martes, 2 de septiembre de 2014

CIUDAD › ARMAS PLANTADAS Y UN PEDIDO DE COIMA DE LA SECCION HOMICIDIOS DE LA POLICIA Un operativo cargado de irregularidades

 Por Sonia Tessa
El juez Hernán Postma absolvió a Emanuel Lator, conocido como "Ema Caravana", en el juicio por abuso de armas, resistencia a la autoridad agravada y portación de arma de guerra. El magistrado remitió copias al Ministerio Público Fiscal para que investigue profusas irregularidades en el accionar policial que quedaron al descubierto en las audiencias. A Ema lo detuvieron efectivos de la Sección Homicidios el 12 de marzo pasado, tras una persecución de diez cuadras que comenzó en Juan B. Justo al 8700 y terminó en Juan B. Justo y Donado. Durante ese raid, hubo disparos policiales. Si bien los efectivos arguyeron que el primer tiro había salido del Peugeot 206 en el que viajaba Ema, eso no fue probado en las audiencias. Armas plantadas, detención sin orden del juez, el pedido de 30 mil pesos a la mujer del imputado para retirar la acusación y una actuación en el terreno que, incluso, omitió a una oficial en el acta policial, forman parte de la seguidilla de ilegalidades policial que detalla la resolución de 23 páginas.
A Ema Caravana lo buscaban --ese fue el principal argumento de Homicidios-- por el asesinato de Matías Cano, ocurrido el 14 de noviembre de 2013, que investiga el juzgado de instrucción 11, en el antiguo sistema penal. Pero en las audiencias se develó que la única orden de allanamiento para encontrarlo --en dos domicilios-- tenía una vigencia de 48 horas, en noviembre. De hecho, el imputado se había presentado espontáneamente en el juzgado el 6 de diciembre pasado. "Surge claramente que al momento de la detención no existía una previa orden escrita de autoridad competente vigente", dice Postma.
La persecución la iniciaron el oficial principal Osvaldo Miranda y el sargento ayudante Marcelo Rodríguez, los dos de Homicidios. "A través de sus integrantes, Miranda, Rodríguez, Cimino, Rivas, Acosta y Aranda, estaban en el lugar de los hechos, siendo que Miranda y Rodríguez habían realizado la persecución y habían efectuado disparos", dice el fallo. El titular de la Sección, Flavio Aranda, declaró que no pidió órdenes de allanamiento y no recordó el horario del procedimiento. "Todos los integrantes de la Sección declaran que tienen más de diez años de antigüedad en la fuerza", recuerda el juez para quien resulta "por lo menos ilógico --o bien irregular-- que una dependencia de la policía que realiza un operativo en donde personal policial mantiene un 'enfrentamiento' y realiza disparos resulte la autoridad prevencional de dicho hecho, labre las actuaciones y efectúe la cautela probatoria sin esperar al gabinete criminalístico especializado". En el lugar, los mismos efectivos de Homicidios levantaron el arma que atribuyeron al imputado.
Yamila, la mujer de Ema, contó en las audiencias que salieron de su casa con su marido y sus hijos y en un semáforo de Juan B. Justo y Colectora aparecen dos personas, que habían tirado muchos tiros y les pusieron dos revólveres en la cabeza. "Con los chicos nos llevaron a Homicidios, había dos testigos que había puesto la policía -siguió el relato-. Emanuel le dijo que le habían puesto un revólver, los chicos que estaban ahí le dijeron lo mismo. Una vez allí, la policía le pidió dinero, mucha plata, le decían que si les daba plata le daban el revólver que pusieron".
"Me dejaron ir a condición de que les lleve la plata. Estaba asustada. Llamaron once veces al número de mi suegra para que lleve la plata a la puerta de la Jefatura. Me dijeron que vaya a una estación de servicio y que había dos hombres de traje esperándome. Fui y era verdad, me pidieron 30.000 pesos", relató la mujer en las audiencias. Ya lo había hecho ante un fiscal, al denunciar la extorsión.
Si bien los testigos afirman que todo el procedimiento policial fue a las 14, el acta consigna el horario de las 15.30. Y Postma subraya que "la consulta efectuada al magistrado competente se realiza ese día, a las 18, es decir, con posterioridad a la detención del acusado".

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