martes, 9 de diciembre de 2014

“El juez de instrucción es una figura medieval”

El Congreso de La Nación votó a favor de un nuevo Código Procesal Penal (CPP). Entrevista a Andrés Harfuch, Defensor General de San Martín (Buenos Aires) y director del Programa de Participación Ciudadana y Juicios por Jurados del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP).
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Por Manuel Izraelson
AGENCIA PACO URONDO: Julio Piumato dijo que con esta reforma se crearía un ejército de 1700 fiscales elegidos a dedo para perseguir a opositores y defender a los propios. ¿Qué reflexión hace de esa afirmación?

Andrés Harfuch: Está hablando desde la arena política. El nuevo CPP regirá a los argentinos por décadas, para cuando no estén ni Gils Carbó, ni Piumato, ni los opositores o quizás los opositores sean gobierno. Este código viene a desconcentrar el poder punitivo y a separarlo en dos actores claves: los fiscales, que tienen el poder de investigar y acusar y por otro lado, el juez que controla esa investigación, para que no se violen garantías constitucionales. Esta es una reforma trascendental que da vergüenza que Argentina no la haya implementada por lo menos hace un siglo, cuando en todo el mundo esto ha sido superado. Hemos tenido una cultura corporativa judicial inquisitiva muy fuerte, feudal. El juez de instrucción, que es una figura medieval, concentra un poder inmenso de investigar, acusar y definir sobre la libertad de alguien. Esto es lo que viene a reformar este código.

APU: ¿Cómo afronta la inseguridad delictiva el nuevo código?

AH: De manera directa e indirecta. Desde el INECIP afirmamos que es posible tener un sistema penal absolutamente garantista y respetuoso de los derechos humanos y eficaz. El derecho de la ciudadanía a vivir en paz es un reclamo absolutamente válido y hemos probado que es posible ser eficaz y absolutamente respetuosos de las leyes constitucionales. Por el contrario, el discurso manodurista de la derecha neo-punitivista es absolutamente ineficaz en términos de control de la inseguridad y nunca ha logrado exhibir nada. Lo principal es tener un código que divida el poder. Se necesitan cuatro leyes fundamentales: la Ley de organización de los jueces, la Ley de organización de los fiscales, la Ley de organización de los defensores públicos y la Ley de juicio por jurado. Los jueces en Argentina están organizados de forma piramidal, de manera jerárquica y autoritaria; hay una Corte, cámara de casación, una segunda cámara de casación, cámara de apelaciones y garantías, tribunales orales y jueces de instrucción, vos recurrís con al menos siete recursos hasta llegar a la Corte y después volvés a recorrer todo ese ascensor dos o tres veces más. Esta es una pirámide rígida e inamovible, inclusive, tenés los diferentes tribunales con distintas formaciones de jueces, todo eso es un verdadero desastre porque pretender atacar fenómenos de inseguridad delictiva, permanentemente cambiantes, con formaciones fijas es imposible, hay que abolir con las formaciones fijas de los tribunales, abolir esa escala piramidal y jerárquica, claro que el día que hagamos eso en la Argentina se va a venir un tembladeral porque la corporación judicial no lo va a querer. Lo mismo hay que hacer con los fiscales y con los defensores. Lo que permite conectar este nuevo código con el tema de la inseguridad es que permite reformar la fiscalía, que ya lo está haciendo Gils Carbó y de manera muy eficiente, es introducir el principio de flexibilidad y hacer que tampoco existan fiscalías fijas, fiscalías que persiguen todos los delitos, sino crear fiscalías y fiscales tematizados que persigan homicidios, trata de personas, etc. A Gils Carbó le quieren quitar un supuesto poder de armar y desarmar causas, pero en realidad lo que hace es armar y desarmar equipos de trabajo rápidamente en tanto y en cuanto existan delitos que van mutando permanentemente, esa es una gran manera de combatir el fenómeno de la inseguridad, de otra manera es imposible hacerlo. Lo mismo sucede con la reorganización de los defensores públicos, no olvidemos que el 90% de los presos en la Argentina son defendidos por defensores públicos. Hoy tenés jueces y fiscales que patéticamente van corriendo atrás de ladrones de autos sin tener ni siquiera una estructura institucional que piense la política criminal, sabiendo que en el robo de autos por ejemplo hay toda una estructura atrás.

APU: Hay Tribunales Orales Federales, por ejemplo el TOF 3, que se dedican a absolver a los políticos de los 90’ acusados de delitos muy graves.

AH: Este código va a empezar a regir hacia el futuro, con lo cual, las causas viejas va a seguir con todos esos personajes, ahora, una vez que el viejo sistema se liquide todas esas estructuras tienen que ser disueltas, ¿Por qué los jueces de los TOF sólo tienen que participar de causas penales? ¿Por qué no pueden estos jueces durante un año hacer juicios y al año siguiente controlar la investigación de un fiscal? La organización feudal judicial ha optado por nombrar jueces fijos de acuerdo a la función, entonces siempre vas a tener un juez de instrucción, un juez de garantía y jueces de juicio, ¿Por qué hay que hacer esa división?, esa división está mal. Lo que hay que hacer es, mantener las funciones de juicio, de garantías, etc., pero juntar a todos los jueces en un colegio único, porque todos son jueces penales, abolir todo ese tema de las cámaras que para lo único que sirven es para tener jueces que sancionen a otros jueces, que todos esos jueces voten democráticamente a sus representantes que conduzcan el sistema organizativo del poder judicial, que tiene que tener una premisa; separar lo que es la función administrativa y dársela a organismos profesionales para hacer al administración diaria de los tribunales y ellos dedicarse exclusivamente a hacer audiencias y juzgar y los fiscales a hacer audiencias e investigar. Hoy los jueces, fiscales y defensores están el 80% de su tiempo analizando problemas de mesa de entrada, haciendo escritos para que le pongan bombitas de luz, eso es parte de la forma en que la justicia Argentina es no justicia, porque tiene a todos sus jueces y fiscales metidas en otras funciones que no tienen que ver con su tarea específica.

APU: Usted plantea también la Ley de Juicios por Jurados, que intervendrían en los delitos más graves dentro del ámbito penal…


AH: Esa es fundamental, quizás la más importante de todas, porque está tres veces mencionada, pero además porque la presencia del pueblo en los tribunales automáticamente hace que todo el sistema judicial tenga que pensar y ajustar para realizar juicios de mayor calidad. ¿Qué pasa cuando hay jurado?, porque tenemos la experiencia de Córdoba y de Neuquén, ahora va a empezar en la Provincia de Buenos Aires, en Neuquén es increíble, los propios fiscales y jueces te dicen que con la presencia de los jurados tienen que hacer las cosas dos o tres veces mejor y es así, porque tenés a doce tipos que te están mirando, inteligentes además, que tienen un punto de valoración de la prueba mucho más exigente que tiene un juez. Un juez te puede cerrar los ojitos, hacer pasar una prueba legal que es ilegal pero él no se va a animar a dictar la nulidad, los jurados no tienen ningún problema, entonces, ¿Cuál es el mensaje?, que los policías y los fiscales tienen que ser muchísimo más cuidadosos a la hora de preservar la prueba, de cómo presentan la prueba, a la larga todos salen ganando porque nosotros queremos juicios de mayor calidad. Entonces el juicio por jurados viene a cerrar la lógica de lo que significa un código moderno acusatorio. No existe una justicia en serio, legítima y transparente sino hay participación ciudadana, por lo menos, en las decisiones más graves y sobre todo, para nosotros en lo que tiene que ver en el enriquecimiento ilícito de los funcionarios y los delitos de corrupción del Estado.

2 comentarios:

  1. El juicio por jurados es tan OSCURANTISTA como designar cirujanos, arquitectos, ingenieros o mecánicos por sorteo en el padrón electoral. Es tan ANTIDEMOCRÁTICO como designar al Presidente de la Nación, gobernadores o intendentes por sorteo en el padrón electoral. Dictar (como hace el jurado) un veredicto en secreto y sin fundamentación, es tan ANTIRREPUBLICANO como dictar leyes u otras resoluciones estatales de ese modo. Es mucho más LENTO y más CARO que los juicios ordinarios. Es proclive al ERROR JUDICIAL, porque se condena o absuelve sin fundar la decisión sobre ningún razonamiento lógico (en EE.UU. los últimos 10 años se constató un promedio 100 errores judiciales por año). Es un sistema INCONVENIENTE, propio de OTRA CULTURA, permeable a la PRESIÓN PÚBLICA (en España el caso Wanninkhof demostró cómo un jurado influenciado por la prensa puede condenar de por vida a una persona inocente) y que ha FRACASADO en todo el mundo civilizado. En Argentina propicia la IMPUNIDAD de delincuentes y DISCRIMINA a las víctimas de delitos (la absolución del jurado no puede ser cuestionada).
    Recomiendo ingresar a:
    www.argentinasinjuiciosporjurado.blogspot.com

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  2. Gracias por su opinión, pero creo de todos modos que la participación popular puede ayudar a terminar gradualmente con una corporación judicial anacrónica, corrupta y lentísima, sigue el debate, Prof GB

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