lunes, 4 de febrero de 2013

VIOLENCIA MEDIATICA CONTRA LAS MUJERES

La Defensora del Público opinó en una denuncia sobre violencia mediática contra las mujeres
“Es necesario reflexionar sobre cómo al insultar y descalificar se ratifican prejuicios. El agravio como forma de clasificación supone una inferiorización del otro, cuando la defensa de la persona humana, propuesta por la LSCA, reconoce al otro como un par”.

18 de Enero 2013. La Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual opinó en una denuncia por violencia mediática contra las mujeres que invoca la ley de Protección Integral de las Mujeres y la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

La diputada nacional Julia Argentina Perié presentó, a título personal, el 5 de diciembre pasado ante la Defensoría del Publico una denuncia por violación a la ley 26.485 de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres por opiniones vertidas durante la emisión de un programa radial de la provincia de Misiones. La Diputada solicitó sanciones para los agresores y medidas para evitar cualquier repetición de este tipo de violencia mediática.

El hecho se registró el 9 de octubre de 2012 en la emisión del programa “El show de los impactos”, que conduce Alfredo Abrazián, por FM Show de la ciudad de Posadas. Ahí se pudo escuchar al aire una serie de agravios y groseras descalificaciones del conductor a las participantes del XXVII Encuentro Nacional de Mujeres, como así también a la diputada Perié.

Durante la emisión del programa, Abrazián se refirió a las mujeres que participaron del encuentro como “secas de mierda, para qué puta vinieron acá a la provincia de Misiones”. Y sobre la diputada Perié, el conductor dijo: “guacha, hija de mil putas, es candidata a gobernadora. ¿Vos te podés creer que en esta provincia podemos tener cualquier puta metida en el medio?”.

En este sentido, la resolución de la Defensoría del Público estableció que es necesario recordar que la ley promueve “la protección y salvaguarda de la igualdad entre hombres y mujeres y el tratamiento plural, igualitario y no estereotipado, evitando toda discriminación por género ni orientación sexual” (art.3 inc. “m”). ¿Qué tratamiento “plural, igualitario y no estereotipado” se propone el comunicador cuando a una mujer o a un grupo de mujeres las califica de “secas de mierda”, “guacha, hijas de mil putas”, “yegua”, “puta” y ordena “ódienla”?”.

“Podemos considerar que la descalificación y estigmatización propone un modo de visibilización pública de las mujeres que remite a representaciones que circulan socialmente y que tienden a la naturalización de diversos tipos de violencia ejercida sobre ellas. “Yegua”, “guacha, hijas de mil putas” y “secas de mierda”, son calificaciones que operan en el plano del imaginario social, reforzando estereotipos de desigualación social, ya que son imaginarios que se inscriben en una historia social de dominación masculina, que criminalizó y estigmatizó al “otro”.

Perié había realizado presentaciones ante el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI), el Consejo Nacional de la Mujer y los Tribunales de Posadas, y luego, ante la Defensora del Público, Cynthia Ottaviano, quien asumió su cargo el 15 de noviembre de 2012, por lo que el grave hecho denunciado quedó temporalmente fuera de su competencia. Sin embargo, la Defensora se puso en contacto con el INADI para poder tener acceso a sus actuaciones y ofrecer la opinión de la Defensoría.

Una vez estudiada la documentación, la Defensoría, recordó que “los servicios de comunicación audiovisual son una actividad social de interés público de carácter fundamental para el desarrollo sociocultural” y señaló, además, que en el programa de radio no se buscó informar sobre el Encuentro Nacional de Mujeres, sino agredirlo: “Es necesario reflexionar, entonces, sobre cómo al insultar y descalificar se insertan imágenes sobre un fondo ya naturalizado, que termina por ser legitimado y reforzado, donde se ratifican prejuicios existentes, dificultando la configuración de espacios sociales más democráticos e inclusivos en los medios de comunicación. El agravio como forma de clasificación supone una inferiorización del otro, cuando la defensa de la persona humana, propuesta por la LSCA, reconoce al otro como un par, en la comprensión de la alteridad como parte de un mundo compartido y de construcción común permanente. Desde el tipo de comunicación que se analiza, se establece un mundo en el que el “otro”, por su condición sexual o de género, estereotipado como “desviado”, es expulsado, incluso del ámbito mediático con la posibilidad del debate o intercambio de ideas, como señala la LSCA, porque no se entrevista a ninguna de las participantes del Encuentro, sino que se las condena sin escuchar siquiera su voz e incluso, se promueve el odio cuando el comunicador ordena a su público en imperativo: “ódienla”.

Finalmente Ottaviano ofreció cooperar en “la capacitación de las trabajadoras y trabajadores de los servicios de comunicación audiovisual, en la perspectiva de los derechos humanos.”

GB


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