectro específico que ya está siendo regulado y está en proceso administrativo?", se preguntó el especialista Santiago Marino, quien inscribió la decisión del oficialismo como un "rasgo característico de la Política de Comunicación de Cambiemos".
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