sábado, 2 de mayo de 2015

LA NUEVA METRÓPOLI

Federalismo oriental

Convocada la Asamblea del año XIII en Buenos Aires, Artigas convoca para el 5 de abril de 1813, a un Congreso oriental para definir las políticas que los diputados orientales debían proponer en la Asamblea de Buenos Aires.

El Congreso oriental se reunió los días 5 y 20 de abril con la representación de los cabildos y pueblos de la Banda Oriental.

En la primera sesión, abierta por el discurso de Artigas, se informó a los congresales los motivos de la convocatoria. Luego Artigas se retiró para dejar la decisión a la voluntad de los convocados.

En las segunda sesión, convocada el 20 de abril, estuvo dedicada a la formación de un gobierno y demás aspectos administrativos y económicos.

De las deliberaciones surgieron los lineamientos principales. Luego se dieron las instrucciones que llevarían los orientales a la Asamblea de Buenos Aires.

Entre los puntos principales se estipulaba que, siendo la Banda Oriental parte integrante de las Provincias Unidas del Río de la Plata, participaría de la organización nacional bajo la forma "republicana y federal", garantizándose la igualdad y autonomía de las provincias que formaran el gobierno de la federación. El gobierno central debia funcionar "con sede fuera de Buenos Aires".

Instruía a sus diputados sobre aspectos relacionados con las autonomías económica, religiosa y militar de cada provincia.

Entre otras cuestiones, las instrucciones tocaban un punto sensible a los porteños: “Ninguna preferencia se dé por cualquier regulación de comercio o renta a los puertos de una Provincia sobre las de otra” -decía el artículo 14. “Ni los barcos –concluye el artículo- destinados de esta provincia a otra están obligados a entrar, anclar, o pagar derechos en otra.”

De esa forma los orientales le negaban a Buenos Aires el privilegio de único puerto de ultramar y le quitaba los beneficios de regulación del comercio y administración de las rentas aduaneras.

La opinión de Alberdi

Juan Bautista Alberdi da su opinión sobre esta abolición de privilegios aduaneros:

“Arrojada la Metrópoli europea en 1810, bajo la iniciativa revolucionaria de la Provincia de Buenos Aires y conservada la clausura de los ríos de institución colonial, pronto hizo nacer esta una nueva Metrópoli dentro del mismo territorio; lo cual monopolizó, en nombre de la República independiente, la navegación y el gobierno general del país, por el mismo método que había empleado España. La República de las Provincias Unidas de Río de la Plata, siguió siendo colonia de su Capital después de haberlo sido de España.”

“Para conservar el régimen colonial de abnegación interior, -continúa Alberdi-Buenos Aires no necesitó más que una cosa, a saber: que no existiese un gobierno general elegido directamente por las Provincia enclaustradas o bloqueadas. La misma clausura de los ríos, heredada del régimen español, le daba los medios de conseguir esto; o lo que es igual, de mantener a las Provincias en coloniaje doméstico y republicano.”

"La clausura de los ríos y el bloqueo constitucional de sus numerosos puertos –concluye Alberdi- traía a Buenos Aires, único puerto habilitado de toda la Nación, todo el comercio de las Provincias; y con el comercio, traía toda la renta, todo el gobierno de hecho interior y el poder exterior de esas Provincia a manos del gobierno local de Buenos Aires". (RAW.p.126)

Fuentes:

- Reyes Abadie, Washington. Artigas y el federalismo en el Río de la Plata
- Castagnino Leonardo. 
Triple Alianza contra los paises del Plata

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