lunes, 23 de octubre de 2017

HORACIO VERBITSKY

Limpieza de primavera

El 20 de septiembre, el juez civil Andrés Guillermo Fraga firmó un insólito fallo en el seudo juicio “Macrì Maurizio contra Macrì Franco sobre acción declarativa”. La sentencia certifica que el presidente no es, ni fue, socio ni accionista de las sociedades off shore reveladas en los Panama Papers (Fleg Trading y Kagemusha), que no recibió dividendos ni ganancia de ellas, y que solo aceptó el cargo de director para renunciar y designar un reemplazante. Obtener una copia de la sentencia es una proeza ya que el expediente fue reservado en Secretaría y eliminado de los registros informáticos, pese a que no existen medidas cautelares ni se debaten cuestiones personalísimas que lo justifiquen. Pude consultarlo gracias al ex Inspector General de Justicia Ricardo Nissen, quien afirma que es una sentencia sin precedentes en el derecho societario. Estas son algunas de sus observaciones:
  • Se inició ante los tribunales civiles cuando correspondía a un juzgado en materia mercantil.
  • Fraga le otorgó trámite sumarísimo, que el Código Procesal restringe a otros casos. 
  • Sólo procede una acción declarativa cuando no hay otro medio legal de poner término al estado de incertidumbre. Lo que correspondía era dirigir la demanda contra Fleg Trading y Kagemusha para que exhibieran su documentación.
  • Para ello debería haberlas citado mediante exhortos diplomáticos en un proceso contradictorio, lo cual le hubiera insumido no menos de cinco años, como les ocurre a los comunes mortales, y no el record absoluto del trámite VIP: apenas nueve meses. 
  • Franco Macrì no contestó la demanda negando los hechos invocados y dando su propia versión, sino que se remitió a las explicaciones que ya había dado en un juicio penal iniciado por la denuncia del diputado Norman Darío Martínez. 
  • Mediante esta presentación irregular, incompleta y defectuosa, el juez Fraga dio por reconocidos los hechos expuestos por el presidente, declaró la cuestión de puro derecho y así se salteó el periodo de prueba, que no sólo es el más interesante sino también el más largo, para llegar sin demora a la sentencia. Es inocultable que sólo se requería un título que desvirtuara la denuncia.
  • Pero de esa causa penal sólo se citan los testimonios de abogados, contadores, dependientes o apoderados de la famiglia y sus empresas y ninguna prueba. La jurisprudencia no acepta la prueba testimonial para acreditar el carácter de integrante de una sociedad comercial y mucho menos el carácter de “no integrante”.
  • Todos ellos dijeron que el actual presidente había abandonado su actividad empresarial al dedicarse exclusivamente a Boca Juniors, a partir de 1994. Sin embargo Fleg Trading SA se constituyó recién en 1998 y la empleada del Grupo Macri Concepción Lioi reconoció que había sido designada directora de Fleg Trading en un acta firmada por Franco, Maurizio y Mariano Macrì.
  • Por supuesto, el demandado Franco Macrì no apeló.
Nissen concluye que la aparición posterior de más de cuarenta sociedades con la participación de Maurizio Macrì constituidas en guaridas fiscales “tornó abstracto este pronunciamiento judicial, que con toda seguridad no honra a la jurisprudencia nacional y demuestra, una vez más, la íntima vinculación que existe entre el gobierno y parte del aparato judicial”.       
Lo mismo se advierte en el fallo del juez federal en lo Contencioso Administrativo Pablo Cayssials, quien declaró inconstitucional el artículo de la ley del Ministerio Público que sólo admite la remoción de su titular por juicio político. La causa fue iniciada por el Colegio de Abogados de la City de Buenos Aires y seguida por su agrupación de choque político “Será Justicia”. Lo notable es que en vez de defender la constitucionalidad de la ley, como era su obligación, el Poder Ejecutivo sumó argumentos al reclamo, remitiendo al tribunal un proyecto de ley en el que ahora piensa insistir para lograr la destitución de Alejandra Gils Carbó. De este modo, no hay conflicto entre partes, requisito vigente desde 1862, cuando la ley 27 estableció que la Justicia Nacional “nunca procede de oficio y sólo ejerce jurisdicción en los casos contenciosos en que es requerida a instancia de parte”. El fallo se interna por el sendero que la Corte Suprema de tres miembros abrió en abril de 2015 en el caso Colegio de Abogados de Tucumán. Allí Ricardo Lorenzetti dijo que en “situaciones excepcionalísimas”, cuando se denuncian lesiones “a la esencia de la forma republicana de gobierno”, la simple condición de ciudadano legitimaría actuar en defensa de la Constitución amenazada, lo que implicaría admitir la acción popular. Pero en el considerando 12 aclara (o se contradice) que se trata de la acción aristocrática: no está legitimado cualquiera, sino alguien con ciertas características institucionales. Si a los abogados de las empresas transnacionales en el poder se les reconoció legitimidad para litigar, al Ministerio Público se le negó actuar “en defensa de la legalidad de los intereses generales de la sociedad” como le ordena el artículo 120 de la Constitución y sólo se reconoció legitimación a Gils Carbó, como si se tratara de una cuestión personal. Cayssials es el juez que anuló la adecuación obligatoria del Grupo Clarín a la ley audiovisual, permitió al gobierno utilizar la base de datos de la Anses para sus comunicaciones publicitarias; declaró inconstitucional la gratuidad universitaria y el ingreso irrestricto y convalidó el aumento del 300 por ciento en las tarifas del agua. Gils Carbó es la bestia negra de Macrì, que desea un Procurador que lo proteja de toda denuncia contra él y sus funcionarios y del propio Grupo Clarín (porque cuestionó la fusión de Multicanal y Cablevisión, autorizada por Néstor Kirchner).
Un tercer caso fue la indagatoria del doctor Glock al ex canciller Héctor Timerman. Como está bajo tratamiento por una grave enfermedad había pedido declarar en septiembre, pero el juez no lo aceptó. En su indagatoria, Glock mostró cómo se propone procesar al ex canciller y a CFK: sostuvo que los atentados constituyeron actos de guerra, artificio con el que intenta justificar el delito de traición a la Nación. Joaquín V. González cuenta que fue incluido en la Constitución para evitar que una ley o un juez pudieran darle una interpretación no restrictiva, motivada por conveniencias políticas, tal como ocurre hoy. La existencia de una guerra no puede ser declarada por un juez, sin intervención del Poder Ejecutivo ni del Congreso, que en cambio sí participó en la aprobación del Memorandum de entendimiento con Irán. Si el delito fuera haber concertado el acuerdo con Irán, los miembros del Congreso que lo aprobaron serían parte, ya que sin intervención del Congreso no hay acto jurídico válido. Como una mentira lleva a la siguiente, el juez no citó a los legisladores como imputados sino como testigos. Su propósito es que digan que fueron engañados o coaccionados, una idea jurídicamente inédita y políticamente insostenible. 
Ante esta enormidad, Timerman se enfureció y se descompuso. Su abogada Graciana Peñafort no pudo contener el llanto, el fiscal Eduardo Taiano bajó la vista para rehuir las miradas, Glock ofreció suspender el acto pero Timerman quiso seguir declarando. Pidió un sillón para recostarse, pero no había. Una hora después estaba internado. “Fue una tortura y una crueldad. Taiano no podía mirarnos a los ojos y solo quería irse. Ellos saben que la causa es un disparate. Ellos saben que no hubo por parte de Héctor negociación alguna de alertas rojas.  Ellos saben que estaban hostigando a un hombre inocente y enfermo. Lo saben y no les importa. No me voy a olvidar nunca. Y algún día espero hacer las cosas que hay que hacer para que esto no pase más. No es contra nadie en particular. Es para que haya hombres y mujeres justos, jueces y no verdugos, para que haya Justicia”, se desahogó Peñafort. 

Teléfonos y grabaciones

La misma indignación sintió Sergio Maldonado luego de escuchar al ministro de Justicia Germán Garavano. “Quiero desmentir lo que dijo, porque no habló conmigo. Es un mentiroso”. Agregó que le parecía “muy bajo estar en campaña política y decir que habló conmigo, al igual que Maurizio Macrì. Me parece un hipócrita, muy bajo de su parte llamar a mi vieja dos días antes de las elecciones, cuando mi vieja no está emocionalmente para atender un llamado y nunca se preocuparon por nosotros. Me dan asco. No puedo creer que usen el cuerpo políticamente, me parece patético todo lo que hicieron. Son muy perversos. Hay un límite para todo, no se puede ser tan hipócrita, tan basura”. Maldonado recriminó al gobierno por las operaciones que organizaron desde el día de la desaparición de su hermano. “No paran de tirar basura. Ellos lo hicieron político desde el primer momento, ensuciándonos. Estuvieron bombardeando mi teléfono desde todos los puntos del país, diciéndome que mi hermano era una lacra, kirchnerista, barbaridades surgidas de call centers. Por casualidad, se cortaban a las 6 de la tarde. Que disimulen un poco más, que por lo menos hagan horas extra para estar ensuciándonos y que sea más creíble”. Los trols gubernativos perfeccionaron el método, con una imitación de la voz de la diputada kirchnerista Nilda Garré, quien se refiere a la repetición de la crisis de 2001 “cuando la clase mierda caiga a los quintos infiernos con la crisis de la deuda”. Pese a la desmentida de Garré, el portal Infobae mantuvo la falsificación como si se tratara de una noticia verdadera. La voz corresponde a una mujer ostensiblemente más joven y algunos de los conceptos son deformaciones de algunos que el kirchnerismo sostiene, como la exhortación a no caer en provocaciones con marchas que puedan ser infiltradas para producir disturbios.

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