Otro polémico decreto de Macri habilita a una persona nacida en Estados Unidos a asumir un cargo muy sensible, en excepción de lo que marca la Ley de Empleo. Para formar parte de la Administración Pública Nacional se establece claramente como requisito ser Argentino nacido o por opción pero la ley parece no frenar al presidente.
Este es un extracto de dicho decreto presidencial:
"Exceptúase a D. Marcos MOLINA VIAMONTE (D.N.I. N° 93.611.757) de nacionalidad estadounidense, del requisito de nacionalidad que para el ingreso a la Administración Pública Nacional se establece en el artículo 4° inciso a) del Anexo Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164", afirma en su artículo primero.
Que el titular de la SECRETARÍA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN solicita exceptuar de las precitadas previsiones legales a D. Marcos MOLINA VIAMONTE, D.N.I. N° 93.611.757, como paso previo a su designación en un cargo vacante y financiado de esa jurisdicción. Que los antecedentes personales, la capacitación y experiencia con la que cuenta el causante, de nacionalidad estadounidense, se ajustan estrictamente al perfil de las tareas a desarrollar, por lo que resultaría altamente beneficioso contar con la colaboración del nombrado.
El decreto no dice eso...
ResponderEliminarAcá está el vínculo al decreto
http://www.infojus.gob.ar/249-nacional-designacion-director-informatica-dn20151000249-2015-12-23/123456789-0abc-942-0001-5102soterced#CT002
Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
EliminarQue la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN solicita la cobertura del cargo vacante financiado de Director de Informática de la Dirección General de Sistemas Informáticos de la SUBSECRETARIA TÉCNICA de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel B - Grado 0, con Función Ejecutiva Nivel III, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por Decreto N° 2098/08.
Que a los efectos de implementar la referida cobertura resulta necesario designar a la persona que se propone con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.008.
Que la persona propuesta reúne los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para cubrir el referido cargo, no obstante lo cual debe ser exceptuada del cumplimiento de los requisitos mínimos previstos en el artículo 14 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08.
Que la cobertura del cargo en cuestión no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y los artículos 7° y 10 de la Ley N° 27.008, y de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
[Contenido Relacionado]
Artículo 1° - Desígnase a partir del dictado del presente Decreto a D. Marcos MOLINA VIAMONTE (D.N.I. N° 93.611.757), en el cargo de Director de Informática de la Dirección General de Sistemas Informáticos de la SUBSECRETARÍA TÉCNICA de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel B - Grado 0, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por Decreto N° 2098/08, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III del referido Convenio, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.008 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.
[-]Legislación
Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2015 Art. 7
LEY 27.008. 30/10/2014. Vigente, de alcance general
idoneo? con experienci? y el llamado a concurso previsto por el SINEP?, Digo, como van a revisar tooodos los concursos de los últimos tres años a la fecha. Y es o no es extranjero?, grrcias por el aporte.GB
EliminarFinalmente fue o no por decreto? aunque se prevee en este caso, son tanto los decretos que preocupan a una República.
EliminarEs el chongo de la sobrina de Macri..
ResponderEliminarhttp://www.resistiendoconaguante.info/uncategorized/el-perejil-yanqui-de-mauri/#sthash.U3mQrkaI.6CHEus9m.dpbs